Anacleto González: ejemplar mártir mejicano

Los mejicanos tienen un patrón del que quizá muchos aún no se habían dado cuenta: Anacleto González Flores. A petición de los obispos, encabezados por el Cardenal Francisco Robles, el Vaticano declaró que el beato Anacleto González Flores sea patrón de los seglares mejicanos. ¿Qué significa esto? ¡Que por primera vez tienen un ejemplo de vida y un intercesor “especial” para los seglares mejicanos!
Anacleto González Flores nació en Tepatitlán, Jalisco, y fue protagonista de la persecución religiosa de la revolución mejicana. Un ejemplo también para los tiempos de hoy… Y llevó una vida ejemplar en varios aspectos que hoy se nos ofrecen como inspiración para afrontar la realidad de Méjico, pero también del mundo entero.
Cristeros

Anacleto González Flores, nació en cuna humilde, fue padre de familia, maestro, abogado y periodista. Fue un líder ciudadano que fundó la Unión Popular en Jalisco. Se dedicó a la organización ciudadana para defender los derechos de las personas en una etapa en que las autoridades impedían el ejercicio de las libertades, en la etapa previa y en el primer año de La Cristiada. Fue un hombre culto, visionario, con grandes dotes de orador con reconocimiento en todo el país. Fue hombre que luchó por la paz, al grado de que en otros lugares le llaman el “Ghandi mejicano”,  porque frente a la persecución optó por la organización ciudadana y la resistencia pacífica. Toda su vida y martirio tuvieron inspiración católica. Desarrolló el catolicismo social. Fundó varias publicaciones: La Palabra, La Época, La Lucha Gladium que llegaron a tirar más de cien mil ejemplares. Fue autor de varios libros, algunos muy relevantes como El Plebiscito de los Mártires y Tú serás Rey. En resumidas cuentas, Anacleto González Flores fue un apóstol de lo cívico.

Quizá este resumen de diez reflexiones suyas nos ayuden a entender su pensamiento y su hacer:
“El revolucionario no tiene casa, ni de piedra ni de espíritu. Su casa es una quimera que tendrá que ser hecha con el derrumbe de todo lo existente. Por eso ha jurado demoler nuestra casa”.
“¿Serán por ventura ustedes de los que se creen que se llena esa infinita ambición con esas prácticas ordinarias del cristiano apergaminado que asiste a misa los domingos? No. Eso no es ser cristiano. Eso es irse paganizando; es un abandonar plácidamente la vida cristiana, pasando a la vera del sagrado con antifaz carnavalesco, sonriendo al mundo y al vicio, mientras en la penumbra vaga del rincón de una iglesia, precipitadamente, en breves minutos con dolor robados a la semana, se santigua la pintada faz del comediante… “
Fusilamiento de un sacerdote, detenido cuando celebraba Misa

“Mientras nuestros enemigos nos dan lecciones de organización, nosotros seguimos aferrados a la rutina y el aislamiento, aunque sabemos por experiencia que este camino sólo conduce a la derrota. Continuamos confiando en nuestro número, satisfechos de que somos mayoría en el país. Pero así seguiremos siendo una mayoría impotente, vencida, sujeta al furor de nuestros perseguidores. De nada valdrá el número si no nos organizamos. Organizados, constituiremos una fuerza irresistible. Y, entonces sí, nuestro número se hará sentir”.

“Escuela, prensa y catecismo serán las armas invencibles de la potente organización”.
“No soy más que un herrero forjador de voluntades”.
“La obra de la buena prensa es la primera que estamos obligados a crear y sostener, porque ninguna obra católica puede florecer sin católicos y no habrá católicos dignos de este nombre sin una prensa que los alumbre, los dirija y los anime”.
“El socialismo es la negación de Dios, de la autoridad, de la propiedad y del orden social”
“Hoy votaremos con vidas y con la vida. Con vidas, porque aunque no habrá millones de mártires, pocos o muchos, los habrá (…) Ayer se dijeron responsos para enterrar el catolicismo (…)  La democracia ha tenido y tiene que echar sobre sus hombres la clámide ensangrentada de los mártires”
Fusilamiento de Anacleto González

“Para que la instrucción primaria sea VERDADERAMENTE BUENA Y SOCIALMENTE UTIL, ha de ser profundamente religiosa…”

”Sueño con alzar un muro de conciencias fuertes, de voluntades recias, de caracteres que sepan derrotar a la violencia bruta, no con el filo de la espada, sino con el peso irresistible y avasallador de una conciencia que rehúye las capitulaciones y espera a pie firme todas las pruebas”.
Anacleto González Flores fue ejecutado por soldados al servicio de la Revolución el 1 de Abril de 1927 junto con Luis Padilla, y los hermanos Jorge y Ramón Vargas González. El 20 de noviembre de 2005, Anacleto González Flores y 12 mártires más fueron beatificados en una ceremonia realizada en el Estadio Jalisco de Guadalajara. ¿Beato es el paso previo a ser santo y por lo que puede ser objeto de devoción? En este caso, y en un hecho inédito, el Vaticano autorizó en su momento que el beato Anacleto González Flores sea considerado patrón de todos los mejicanos.

