Andorra y el aborto: cuando lo irrenunciable entra en negociación
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León XIV, en su visita a España, dijo en el Congreso de los Diputados que “toda vida humana debe ser reconocida y custodiada desde su concepción hasta su ocaso natural” y preguntó si puede considerarse justa una sociedad que deja en la sombra al niño no nacido. Pero no dio el paso jurídico-político siguiente: no dijo que el Estado deba restablecer una protección penal efectiva del concebido, ni que la ley del aborto deba ser derogada, ni que los legisladores tengan la obligación moral de trabajar para ello.
¿Cómo, pues, debe custodiar la vida del no nacido el Estado? No basta con ayudas sociales, acompañamiento o prevención. El Derecho penal existe precisamente para proteger determinados bienes fundamentales frente a agresiones graves. Si la vida inocente es uno de esos bienes fundamentales, excluir por principio toda protección penal exige una explicación moral que León XIV no ofreció en aquel discurso.
Por eso pensamos que lo que León XIV hizo en su discurso fue una defensa antropológica y moral de la vida, pero no una defensa jurídica completa de sus consecuencias. Dicho de otro modo: afirmó el principio, pero no exigió la consecuencia legislativa. Supo calibrar, como maestro de la palabra que es, lo adecuado para defender a vida y lo inconveniente para no molestar a un parlamento abortista.
Eso explica también por qué el discurso pudo ser recibido con una ovación tan amplia. El Congreso le dedicó unos siete minutos de aplausos pese a que buena parte de los parlamentarios presentes apoyan el aborto legal. Cada cual podía escuchar “respetar la vida” y traducirlo según su propio marco político: prevención, ayudas a la maternidad, reducción de abortos, acompañamiento, etc., sin sentirse obligado a cuestionar la ley vigente.
La cuestión que habría que plantear es muy sencilla: Si el concebido es verdaderamente una vida humana inocente que el Estado debe custodiar, ¿por qué su vida habría de quedar fuera de toda tutela penal?
A nuestro entender, con esta “introducción”, se entiende mejor la noticia de la próxima despenalización del aborto en el Principado de Andorra. En Madrid, León XIV proclamó solemnemente que toda vida debe ser custodiada desde la concepción, pero evitó exigir la consecuencia jurídica que esa afirmación parece reclamar: que el Estado proteja efectivamente al concebido también mediante la ley penal. En Andorra asistimos al paso siguiente: mientras la doctrina permanece intacta en el lenguaje, la protección jurídica concreta del no nacido entra en el terreno de la negociación.
No se niega que el aborto sea un mal; se discute hasta dónde debe seguir castigándolo el Estado. No se abandona verbalmente la defensa de la vida; se busca una fórmula política que permita despenalizar sin romper el Coprincipado. Y ahí aparece el verdadero problema: una doctrina que se proclama irrenunciable pero cuya consecuencia jurídica puede ser objeto de acomodación diplomática.
El discurso de León XIV en el Congreso de los Diputados y la negociación andorrana parecen responder así a una misma lógica: afirmar con claridad el principio moral, pero evitar exigir que el orden político extraiga de él todas sus consecuencias jurídicas. Se dice que la vida debe ser custodiada, pero se deja abierta la cuestión decisiva de qué ocurre cuando alguien la elimina deliberadamente.
Nuestra pregunta no es solamente si León XIV está “a favor de la vida”. Naturalmente que afirma estarlo. La pregunta es otra: ¿está dispuesto a exigir que esa verdad limite realmente al poder político y se traduzca en una protección jurídica efectiva del concebido? No.
Entonces, ¿qué significa realmente decir que una vida debe ser “custodiada” si, cuando el Estado decide retirar una parte esencial de su protección jurídica, la Iglesia se limita a dialogar sobre cómo hacerlo? Un juego dialéctico magistral: la doctrina permanece intocable en las palabras, mientras su eficacia desaparece poco a poco en la ley.
La Iglesia puede seguir llamándose provida mientras proclama la inviolabilidad del concebido; pero su defensa sólo se vuelve verdaderamente efectiva cuando está dispuesta a pedir que esa inviolabilidad tenga consecuencias reales en las leyes, incluso cuando hacerlo incomode al poder político.
¿A qué juega la Iglesia? Nos atrevemos a responder: A conservar la doctrina sin pagar siempre el precio político de defenderla hasta sus últimas consecuencias. A condenar el aborto, pero buscando convivir con Estados que lo legalizan; a proclamar la inviolabilidad de la vida, pero evitando exigir de modo frontal una protección penal plena; a denunciar la cultura del descarte, pero manteniendo abiertos los canales diplomáticos con quienes la convierten en ley.
