El Tribunal de Estrasburgo no es un verdadero Tribunal, y el PSOE-PP nos está tomando el pelo
- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, TEDH no es un verdadero Tribunal, ni sus decisiones son vinculantes para ninguno de los Estados miembros. Así lo establece la normativa correspondiente. No es la cúspide de nuestro sistema judicial, que termina en el Tribunal Supremo, para los asuntos ordinarios, o en el Tribunal Constitucional para aquellos que supongan infracción de derechos fundamentales de los españoles (incluidos los catalanes y vascos, mal que les pese).
- El TEDH rechaza la práctica totalidad de los recursos que recibe. Solamente admite aquellos que quiere, por razones que desconocemos. El resto, es decir, el noventa y cinco por ciento, por lo menos, directamente los inadmite, enviando un escueto escrito, de varios líneas al recurrente, dónde no se molestan ni en contestar a la argumentación jurídica de la demanda. Simplemente dicen que la queja planteada no acredita la infracción de derechos humanos, más o menos como hace el Constitucional español, que también despacha los recursos con una escueta resolución de inadmisión, dónde ni siquiera se molesta en explicar el razonamiento legal que les lleva a esa conclusión y resolución. Vamos, una auténtica burla al recurrente, que se ha molestado –y gastado sus buenos euros- en hacer que un abogado redacte la demanda correspondiente, empleando para ello muchas horas…
Yo mismo he acudido al menos en media docena de ocasiones al TEDH como abogado, y nunca, nunca, han admitido, ni siquiera a trámite, ninguna de las demandas formuladas.
En mi opinión hay un pacto bajo la mesa, es decir, sin luz ni taquígrafos, entre el PP y el PSOE, para continuar en la misma línea de entreguismo a Eta, aunque ahora se llame Bildu, con idea de “pacificar” el País Vasco, sin darse cuenta de que lo que van a conseguir es la paz de los cementerios: los españolistas tendrán que exiliarse de las Vascongadas, y el resto, escépticos, apolíticos, etc., agachar la cabeza y no decir ni pio, por lo que les pueda pasar.
- En las próximas elecciones autonómicas la coalición separatista ganará y se harán con el poder, desplazando al PNV, como ha sucedido en Cataluña con IRC, en detrimento de CIU. Y es que el votante siempre prefiere el original al sucedáneo.
- La crisis es un buen caldo de cultivo para estar aspiraciones secesionistas. Se busca un enemigo, real o imaginario, al que echar la culpa de nuestros males, en lugar de reconocer los errores propios. A Cataluña, España les roba, y al País Vasco, también. Así los gobiernos autonómicos quedan como mártires de la situación, en lugar de reconocer su gran parte de culpa en la situación de los respectivos territorios.
- Ruiz-Mateos al que el TEDH le dio la razón en la expropiación de Rumasa, Mario Conde, Javier Gómez de Liaño, etc., nunca han conseguido que se repitiesen sus juicios en España, pese a haberse atentado contra sus derechos humanos. En el mejor de los casos han conseguido una compensación económica irrisoria, y el triunfo moral de haber obtenido en Europa la justicia que en España se les denegada. Y Ruiz-Mateos ni siquiera eso, pues no tengo constancia de que se le haya pagado indemnización alguna.
- El sistema judicial español no tiene previsto un procedimiento específico para la ejecución directa de las sentencias internacionales, por más que reconozca su carácter obligatorio. En la práctica se deja a la voluntad de los Estados parte su cumplimiento en forma voluntaria. Como ha escrito Alberto Soria Jiménez: “…mientras no se apruebe una ley reguladora de la ejecución de las sentencias del Tribunal y de las decisiones del Comité de Ministros, como han hecho otros países europeos y como sería deseable, sólo queda la vía del recurso de amparo como el único mecanismo que puede hacer valer, en el Derecho español, las declaraciones de violación de derechos formuladas por el Tribunal de Estrasburgo”.
Conclusión: España podría perfectamente desobedecer la resolución de Estrasburgo, sin que pasara nada. Así lo han hecho otros países en asuntos que no les interesaba remover o no querían claudicar de sus decisiones políticas o de Estado..
- Como explicaba Ortega, somos un país pacato, con un enorme complejo de inferioridad, que da por bueno todo lo que viene de fuera, y desprecia lo propio. La actuación de la Audiencia Nacional, por ejemplo, produce vergüenza ajena. Cualquier pleito ante ese Tribunal tarda años en tramitarse y señalarse para la vista, pero este asunto se ha resuelto prácticamente en el día. Teniendo en cuenta el carácter político de la Audiencia, la designación de sus Magistrados y Fiscales, etc., parece evidente que ha habido presiones gubernamentales para darle carpetazo al asunto, así se habla mal del gobierno un par de días, nada más… Y ya sabemos que los españoles tienen memoria de pez, es decir, muy escasa.
- Si tuviese veinte años menos, me iba al extranjero, tal es el asco que me produce la política que se hace en este país, antes llamado España.

Así es. Es un «no tribunal» que solo sirve para apoyar a los terroristas etarras, y separatistas catalanes…
Ahora pretende enmendar la plana al Tribunal Supremo, diciendo que la Sentencia del Proceso, es decir, DEL GOLPE DE ESTADO DE 2017, no es correcta.