3 respuestas a «Anacleto González: ejemplar mártir mejicano»

  1. 9 años después, …
    su ejemplo heroíco, arropó el sufrimiento de miles de católicos en la contienda bélica, …
    Guerra de Liberación y Cruzada contra la Masonería-Bolchevique en suelo Ibérico.

  2. Muy buen artículo y muy buen comentario.

    Si, como decía, el Mártir Anacleto González:
    “Para que la instrucción primaria sea VERDADERAMENTE BUENA Y SOCIALMENTE UTIL, ha de ser profundamente religiosa…”
    se entiende la obsesión de los Gobiernos izquierdistas y liberales (PSOE-Podemos, PP, ERC) en introducir en las escuelas desde la más tierna infancia la cultura de la perversión sexual organizada, para cuanto antes corromper esos corazones puros y esas almas blancas de la infancia para que no anide en ellos la moral y el amor cristiano.
    En la medida que los Obispos españoles se quedan con los brazos cruzados, los colegios «religiosos» se arrodillan ante los políticos y su política corruptora de niños y adultos, y los partidos supuestamente «católicos» aunque solo lo sea «sociológicamente», besan el anillo y los pies de la cultura «transgénero» y LGTB, en lugar de combatirlo, está claro que todos lo que deberían velar por este lema cristiano han desertado de ello y se han plegado a los planes de degeneración del la Sinagoga de Satanás.

    ¿Por qué el Senado no se reúne, como hace con otros acontecimientos o supuestos acontecimientos, para conmemorar el tremendo Holocausto y el tremendo genocidio que sufrieron los cristianos mejicanos en la llamada Guerra Cristera de 1926 (en realidad desde 1917 o incluso antes) a 1929?

    El tema de la Guerra Cristera de Méjico es otro tema tabú, del que no se habla, para así ocultar que el siglo XX ha sido el siglo de la persecución del Cristianismo con una crueldad y con una mortandad muy superior a la que sufrieron los primeros cristianos. Y el siglo XXI continúa el Holocausto del que no se hacen celebraciones.

    El origen inmediato de este genocidio hay que buscarlo en dos hitos:

    – En la Constitución mejicana publicada el 5 de febrero de 1917.

    – y en la Ley «Calles» de reforma del Código penal para perseguir al Cristianismo, elevando a delito las previsiones constitucionales contra el Cristianismo y la Iglesia, publicada el 2 de julio de 1926.

    PRIMERA PARTE.- La Constitución mejicana de 1917.-

    El ambiente político anticristiano en Méjico a la altura de 1917 tenía una triple génesis:

    a) El liberalismo jacobino que había venido adquiriendo cada vez mayor importancia, especialmente bajo la influencia de la revolución mejicana y de “ideólogos” como Gabino Barreda, también masón, y colaborador del revolucionario Benito Juárez (también masón) .

    b)El protestantismo norteamericano que ofrecía abundantes recursos económicos a condición de poder penetrar en el país, y que llevaba aparejada la oferta del reconocimiento diplomático de Venustiano Carranza por parte de Estados Unidos, cosa muy estimada por los diferentes caudillos de la revolución mejicana que se discutían el poder.

    c) La Masonería que, ya desde 1823, venía trabajando políticamente en Méjico adquiriendo un verdadero poder de decisión y promoción sobre sus afiliados, siempre en actitud hostil hacia la Iglesia Católica., conforme a las consignas establecidas por la Masonería Internacional en el Congreso de Buenos Aires de 1906, publicadas en el diario masónico de Caracas en su número 10, concretamente: erradicar el catolicismo de América Latina, comenzando con México. En 1926, el diario masónico “la Tribuna” aseguró que la “Masonería Internacional aceptaba la responsabilidad de todo lo que pasa en México, y se dispone a movilizar todas sus fuerzas para la ejecución completa, total, del programa que se ha fijado para el país”.
    Todo este odio confluyó en la Constitución Mejicana de 1917. La publicación de esta constitución inició una nueva etapa de la persecución religiosa. Si hasta ahora la persecución había sido más bien terrorista y encubierta, mediante el asesinato, las profanaciones religiosas y el saqueo, ahora tendría visos de legalidad, no se trataría -dirían los políticos- de “perseguir ninguna religión, sino simplemente de hacer respetar la Constitución”, con la hipocresía y la doblez con la que suelen actuar los políticos de la Sinagoga de Satanás y sus agentes en todas partes.