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León XIV, en su visita a España, dijo en el Congreso de los Diputados que “toda vida humana debe ser reconocida y custodiada desde su concepción hasta su ocaso natural” y preguntó si puede considerarse justa una sociedad que deja en la sombra al niño no nacido. Pero no dio el paso jurídico-político siguiente: no dijo que el Estado deba restablecer una protección penal efectiva del concebido, ni que la ley del aborto deba ser derogada, ni que los legisladores tengan la obligación moral de trabajar para ello.
¿Cómo, pues, debe custodiar la vida del no nacido el Estado? No basta con ayudas sociales, acompañamiento o prevención. El Derecho penal existe precisamente para proteger determinados bienes fundamentales frente a agresiones graves. Si la vida inocente es uno de esos bienes fundamentales, excluir por principio toda protección penal exige una explicación moral que León XIV no ofreció en aquel discurso.
Por eso pensamos que lo que León XIV hizo en su discurso fue una defensa antropológica y moral de la vida, pero no una defensa jurídica completa de sus consecuencias. Dicho de otro modo: afirmó el principio, pero no exigió la consecuencia legislativa. Supo calibrar, como maestro de la palabra que es, lo adecuado para defender a vida y lo inconveniente para no molestar a un parlamento abortista.
Eso explica también por qué el discurso pudo ser recibido con una ovación tan amplia. El Congreso le dedicó unos siete minutos de aplausos pese a que buena parte de los parlamentarios presentes apoyan el aborto legal. Cada cual podía escuchar “respetar la vida” y traducirlo según su propio marco político: prevención, ayudas a la maternidad, reducción de abortos, acompañamiento, etc., sin sentirse obligado a cuestionar la ley vigente.
La cuestión que habría que plantear es muy sencilla: Si el concebido es verdaderamente una vida humana inocente que el Estado debe custodiar, ¿por qué su vida habría de quedar fuera de toda tutela penal?
A nuestro entender, con esta “introducción”, se entiende mejor la noticia de la próxima despenalización del aborto en el Principado de Andorra. En Madrid, León XIV proclamó solemnemente que toda vida debe ser custodiada desde la concepción, pero evitó exigir la consecuencia jurídica que esa afirmación parece reclamar: que el Estado proteja efectivamente al concebido también mediante la ley penal. En Andorra asistimos al paso siguiente: mientras la doctrina permanece intacta en el lenguaje, la protección jurídica concreta del no nacido entra en el terreno de la negociación.
No se niega que el aborto sea un mal; se discute hasta dónde debe seguir castigándolo el Estado. No se abandona verbalmente la defensa de la vida; se busca una fórmula política que permita despenalizar sin romper el Coprincipado. Y ahí aparece el verdadero problema: una doctrina que se proclama irrenunciable pero cuya consecuencia jurídica puede ser objeto de acomodación diplomática.
El discurso de León XIV en el Congreso de los Diputados y la negociación andorrana parecen responder así a una misma lógica: afirmar con claridad el principio moral, pero evitar exigir que el orden político extraiga de él todas sus consecuencias jurídicas. Se dice que la vida debe ser custodiada, pero se deja abierta la cuestión decisiva de qué ocurre cuando alguien la elimina deliberadamente.
Nuestra pregunta no es solamente si León XIV está “a favor de la vida”. Naturalmente que afirma estarlo. La pregunta es otra: ¿está dispuesto a exigir que esa verdad limite realmente al poder político y se traduzca en una protección jurídica efectiva del concebido? No.
Entonces, ¿qué significa realmente decir que una vida debe ser “custodiada” si, cuando el Estado decide retirar una parte esencial de su protección jurídica, la Iglesia se limita a dialogar sobre cómo hacerlo? Un juego dialéctico magistral: la doctrina permanece intocable en las palabras, mientras su eficacia desaparece poco a poco en la ley.
La Iglesia puede seguir llamándose provida mientras proclama la inviolabilidad del concebido; pero su defensa sólo se vuelve verdaderamente efectiva cuando está dispuesta a pedir que esa inviolabilidad tenga consecuencias reales en las leyes, incluso cuando hacerlo incomode al poder político.
¿A qué juega la Iglesia? Nos atrevemos a responder: A conservar la doctrina sin pagar siempre el precio político de defenderla hasta sus últimas consecuencias. A condenar el aborto, pero buscando convivir con Estados que lo legalizan; a proclamar la inviolabilidad de la vida, pero evitando exigir de modo frontal una protección penal plena; a denunciar la cultura del descarte, pero manteniendo abiertos los canales diplomáticos con quienes la convierten en ley.
