Algunas premisas para una nueva Constitución
Cuando menos, la nueva Constitución que precisa España, y con urgencia, tendría, además que reducir artículos, contener los siguientes preceptos que fueran incuestionables en cuanto a su redacción jurídica:
* Una única nación, indisoluble e indivisible, una sola patria, un solo Estado; nada de «nacionalidades».
* La soberanía de la nación radicaría en el Estado. Sólo al Estado, como suprema institución de la nación, de la comunidad nacional, incumbe la soberanía y, por ello, el ejercicio de la misma. Soberanía que es, además, única, indivisible, indelegable e intransferible.
* Igualdad de todos los españoles en todo; nada de fueros, cupos o similares.
* República presidencialista; las actuales funciones de Jefe del Estado, o sea, del Rey, las asumiría el Presidente del Gobierno.
* Una única bandera: roja y gualda, sin escudo; un sólo himno: la “marcha de granaderos” –o sea, el actual, que no representan a «la monarquía», sino a España– y un solo idioma oficial: el español. Los dialectos regionales no serían vehículo de comunicación oficial.
* El Estado se articularía sólo en provincias y municipios.
* Una única cámara de representantes: el Congreso. Nada de Senado.
* Competencias exclusivas e intransferibles del Estado serían la dirección y supervisión de las políticas de defensa, fuerzas de seguridad, relaciones exteriores, educación, sanidad, industria, agricultura, ganadería, i+d, transportes, comercio y hacienda. Se descentralizarían en las Diputaciones provinciales, bien que sólo en su parte ejecutiva, nunca en la directiva y de supervisión, las áreas que de las anteriores fuera factibles; menos en las de defensa, fuerzas de seguridad interior, relaciones exteriores, educación y hacienda que serían siempre totalmente estatales.
* Estado confesional católico, respetando el culto público de otras confesiones siempre que las mismas no fueran destructivas (o sea sectas) o atentaran contra la nación y sus intereses.
* Las leyes tendrían en lo posible y necesario como referencia la doctrina moral y social de la Iglesia, pero existiendo separación entre Iglesia y Estado.
* No tendrían representación parlamentaria los partidos que no alcanzasen, a nivel nacional, un porcentaje de votos determinado. Igual para las Diputaciones y ayuntamientos en sus ámbitos.
* No se permitiría acudir a las elecciones en coalición.
* Formaría Gobierno automáticamente el partido que más votos obtuviera a nivel nacional, provincial o local según las elecciones fueran nacionales, a las Diputaciones o ayuntamientos. El sistema electoral sería directo sin proporciones y contabilizando sólo el número de votos emitidos; cada equis miles de ciudadanos, un diputado.
* Idénticas condiciones de elección regirían para los presidentes de las Diputaciones provinciales y alcaldes y concejales.
* Las diputaciones serían elegidas por el voto de los ciudadanos con derecho a él de cada provincia; los ayuntamiento de forma idéntica por sus vecinos.
* Cada provincia, una diputación; por cada equis miles de habitantes un representante –ojo, pero no constituirían «asamblea o parlamento» provincial–; cada ayuntamiento igual, es decir, cada equis miles de vecinos un concejal. Siempre tendiendo a que el número de todos ellos fuera el mínimo imprescindible. Habría que reducir el número de ayuntamientos casi a la mitad.
* Los sueldos de diputados, representantes en las diputaciones y concejales no pasarían del salario medio de un licenciado; aproximadamente 2.000 euros/mes.
* Cada cuatro años habría elecciones al Congreso, Diputaciones y ayuntamientos. Al igual que en los partidos, no se podría ser diputado ni ministro más que ocho años continuos o por dos periodos de cuatro discontinuos, no pudiendo repetir ni en los cargos ocupados ni en otros; es decir, que su carrera como diputado o ministro habría acabado para siempre.
* Para la toma de posesión de sus cargos, la fórmula de juramento o promesa sería única, obligatoria e inmodificable. Igual en Diputaciones y ayuntamientos.
* Los partidos políticos, para poder legalizarse, incluso los que ahora lo están, deberían asumir en sus estatutos, sin matices de ningún tipo, en la actualidad y para el futuro, sin posibilidad alguna de cambio, la nueva Constitución. Los partidos vivirían de sus propios recursos, permitiéndose donaciones privadas siempre y cuando se hicieran públicas.
* Asimismo, sus estatutos deberían recoger con toda claridad que sus líderes, comités directivos y candidatos serían elegidos por sufragio directo entre sus militantes. El periodo máximo de permanencia en tales cargos sería de ocho años continuos o dos periodos de cuatro discontinuos. Tampoco podrían, una vez cumplido dicho periodo en un cargo, ocupar cualquier otro; es decir, su carrera política en el partido habría terminado para siempre. No existiría disciplina de partido a la hora de votar en el Congreso. Los dirigentes de cualquier nivel de los partidos estarían obligados a acudir a todos los actos institucionales a que por razón de su cargo hubiera lugar y ello con las formalidades debidas.
* Cualquiera que haya ejercido cargo político alguno no podría trabajar ni directa ni indirectamente con la administración ni nacional, ni provincial, ni local, en ningún caso ni bajo ningún concepto, al menos durante los cinco años siguientes tras cesar en su cargo.
* Los magistrados, jueces y demás personal de la administración de Justicia serían independientes, siempre de carrera y oposición, no podrían afiliarse a partido político ni sindicato, ni asociación ninguna, ni hacer públicas sus opiniones políticas de ninguna clase por ningún medio ni directo ni indirecto; caso de optar por dedicarse a la política nunca podrían volver a ejercer función alguna en la administración judicial.
* Los miembros del Consejo del Poder Judicial serían elegidos por votación entre los jueces y magistrados. También los del Tribunal Constitucional.
* El Fiscal General y los miembros de las Fiscalías serían órganos independientes, siempre de carrera y oposición, rigiendo para ellos las mismas condiciones que para los de la administración judicial.
* Los sindicatos serían por gremios. Se les aplicaría en todo las mismas condiciones que las dichas para los partidos políticos.
* Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire constituyen la columna vertebral de la nación. Su misión única e irrenunciable es garantizar la soberanía e independencia de España, su unidad y su integridad territorial, defendiéndolas de cualquier enemigo exterior o interior.
* Los militares de cualquier graduación no podrían ni afiliarse a partidos políticos, ni constituir sindicatos, ni asociaciones de ninguna clase, ni afiliarse a otros. Los miembros de las fuerzas de seguridad igual.
* Caso de optar por incorporarse a la política, ni unos ni otros, podrían nunca volver a ejercer cargo alguno en dichos estamentos.

Dicen que el significado de la palabra «ingenuo»viene siendo algo así como …»no tener dueño»…
¿de verdad cree que modificando la constituciòn la iban a cumplir?