    La Constitución mejicana de 1917 establecía una política que negaba a la Iglesia Católica todo derecho, desde negarle la propia personalidad jurídica como institución, negarle la posibilidad de poseer bienes inmuebles, le prohibía ejercer la educación, prohibía la participación del clero en política no sólo impidiéndole acceder a ser candidatos sino incluso impidiéndole el voto y toda libertad de expresión de poder opinar. Le impedía también el culto público fuera de los templos, y un largo etc. Este texto constitucional sirvió de modelo para la Constitución de la República española de 1931. La influencia masónica y bolchevique de ambas resulta evidente. También da que pensar el apoyo de EEUU a esta política y en la guerra que después se desencadenará (la guerra cristera) de parte de las autoridades mejicanas, lo que da idea del carácter masónico y anticristiano de las autoridades norteamericanas , que ya se había puesto de manifiesto en su intervención para provocar la Guerra de Cuba de 1898, continúa a día de hoy como hemos podido comprobar con las maniobras conjuntas Norteamericanas-Marroquíes en las inmediaciones de las Islas Canarias la semana pasada.

    El art. 3 de la Constitución de 1917 sólo permitía la educación laica, eufemismo con la que los satanistas encubren la realidad de una educación anticristiana, en lo religioso y en lo moral.
    El art. 3 decía así:
    «La enseñanza es libre; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares» (adviértase como la redacción de los términos en que está redactada es ya , por sí misma, pura falsedad, porque si la Educación es laica tanto en los establecimientos oficiales como en los establecimientos particulares -los de la Iglesia sin nombrarla-, dígase así sin más florituras a modo de disfraz).
    «Ninguna corporación religiosa, ni ministro de algún culto, podrán establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria.
    Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial.»

    El art. 24 condenaba el Cristianismo a las catacumbas, es decir un culto privado que no podía exteriorizarse, y además vigilado por las autoridades, la hostilidad hacia el culto religioso no podía ser mayor:
    «Art. 24.—Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para
    practicar las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, en los templos o en su
    domicilio particular, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley (es decir que profesar una creencia religiosa puede constituir delito, menuda libertad religiosa es esa, no se pierda de vista el lector que cuando lo único que en las sociedades izquierdistas y liberales actuales es merecedor de crítica es lo que se dice de los alemanes en la Segunda guerra mundial, sin entrar en el debate si lo que se dice es verdad o no, debate que está prohibido con penas de cárcel en España, lo que resulta obvio es la cantidad de hechos históricos que se tapan con este manido tema que goza del monopolio «cultural» como si no hubiera ninguno otro. Lo dejo como reflexión para las noches de insomnio).
    «Todo acto religioso de culto público, deberá celebrarse precisamente dentro de los templos,
    los cuales estarán siempre bajo la vigilancia de la autoridad» (una libertad religiosa BAJO LA VIGILANCIA de un Estado al servicio de la Sinagoga de Satanás).

    Respecto de la capacidad de tener propiedades, el art. 27 las prohibía expresamente, entrando en contradicción la propia Constitución, este art. 27 con el art. 14 que establecía la irretroactividad de las normas, pero que sin embargo aplicaba retroactivamente la propia Constitución para despojar a la iglesia de todos sus bienes.
    «Art. 27 (…)
    II.—Las asociaciones religiosas denominadas iglesias (nótese la forma de expresarse como si la Iglesia fuera algo extraño, en un país como Méjico que el pueblo era católico practicante como ningún otro, en este sentido también, la Constitución Mejicana era profundamente antidemocrática porque violaba los sentimientos religiosos de la inmensa mayoría del pueblo mejicano), cualquiera que sea su credo, no podrán en ningún caso tener capacidad para adquirir, poseer o administrar bienes raíces, ni capitales impuestos sobre ellos; los que tuvieren actualmente, por sí o por interpósita persona entrarán al dominio de la Nación, concediéndose acción popular para denunciar los bienes que se hallaren en tal caso. La prueba de presunciones será bastante para declarar fundada la denuncia. Los templos destinados al culto público son de la propiedad de la Nación, representada por el Gobierno Federal, quien determinará los que deben continuar destinados a su objeto (esto suponía el robo de todas las iglesias a la Iglesia, y no puede hablarse de «expropiación» porque la expropiación es siempre de bienes concretos y para una finalidad concreta que sea causa de interés público, no la usurpación general de todos las iglesias y demás templos generalizadamente y en su totalidad, sin causa de utilidad pública o interés social y sin pago de justiprecio como equivalente económico del valor de esos bienes). Los obispados, casas curales, seminarios, asilos o colegios de asociaciones religiosas, conventos o cualquier otro edificio que hubiere sido construido o destinado a la administración, propaganda o enseñanza de un culto religioso, pasarán desde luego, de pleno derecho, al dominio directo de la Nación, para destinarse exclusivamente a los servicios públicos de la Federación o de los Estados en sus respectivas jurisdicciones. Los templos que en lo sucesivo se erigieren para el culto público, serán propiedad de la Nación.
    III.—Las instituciones de beneficencia, pública o privada, que tengan por objeto el auxilio
    de los necesitados, la investigación científica, la difusión de la enseñanza, la ayuda recíproca
    de los asociados o cualquier otro objeto lícito, no podrán adquirir, tener y administrar capitales impuestos sobre bienes raíces, siempre que los plazos de imposición no excedan de diez años.
    En ningún caso, las instituciones de esta índole, podrán estar bajo el patronato, dirección,
    administración, cargo o vigilancia de corporaciones o instituciones religiosas, ni de ministros de los cultos o de sus asimilados, aunque éstos o aquéllos no estuvieren en ejercicio.