León XIV, en su visita a España, dijo en el Congreso de los Diputados que “toda vida humana debe ser reconocida y custodiada desde su concepción hasta su ocaso natural” y preguntó si puede considerarse justa una sociedad que deja en la sombra al niño no nacido. Pero no dio el paso jurídico-político siguiente: no dijo que el Estado deba restablecer una protección penal efectiva del concebido, ni que la ley del aborto deba ser derogada, ni que los legisladores tengan la obligación moral de trabajar para ello.
¿Cómo, pues, debe custodiar la vida del no nacido el Estado? No basta con ayudas sociales, acompañamiento o prevención. El Derecho penal existe precisamente para proteger determinados bienes fundamentales frente a agresiones graves. Si la vida inocente es uno de esos bienes fundamentales,
excluir por principio toda protección penal exige una explicación moral que León XIV no ofreció en aquel discurso.
Por eso pensamos que lo que León XIV hizo en su discurso fue una defensa antropológica y moral de la vida, pero no una defensa jurídica completa de sus consecuencias. Dicho de otro modo: afirmó el principio, pero no exigió la consecuencia legislativa. Supo calibrar, como maestro de la palabra que es, lo adecuado para defender a vida y lo inconveniente para no molestar a un parlamento abortista.
Eso explica también por qué el discurso pudo ser recibido con una ovación tan amplia. El Congreso le dedicó unos siete minutos de aplausos pese a que buena parte de los parlamentarios presentes apoyan el aborto legal. Cada cual podía escuchar “respetar la vida” y traducirlo según su propio marco político: prevención, ayudas a la maternidad, reducción de abortos, acompañamiento, etc., sin sentirse obligado a cuestionar la ley vigente.
La cuestión que habría que plantear es muy sencilla: Si el concebido es verdaderamente una vida humana inocente que el Estado debe custodiar, ¿por qué su vida habría de quedar fuera de toda tutela penal?
A nuestro entender, con esta “introducción”, se entiende mejor la noticia de la próxima despenalización del aborto en el Principado de Andorra. En Madrid, León XIV proclamó solemnemente que toda vida debe ser custodiada desde la concepción, pero evitó exigir la consecuencia jurídica que esa afirmación parece reclamar: que el Estado proteja efectivamente al concebido también mediante la ley penal. En Andorra asistimos al paso siguiente: mientras la doctrina permanece intacta en el lenguaje, la protección jurídica concreta del no nacido entra en el terreno de la negociación.
No se niega que el aborto sea un mal; se discute hasta dónde debe seguir castigándolo el Estado. No se abandona verbalmente la defensa de la vida; se busca una fórmula política que permita despenalizar sin romper el Coprincipado. Y ahí aparece el verdadero problema: una doctrina que se proclama irrenunciable pero cuya consecuencia jurídica puede ser objeto de acomodación diplomática.
El discurso de León XIV en el Congreso de los Diputados y la negociación andorrana parecen responder así a una misma lógica: afirmar con claridad el principio moral, pero evitar exigir que el orden político extraiga de él todas sus consecuencias jurídicas. Se dice que la vida debe ser custodiada, pero se deja abierta la cuestión decisiva de qué ocurre cuando alguien la elimina deliberadamente.
Nuestra pregunta no es solamente si León XIV está “a favor de la vida”. Naturalmente que afirma estarlo. La pregunta es otra: ¿está dispuesto a exigir que esa verdad limite realmente al poder político y se traduzca en una protección jurídica efectiva del concebido? No.

Entonces, ¿qué significa realmente decir que una vida debe ser “custodiada” si, cuando el Estado decide retirar una parte esencial de su protección jurídica, la Iglesia se limita a dialogar sobre cómo hacerlo? Un juego dialéctico magistral: la doctrina permanece intocable en las palabras, mientras su eficacia desaparece poco a poco en la ley.
La Iglesia puede seguir llamándose provida mientras proclama la inviolabilidad del concebido; pero su defensa sólo se vuelve verdaderamente efectiva cuando está dispuesta a pedir que esa inviolabilidad tenga consecuencias reales en las leyes, incluso cuando hacerlo incomode al poder político.
¿A qué juega la Iglesia? Nos atrevemos a responder: A conservar la doctrina sin pagar siempre el precio político de defenderla hasta sus últimas consecuencias. A condenar el aborto, pero buscando convivir con Estados que lo legalizan; a proclamar la inviolabilidad de la vida, pero evitando exigir de modo frontal una protección penal plena; a denunciar la cultura del descarte, pero manteniendo abiertos los canales diplomáticos con quienes la convierten en ley.