    Por su parte el art. 37 hacía perder la condición de ciudadano
    Art. 37.—La calidad de ciudadano mexicano se pierde:
    III.—Por comprometerse en cualquiera forma ante ministros de algún culto o ante
    cualquiera otra persona, a no observar la presente Constitución o las leyes que de ella emanen.

    El art. 55 prohibía a los sacerdotes presentarse a Diputados a Cortes:
    Art. 55.—Para ser diputado se requieren los siguientes requisitos:
    VI.—No ser ministro de algún culto religioso.
    El art. 59 establecía lo mismo para ser Senador. Ni que decir tiene que el art. 82, apartado IV, prohibía poder ser Presidente de la República de Méjico.

    El art. 130 era demoledor:
    Art. 130.—Corresponde a los Poderes Federales ejercer en materia de culto religioso y disciplina externa, la intervención que designen las leyes. Las demás autoridades obrarán
    como auxiliares de la Federación.
    El Congreso no puede dictar leyes estableciendo o prohibiendo religión cualquiera (este punto es una completa hipocresía, porque en la práctica reducía el culto religioso, en un país como Méjico entonces, profundamente religioso, a una cuestión a profesar de forma casi secreta en el interior de los propios domicilios, sin exteriorización de ninguna clase y sin apostolado, porque quedaba prohibida la religión en las escuelas, quedaba la Iglesia privada de todos los bienes, y los cristianos sólo tenían derecho a rezar en su casa).
    El matrimonio es un contrato civil (negaba el carácter cristiano del matrimonio como sacramento). Este y los demás actos del estado civil de las personas, son de la exclusiva competencia de los funcionarios y autoridades del orden civil, en los términos prevenidos por las leyes, y tendrán la fuerza y validez que las mismas les atribuyan.
    La ley no reconoce personalidad alguna a las agrupaciones religiosas denominadas iglesias.
    Los ministros de los cultos serán considerados como personas que ejercen una profesión y estarán directamente sujetos a las leyes que sobre la materia se dicten.
    Las Legislaturas de los Estados únicamente tendrán facultad de determinar, según las necesidades locales, el número máximo de ministros de los cultos.
    Para ejercer en México el ministerio de cualquier culto, se necesita ser mexicano por
    nacimiento (esto suponía la expulsión de los misioneros, especialmente españoles).
    Los ministros de los cultos nunca podrán, en reunión pública o privada constituída en junta, ni en actos del culto o de propaganda religiosa, hacer crítica de las leyes fundamentales del país, de las autoridades en particular, o en general del Gobierno; no tendrán voto activo ni pasivo (es decir que si los arts. 55 y 59 les prohibía ser Diputados o Senadores, este precepto además les prohíbe incluso votar en las elecciones) , ni derecho para asociarse con fines políticos (es decir la falta de libertad para expresar la injusticia de las leyes anticristianas, ni a poder defenderse de ninguna forma pacífica. El carácter antidemocrático de la Constitución Mejicana de 1917 no puede ser mayor).
    Para dedicar al culto nuevos locales abiertos al público se necesita permiso de la Secretaría de Gobernación, oyendo previamente al Gobierno del Estado. Debe haber en todo templo un encargado de él, responsable ante la autoridad del cumplimiento de las leyes sobre disciplina religiosa, en dicho templo, y de los objetos pertenecientes al culto (creación del Comisario político anticristiano).
    El encargado de cada templo, en unión de diez vecinos más, avisará desde luego a la autoridad municipal, quién es la persona que está a cargo del referido templo. Todo cambio se avisará por el ministro que cese, acompañado del entrante y diez vecinos más. La autoridad municipal, bajo pena de destitución y multa hasta de mil pesos por cada caso (cantidad exorbitante para la época), cuidará del cumplimiento de esta disposición; bajo la misma pena llevará un libro de registro de los templos, y otro de los encargados. De todo permiso para abrir al público un nuevo templo, o del relativo a cambio de un encargado, la autoridad municipal dará noticia a la Secretaría de Gobernación, por conducto del Gobernador del Estado. En el interior de los templos podrán recaudarse donativos en objetos muebles.
    Por ningún motivo se revalidará, otorgará dispensa o se determinará cualquier otro trámite que tenga por fin dar validez en los cursos oficiales, a estudios hechos en los establecimientos destinados a la enseñanza profesional de los ministros de los cultos. La autoridad que infrinja esta disposición será penalmente responsable, y la dispensa o trámite referidos, será nulo y traerá consigo la nulidad del título profesional para cuya obtención haya sido parte la infracción de este precepto.
    Las publicaciones periódicas de carácter confesional, ya sea por su programa, por su título o simplemente por sus tendencias ordinarias, no podrán comentar asuntos políticos nacionales ni informar sobre actos de las autoridades del país, o de particulares, que se relacionen directamente con el funcionamiento de las instituciones públicas.
    Queda estrictamente prohibida la formación de toda clase de agrupaciones políticas cuyo título tenga alguna palabra o indicación cualquiera que la relacione con alguna confesión religiosa. No podrán celebrarse en los templos reuniones de carácter político.
    No podrá heredar por sí ni por interpósita persona ni recibir por ningún título un ministro de cualquiera culto, un “inmueble”, ocupado por cualquiera asociación de propaganda religiosa o de fines religiosos o de beneficencia. Los ministros de los cultos tienen incapacidad legal para ser herederos, por testamento, de los ministros del mismo culto o de un particular con quien no tengan parentesco dentro del cuarto grado (es decir la propiedad privada es negada para la Iglesia y para los cristianos).
    Los bienes muebles o inmuebles del clero o de asociaciones religiosas, se regirán para su adquisición, por particulares, conforme al artículo 27 de esta Constitución».

    SEGUNDA PARTE.- La Ley Calles de 1926.-

    El 12 de mayo de 1921, grupos comunistas subieron a las torres de la Catedral de Morelia, y después de izar la bandera roja, entraron a la Iglesia y apuñalaron una imagen de la Virgen de Guadalupe.
    Los fieles católicos organizaron una manifestación pacífica en protesta, la cual fue disuelta a tiros por el Gobierno. Hubo 50 muertos y varios heridos. El Presidente Álvaro Obregón (también masón) culpó a los manifestantes católicos, según es costumbre en esta clase de gente, como ocurrió en España durante la República (entierro de Calvo Sotelo) o podemos ver también hoy en España que las agresiones de los grupos radicales de extrema izquierda no tienen ninguna consecuencia salvo que los grupos patriotas que las sufren respondan que entonces son éstos los detenidos. Lo podemos ver en los actos de VOX, en los 20 N y en los actos del separatismo catalán.
    El 14 de noviembre de 1921, se produjo un atentado con bomba en la Basílica Santuario de la Virgen de Guadalupe, con la finalidad de destruir la imagen de la Virgen símbolo nacional mejicano, sin embargo por causas aún desconocidas, el cuadro no sufrió daño alguno, por lo que muchos indicaron que fue un milagro. Este hecho provocó un mayor fervor religioso de los mejicanos que pronto determinó una ofensiva anticlerical de contrario por parte de las autoridades revolucionarias.
    El 13 de enero de 1923 se bendijo la primera piedra del Monumento Nacional a Cristo Rey, en el cerro del Cubilete en Guanajuato. La hizo el Delegado Apostólico Mons. Ernesto Filippi, el Presidente de Méjico Álvaro Obregón lo expulsó inmediatamente del país, y paralizó la obra, a pesar de que se hacía en terrenos privados propiedad del abogado y diputado constituyente José Natividad Macías Castorena. En la actualidad existe un monumento erigido en este mismo lugar, pero no es éste sino uno que se erigió en la década de los años 40, el original que quedó paralizado y que se construyó después de forma clandestina, fue dinamitado el 30 de enero de 1928 por orden del Presidente Elías Calles, al que ahora nos referiremos.

    Tres grandes potentados de la revolución de la ciudad de Sonora, Adolfo de la Huerta, Alvaro Obregón y Plutarco Elias Calles, habían determinado ocupar la presidencia en forma sucesiva, de modo que en 1924 le tocaba a este último.

    El 1 de diciembre de 1924 llegó a la presidencia de Méjico el socialista Francisco Plutarco Elías Calles, que enseguida puso en marcha nuevas medidas para destruir el Cristianismo en Méjico. En ese momento no se sabía, pero el historiador francés de la Universidad de la Sorbona-Paris, afincado en Méjico, Jean Meyer Barth ( autor de la tesis titulada La Christiade: societé et idéologie dans le Mexique contemporain (1926–1929), en tres volúmenes, que luego en 1997 se editó un resumen en forma de libro con el título «La Cristiada», y otro titulado «La Cruzada por México»), ha escrito que Elías Calles era Grado 33 de la Masonería, condecorado por ésta con la Medalla Masónica por la política de su país no solo en su mandato oficial (1924-1928) sino en el llamado «Maximato» que fue el poder que siguió ostentando casi una década más, entre bastidores, después de terminado su mandato oficial. En 1993, un boletín del Supremo Consejo de México (Lucerna 56) de la Masonería, afirmó que Elías Calles había ingresado en la masonería en la logia Helios, de Guaymas, en la ciudad de Sonora. Y según este historiador francés , la condición de masón de Elías Callés fue el verdadero motivo de llevar a la cruenta guerra cristera en Méjico.