Una Iglesia ¿católica?, a la que solo le importa el poder y la influencia, es decir, el dinero…
Vivir en Palacios, viajar con coches de alta gama, y cobrar la X sobre la renta, subvenciones para los colegios concertados, exención de impuestos por sus propiedades inmobiliarias, etc.
El Papa dio una bonita homilia en el Congreso, pero en ningun momento recordó que si abortas, estas fuera de la religión católica
Regular.
Lo siento, pero lo veo regular nada más.
Claramente Roma ha perdido la fe y se demuestra por muchos aspectos y desde hace mucho.
Quizá Eugenio pueda ilustrarnos más, pero el Obispo de Roma desde hace mucho tiempo mira para otro lado muchas veces (por hablar suave).
Para mí, en el tema del aborto el salto cualitativo se dio con Austria y, sobre todo, Italia, países mayoritariamente católicos, al menos nominalmente, con el agravante, en el caso del segundo, de la peculiar relación y proximidad entre el Vaticano y el Estado Italiano. La legalización por Italia del aborto (con el consiguiente efecto dominó en otros países mayoritariamente católicos) se produjo en mayo de 1978 y en agosto el mismo que murió Pablo VI (obispo de Roma, además, y quien no dijo nada). Y lo mismo había pasado en 1970 con el divorcio. Ni dijo, ni excomulgó (y no me hable de que no hacía falta por aquello de «latae sententiae», ni amenazó con excomunión a nadie. Y, a partir de ahí, consentimiento de facto de todos.
Y lo mismo ha pasado y pasará en Andorra, donde uno de los «copríncipes» es un obispo español de Urgel. Como el anterior no quería dar luz verde a que vinieran a España a abortar, lo cambiaron y este es obediente como el que más.
Lo dicho, Roma ha perdido la fe y trabaja para que la perdamos los demás.
https://es.zenit.org/2025/09/26/andorra-aprobara-el-aborto-no-obstante-que-su-jefe-de-estado-es-un-obispo-catolico/
Ante el dominio absoluto (es decir, total) del Maligno en el mundo, el Papa León XIV ha optado, de momento y en sus primeros meses de pontificado, por la prudencia (virtud cardinal). La dificilísima situación que se ha encontrado dentro de la misma Iglesia y fuera de ella no se presta a un enfrentamiento radical con cada uno de los problemas que existen; hay riesgo real de que, de actuar así, emperoren las cosas. Paso a paso en la buena dirección con la ayuda de Dios. Oraciones por el Papa, confianza en sus acciones, y esperemos a ver los resultados.
Pruebe Vd a verlo con las gafas del eclipse y lo entenderá.
¡Que leñe de virtud cardinal!: Si, si, No, no. Lo demás viene del maligno y de alguno de sus servidores, como vuesa merced.
NO SE EQUIVOQUE.
Este Papa es todavía peor que FRANCISCO, y fue elegido por sus secuaces, es decir a los que creó cardenales el inmundo FRANCISCO, que en el INFIERNO estará, sin duda…
Ciertamente, puedo equivocarme con el Papa León XIV; sus hechos irán hablando por él. De momento, creo que se ha encontrado con una herencia (la del Papa Francisco) muy complicada, y ha optado por cumplir hasta cierto punto con los compromisos adquiridos, sin que ello implique traicionar la fe. Me parece que es justo que los católicos le concedamos un margen de confianza y no le pongamos más obstáculos de los que ya encuentra.
Su comentario tiene un elemento razonable, pero también dos debilidades importantes.
Elemento razonable: la apelación a la prudencia. Es verdad que un Papa no puede combatir simultáneamente todos los males con la misma intensidad, ni está obligado a convertir cada intervención pública en un enfrentamiento frontal. La prudencia es una virtud cardinal y puede exigir gradualidad, elección de tiempos, prioridades y medios. Desde este punto de vista, usted introduce una consideración legítima: no toda ausencia de confrontación inmediata equivale necesariamente a claudicación doctrinal.
Primera debilidad: Ahora bien, su comentario no responde del todo al núcleo de nuestro artículo. No reprochamos simplemente a León XIV que no haya iniciado una batalla política abierta contra todos los gobiernos abortistas. La pregunta que hacemos es más precisa: si la vida del concebido es inviolable, ¿sigue afirmando la Iglesia que el orden jurídico tiene el deber de protegerla efectivamente? La prudencia puede modular el modo de defender esa exigencia, pero no puede dejarla indefinidamente sin formular.