    En octubre de 1924, para celebrar el fin próximo del mandato del Presidente Álvaro Obregón, (ingenuamente, porque el que vendría después, Elías Calles, era todavía peor y el elegido para destruir ya completamente a la Iglesia Católica) se celebró el primer Congreso Eucarístico Nacional. Fue solemnísimo y lleno de fervor. Desde el gobierno se hostilizó al máximo su celebración. Se prohibió que se sacara de la Catedral de México el Santísimo para la procesión final; y en la fiesta de clausura, en la que se iba a representar la obra (el auto sacramental) «El Divino Narciso”, de Sor Juana Inés de la Cruz, se ordenó cortar la energía eléctrica, de manera que no se pudo llevar a cabo. El todavía Presidente Álvaro Obregón ordenó al Procurador de Justicia de la República (el equivalente al Fiscal General del Estado), D. Eduardo Delhumeau, identificar e imputar a todos los asistentes al Congreso. Además se ordenó la destitución de todos los funcionarios que hubieran tomado parte o asistido de algún modo al Congreso, de esta forma perdieron su empleo de forma automática cientos de funcionarios públicos. Las manifestaciones de protesta del pueblo frente a tanta injusticia fueron sofocadas a palos y a tiros. Para ello se utilizó a los grupos comunistas del Sindicato “CROM” Confederación Regional Obrera Mexicana, cuyo jefe, Luis Napoleón Morones Negrete, había sido nombrado ministro de Industria, Comercio y Trabajo en el Gobierno de Elías Calles.

    En 1925, para cargarse a la Iglesia católica verdadera no sólo con persecución y medidas legislativas y de fuerzas sino también mediante engaño, el nuevo Presidente Elías Calles promueve la creación de una mal llamada «Iglesia católica apostólica mexicana», una iglesia cismada de la autoridad de Roma y del Papa, al estilo del Palmar de Troya o lo que en el siglo XV había hecho Enrique VIII de Inglaterra, declarando como «patriarca» de esa «Iglesia» hereje al sacerdote masón José Joaquín Pérez Budar.
    Por su parte el Obispo de Huejutla, D. José Manríquez y Zarate, escribió una carta pastoral, el 6 de marzo de 1926 donde denunciaba que:
    “La intención (del gobierno) es acabar, de una vez y para siempre, con la religión católica en México…El jacobinismo mexicano ha decretado dar muerte a la Iglesia Católica en nuestro país, arrancar de cuajo, si posible fuera, de la sociedad mexicana, toda idea católica…El tirano odia a Jesucristo: de ello se ufana…Quiere raer del suelo mexicano el nombre de Cristo”. También es claro que ese propósito no nació en el curso de su administración, sino que llegaba a la presidencia con él ya bien arraigado. De inmediato se dio a la tarea de llevarlo a cabo, lo que parece evidente por los sucesos.

    Igualmente se dictaron diversas leyes anticlericales, como las promulgadas en Veracruz y Tabasco, que decretaban que todos los sacerdotes debían estar casados (!!), y tener más de 40 años de edad.

    Como esto no acabó con la Religión, sino que provocó el escándalo en el pueblo y la reacción contraria del pueblo contra la injusticia de tales medidas anticatólicas, Elías calles promulgó una reforma del Código penal para imponer sus medidas mediante el abuso de la leyes penales, fue la llamada Ley Calles, que entró en vigor el 31 de julio de 1926.
    El que la quiera consultar puede encontrarla aquí:
    https://www.memoriapoliticademexico.org/Textos/6Revolucion/1926-L-FMCR.html
    La ley tenía 33 artículos y era lo que establecía la Constitución de 1917, pero la diferencia radicaba en que tipificaba como delito todas estas conductas de práctica religiosa que la Constitución prohibía o exigía.

    Resultaba evidente que las autoridades mejicanas, en concreto Plutarco Elias Calles y antes que él Alvaro Obregón y Venustiano Carranza, había determinado acabar con la Iglesia católica en México.
    El hecho, por evidente y grosero, no pasó inadvertido para los cristianos, pero la Iglesia tenía prohibido por la Constitución no solo el voto sino expresar de ninguna manera opiniones “políticas” aunque fuera sobre cuestiones que le afectaban directamente y a su ministerio, así que fueron los seglares cristianos quienes en 1925 crearon la “Liga Nacional para la Defensa de la Libertad Religiosa” para proponer la derogación de los preceptos constitucionales que prohibían la libertad religiosa cristiana en Méjico. A ellos se unieron otras organizaciones cristianas como los “Caballeros de Colón” y otras.

    Los Obispos, presentaron ante la Cámara legislativa un memorando pidiendo la reforma de los artículos constitucionales y leyes anticatólicas, pero fue rechazado por la Cámara de Diputados, por considerar que los solicitantes habían perdido la ciudadanía al pertenecer al clero.
    Los cristianos seglares prepararon entonces un memorial similar, solicitando las mismas reformas a la Cámara de Diputados, el cual, no obstante la acción persecutoria del Gobierno y sus sicarios en la policía, la fiscalía, y la judicatura contra los promotores, fue firmado por más de dos millones de ciudadanos. Los firmantes no eran hombres adultos mayores de veintiún años. A pesar de la premura, en unos pocos días, dada la inminente entrada en vigor de la Ley Calles, pudo recabarse tan importante número de firmas y ello a pesar de las represalias gubernamentales para los firmantes.
    El memorando, con todas las firmas recabadas de todas partes de la Republica Mejicana, fue a parar a la basura, sin que los representantes del pueblo prestaran atención a lo solicitado por el mismo pueblo.

    Ante esto, el arzobispo de Morelia (Mons. Leopoldo Ruiz y Flores,), y el Obispo de Tabasco (Mons. Pascual Díaz Barreto) trataron de entrevistarse con Elias Calles, para tratar de convencerlo, éste los recibió para jactarse de su poder antes ellos y les respondió que sólo podrían evitar lo que se les venía encima, con las armas (creyendo que los cristianos no se defenderían).
    Los Obispos mexicanos respondieron con una carta pastoral el 25 de julio y suspendieron el culto en las iglesias de toda la República Mexicana en el momento en que el Decreto entrara en vigor.
    El documento decía:
    “Contando con el favor de Dios y con vuestra ayuda, trabajaremos para que ese Decreto y los artículos antirreligiosos de la Constitución sean reformados y no cejaremos hasta verlo conseguido hasta que dispongamos otra cosa, se suspenden en todos los templos de la República, el culto público que exija la intervención del sacerdote, ya que es el único medio del que disponemos al presente para manifestar nuestra inconformidad, no se cerrarán los templos, para que los fieles prosigan haciendo oración en ellos”.

    Ante la promulgación de la Ley Calles, los cristianos respondieron con medidas pacíficas, mediante un boicot económico al gobierno, de negarse a hacer consumos de productos o servicios que implicaban ingresos para las arcas del Estado (no coger el coche para no gastar gasolina, no encender la luz, reducir el consumo al mínimo). El Gobierno respondió con asesinatos y abusos revestidos de “legalidad”.

    El ultimo día, previo a la aplicación de la arbitraria ley, miles de católicos mejicanos desbordaron templos e iglesias con devoción ante lo que se preveía un largo tiempo sin tener culto y sacerdotes católicos que guiaran al pueblo creyente ante la persecución que se veía venir por el gobierno Callista.
    Los obispos mejicanos acordaron que a partir de la entrada en vigor de la Ley Calles (31 julio 1926) quedaba en suspenso el culto católico en las iglesias, ante la prohibición de las autoridades a permitirles hacerlo con un mínimo de libertad. En la ciudad de Jalisco 800 maestros renunciaron a su puesto para no verse sometidos a los abusos del Gobierno.
    El Gobierno de Calles respondió ocupando las iglesias con el pretexto de hacer un inventario de sus bienes, y el culto quedó prohibido incluso en la esfera privada. Él y sus sicarios subestimaron al pueblo católico, su amor y fidelidad a la Fe cristiana después de 400 años de arraigo, estaban por encima de leyes abusivas, y ante las detenciones arbitrarias, el asesinato de sacerdotes sospechosos de ejercer su ministerio de forma clandestina, y de las profanaciones de los templos, para muchos fieles esto fue suficiente para organizar lo que en principio fue una pequeña guerrilla.

    El 7 de noviembre de 1926, unos soldados del Gobierno al entrar a San Juan de los Lagos, se encontraron a un niño de siete años que jugaba a las canicas. En su sombrero traía un letrero que decía “¡Viva Cristo Rey!” Los soldados pretendieron quitárselo, pero al resistirse, lo asesinaron a tiros a pesar de su corta edad. Este hecho hizo que la guerrilla dejara de ser una pequeña tropa.
    El 19 de septiembre de 1927, los soldados del Gobierno que se encontraban en el poblado de San Miguel el Alto, derribaron y quemaron una Cruz que había sido colocada en el atrio de la parroquia por los religiosos misioneros del Espíritu Santo. Y el 21 de octubre del mismo año los soldados destrozaron el sagrario del templo de la Purísima Concepción. En el poblado de Valle de Guadalupe fue ahorcado un señor llamado Juan, por el sólo hecho de rezar el rosario con los fieles en el templo. Junto con él, por estar en el templo, fueron ahorcados otros tres individuos.

    Muchos hechos similares a estos determinaron que el pueblo se echara a las armas. Precisamente la crueldad de los gubernamentales, los ahorcamientos de cristianos en los postes de la luz a lo largo de las vías férreas, a la vista de todos, o el fusilamiento de sacerdotes con los hábitos de la misa -con la estola y la casulla- puestos, cogidos “in fraganti” dando una misa, (como se puede ver en una de las fotos que ilustran el artículo), lejos de amilanar a los cristianos lo que supusieron es que los que estuvieran dudosos de unirse a la guerrilla, dejaron de dudarlo por más tiempo, y que miles de cristianos se alzaran en armas contra la barbarie atea gubernamental y por defender a Dios, la Iglesia y su Fe Católica. La mujeres, como en todas las guerras de supervivencia, jugaron un papel fundamental en la causa Cristiana.
    También hubo actos de valor personal aislado, como el del cristiano José de León Toral, de 28 años de edad, que al ver la crueldad con la que actuaban los gubernamentales, asesinó el 17 de julio de 1928, al expresidente Álvaro Obregón, uno de los máximos instigadores de la persecución religiosa en Méjico, al conocerse que se iba a reformar la Constitución para que pudiera presentarse a una nueva reelección.