Segunda debilidad: una cosa es prudencia, que definimos, estratégica y otra muy distinta indeterminación sobre las consecuencias del principio moral. El Papa puede considerar inoportuno exigir hoy una determinada reforma penal concreta; pero, si nunca se aclara que la ley debe proteger al concebido frente a su eliminación deliberada, la cuestión deja de ser simplemente prudencial y empieza a afectar a la claridad de la doctrina social.
Además, hay una expresión del comentario que teológicamente necesita corrección: “el dominio absoluto del Maligno en el mundo”. El Maligno no posee un dominio absoluto. Solo Dios es soberano.
También nos parece excesiva la frase “confianza en sus acciones”. Un católico debe rezar por el Papa, conservar respeto filial hacia su oficio y evitar juicios temerarios sobre sus intenciones. Pero eso no implica una confianza indiscriminada en cada decisión prudencial o política. La tradición católica nunca ha identificado obediencia con suspensión del juicio moral o doctrinal. Las acciones concretas de un pontífice pueden ser analizadas y, cuando corresponde, criticadas respetuosamente a la luz de la fe y del magisterio precedente.
El punto más débil de su comentario es precisamente este: convierte la prudencia en una explicación anticipada de cualquier silencio o ambigüedad. Si León XIV actúa con firmeza, se dirá que era el momento oportuno; si no lo hace, se dirá que está siendo prudente. Formulado así, el recurso a la prudencia se vuelve imposible de contrastar, porque tanto la acción como la inacción pueden presentarse siempre como decisiones prudentemente calculadas.
Y ya, por último: La prudencia puede determinar el momento y el modo de actuar, pero no puede oscurecer el bien que debe ser defendido.
Apreciado Carlos María Jáuregui, primero de nada felicitarle por sus artículos, pues son brillantes, están muy bien escritos y tratan temas interesantes desde la perspectiva católica. En algún caso expresé mi asentimiento general a las tesis en ellos expresadas. Sin embargo, por mi parte, yo también encuentro alguna debilidad en cuanto al enfoque o método que usted adopta de manera habitual. Creo que en algún comentario lo hice constar. Se trata de su costumbre de seleccionar un elemento (una palabra o frase de un texto; una acción de un comportamiento) y, a partir de ahí, especular, suponer, atribuir … lo que podría decir, lo que debería decir, la intención que podría estar detrás, el objetivo que podría perseguir, lo que se omite pero debería constar, etc., es decir, recrear un mundo imaginario alrededor de lo que simplemente el autor ha expresado en un contexto específico. Esto, a mi juicio, es alterar gravemente las palabras del autor. Aplicando este proceder, cualquier dicho de cualquier autor, cualquier texto, puede experimentar una transformación completa. No me parece un método formalmente válido para utilizar sobre los casos expuestos en sus artículos del EED.
Un claro ejemplo de esta práctica es su mismo comentario (el cual agradezco) a mi intervención. Así, cuando usted dice: «Primera debilidad: Ahora bien, su comentario no responde del todo al núcleo de nuestro artículo.», usted -como decimos, es su costumbre habitual- asume o me atribuye gratuitamente un defecto por omisión. Sería realmente un defecto si yo hubiera pretendido responder a «todo el núcleo de su artículo». Pero, nada más alejado de mi intención. Mi comentario sólo quería expresar mi confianza y mi apoyo al Papa León XIV. Uno (yo, en este caso) no puede detallar en cada comentario, el motivo por el que lo hace, la finalidad que persigue, a qué aspectos se refiere, a cuáles no, etc., etc., etc. El comentario se volvería tedioso y tampoco estamos escribiendo una tesis doctoral.
Lo mismo vale en respuesta a sus comentarios sobre otras objeciones a palabras concretas (absoluto, total, prudencia), y expresiones (confianza en sus acciones, etc.) por mí utilizadas para comunicar ideas concretas.
En resumidas cuentas, no me parece apropiado aplicar métodos académicos de tipo exegético a cualquier tipo de texto, ni tampoco elucubrar hipótesis a partir de ellos.
Con todo, le agradezco su comentario y, a pesar de disentir con usted en estos aspectos, le animo a seguir publicando artículos en EED. (¿quizás incorporando alguna de las sugerencias aquí aparecidas?)
Usted sirve a Satanás, su guía y amo. Perro neocón.
Me resisto a creer que detrás de anónimos, tales como «Sem Tom de K», «Pere Ramsa» .., se esconda una persona racional con sus facultades mentales no perturbadas. Sin duda se trata de robots, mecanismos cibernéticos, replicantes, rutinas de software, ideados por el Maligno.
Confirmado: El tal «Pere Ramsa», «Sem Tom de K», no es un ser humano (tanta memez no estaría soportada). Es un circuito, una batería… algo artificial, obra del demonio.
pues se parece usted mucho a él