    Los cristianos contrataron al General Enrique Gorostieta Velarde para que los dirigiera en esta guerra no como una guerrilla sino como un ejército en toda regla, y se ha escrito que «descubrió la auténtica cristiandad en la fe de sus soldados». Demostró su genio militar con numerosas victorias, a diferencia de los Generales gubernamentales cuya acción militar se basaba en las deportaciones en masa, los fusilamientos indiscriminados, la barbarie, los saqueos y razzias en los pueblos, etc. etc.
    Partidario de no cesar en la lucha y de no aceptar como interlocutor al Embajador de los EEUU Morrow, murió asesinado en una emboscada en junio de 1929, sólo 19 días antes del alto al fuego. Después del alto el fuego se confirmaron las palabras del General Enrique Gorostieta de que el Gobierno sólo quería la paz para tener tiempo de recuperarse de sus derrotas, y que no cumpliría su palabra. Efectivamente Elías Calles nada más deponer las armas los cristeros, incumplió los acuerdos de paz y hubo detenciones y fusilamientos en masa en todas las zonas rebeldes, especialmente en Jalisco.

    El levantamiento armado nunca contó con el apoyo expreso de la iglesia, pero sí con su simpatía de ver que en Méjico los cristianos eran de verdad como aquellos de tiempos de Diocleciano, y no como en tantos países, de cara a la galería y para figurar.
    La guerra costó más de 250.000 muertos.
    Esta guerra tuvo una gran influencia espiritual en los ambientes cristianos. Fue determinante para el futuro líder Rexista belga León Degrelle.

    TERCERA PARTE.- El apoyo de los EEUU a Elías Calles en la Guerra Cristera.-

    El empresario norteamericano Dwight Whitney Morrow fue el Embajador norteamericano en Méjico, nombrado en 1927 por el Presidente norteamericano Calvin Coolidge (30º presidente de los EEUU, 1923-29), cuyas políticas de capitalismo salvaje dieron lugar a la Gran Depresión de 1929.
    Dwight W. Morrow era uno de los hombres más ricos de Nueva Jersey, en 1913 se había asociado a J.P. Morgan & Co., el mayor y más potente banco comercial en los Estados Unidos en esa época. Como socio de Morgan, se desempeñó como director de varias juntas corporativas y financieras, y cosechó una gran fortuna.
    Ya como Embajador en Méjico, Morrow tenía la misión de asegurar los intereses de los grandes grupos económicos de los EEUU en el negocio del petróleo mejicano, evitando que las previsiones de la Constitución mejicana de 1917 sobre incautación de propiedades en manos de extranjeros, la propiedad nacional de los recursos naturales del país, etc. no se aplicaran a los empresarios norteamericanos. Elías Calles ya había recibido ayuda norteamericana anteriormente. A tal efecto Dwight W. Morrow inició una serie de desayunos “de trabajo” con el presidente Calles, lo que le valió el apodo de “El diplomático de los huevos con jamón” en los periódicos estadounidenses. Elias Calles recibiría ayuda económica y armamento, incluido el suministro de aviones, para inclinar la guerra cristera a su favor.
    La Wikipedia dice de él:
    “Como embajador de Estados Unidos en México, Morrow fue el medio para traer ayuda del Departamento de Estado de Estados Unidos en forma de armamentos y aviones para reforzar al gobierno de Plutarco Elías Calles contra la Iglesia, que ayudó a poner fin a la Guerra Cristera de 1926-1929, una sublevación en contra del gobierno anti-católico de Calles que buscaba atacar el cristianismo en México. Fuerzas de Calles utilizaron la violación y el pillaje, la tortura y el asesinato de los sacerdotes católicos, la profanación y destrucción de iglesias católicas, incluyendo conventos y bibliotecas de la época colonial con más de 200 años de antigüedad, todo en la persecución extrema de los católicos. Calles pretendía ser la estricta aplicación de las disposiciones anticlericales de la Constitución de México de 1917 y la expansión de nuevas leyes anticlericales, pero nada en la Constitución permitía a Calles tratar de destruir el cristianismo en México”.

    La Historia de Méjico se repite hoy en España, con dos grandes diferencias, el clero español no está por la labor de ofrecer ninguna resistencia a las políticas anticristianas del Gobierno, y el pueblo ha sido previamente descristianizado para que no ofrezca ninguna resistencia, de ahí su interés en corromper a la infancia. Por lo demás, la masonería, la policía y los militares rojos, los fiscales, los jueces, los medios de comunicación, el gobierno norteamericanos y sus lobbys anticristianos (Soros, Hillary Clintong etc), etc., todo es básicamente igual.

    1. Dice mi comentario
      «Los firmantes no eran hombres adultos mayores de veintiún años.»
      y he querido decir:

      «Los firmantes eran hombres adultos mayores de veintiún años.»
      (es decir que no se trataba de adolescentes, sino de hombres)

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