Todo ello pasteleado con el apoyo (suponemos) de la única juez que España tiene en ese «no tribunal», DOÑA MARÍA ELÓSEGUIR ITXASO, catedrático de filosofía del derecho, NO JURISTA, Y MIEMBRO NUMERARIO DEL OPUS DEI.
Es decir, que en ESPAÑA la OBRA lleva once años bloqueando la sentencia del aborto en el TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (el ponente es también del Opus Dei), y en Estrasburgo están «pastelando» contra ESPAÑA.
¿A qué «juega» la OBRA…?
Vamos a ver si en los 15 minutos de que dispongo antes de salir corriendo para trabajar soy capaz de argumentar mi comentario.
Estoy de acuerdo en todo con este artículo, que además el tema del Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo (TEDH) me parece capital y en esta página nunca se había tratado, pero con una salvedad: la situación que pinta siendo verdad es solo el 5% del problema, la realidad es muchísimo peor.
La Unión Europea se define como un espacio de Justicia donde están garantizados los Derechos Humanos. Esto no es verdad. Los europeos en general y los españoles en particular vivimos engañados cuando nos creemos que Europa y España es un Estado de Derecho o que están garantizados los Derechos Fundamentales, y no es así, sería un Estado de Derecho si estuviera sometido a las leyes, que vincularan a los poderes públicos y autoridades, estarían garantizados los Derechos Fundamentales si su violación pudiera ser objeto de amparo, y no lo es.
Todo lo que se dice en el artículo del TEDH es verdad pero se queda corto. No es que inadmita el 95% de los recursos, hasta donde yo sé ese porcentaje es del 99’9 %. Sólo los etarras y demás terroristas, los separatistas o los famosos tienen acceso al Tribunal, para el resto de ciudadanos sólo muy de vez en cuando se consigue una admisión.
Las respuestas del Tribunal rechazando las demandas de amparo, son para publicarlas porque son la arbitrariedad en persona. La demanda tiene que presentarse en un modelo normalizado, con una extensión predeterminada la misma si el derecho Fundamental violado es 1 como si son 20: caras de filio con líneas. El Reglamento te permite ampliar esta extensión a 20 páginas más como máximo pero si la amplias aunque sea una sola página te inadmiten el recurso aduciendo que no cumples el Reglamento en cuanto a la extensión cuando quienes no cumplen el Reglamento son ellos que niegan lo que el Reglamento reconoce de forma. expresa. En realidad los motivos de inadmisión son una verdadera tomadura de pelo, que da qué pensar de la catadura moral y jurídica de la gente que está detrás del tan cacareado tribunal, otro bluf y otra mentira más de las sociedades izquierdistas y liberales. Se ha escrito que en realidad es George Soros quien controla ese Tribunal, y viendo cómo actúa, la indefensión que provoca en quienes acuden a él, y la falta de unos mínimos de Justicia en su actuación, no me extraña lo más mínimo.
Pero no nos engañemos, el TEDH es solo una parte del problema, el verdadero problema es que en España no están garantizados los Derechos Fundamentales, si lo estuvieran no habría necesidad de perder el tiempo en el TEDH para nada (salvo que seas etarra, separatistas o famoso). Dice el artículo que el TEDH inadmite el 95% de las demandas (que no es el 95% sino el 99’99% porque el TEDM concentra sobre sí todo el fracaso de los sistema de protección de los Tribunales nacionales), pero no debe quedarse ahí hay que dar el dato de que el Tribunal Constitucinal Español, que es la instancia jurídica anterior al TEDH que tiene que agotar antes de acudir a él, inadmite según la estadística que publica la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional, el 97 % de los recursos de amparo de los ciudadanos, que si le quitas los etarras y los separatistas catalanes (que a esos no se les inadmiten porque para eso son etarras y son son separatistas), tienes que para la gente corriente el índice de inadmisión es prácticamente del 100%.
En la defensa de los Derechos Fundamentales la cuestión capital debería ser la propia violación del Derecho o de los Derechos Fundamentales, pero esto no es así: la villación en sí misma carece de interés, para que el recurso pueda ser no estimado sino simplemente admitido a trámite (lo de la estimación o desestimación ya veríamos) tiene que tener para el Tribunal «trascendencia constitucional», es decir que la violación. En realidad este requisito de la trascendencia constitucional es un mero pretexto para acordar las inadmisiones que se acuerdan provocando indefensión (que es un Derecho Fundamental el no sufrirla: art. 24 CE, pero que el propio Tribunal encargado de defender los Derechos Fundamentales comete esta violación de provocar indefensión), porque el Tribunal Constitucional inadmite el Recurso de amparo sin darte trámite de ausencia, es decir sin darte ocasión a que puedas alegar antes de tomar la decisión. Y además no tienes derecho a recurrir, el único que puede recurrir es el Ministerio Fiscal, que no recurre ni aunque se lo pidas, porque esta es otra institución que en su momento debería ser juzgada como en Nuremberg, a ellos que tanto les gusta Nuremberg.
La instancia jurídica anterior (en el orden de recursos) al Tribunal Constitucional es el Tribunal Supremo (la Sala de lo C-A del Tribunal Supremo), si esta funcionara por lo menos aquí podrías encontrar amparo, pero no es así, desde la reforma de 2016, el Tribunal Supremo inadmite el 98 y pico % de los Recursos de Casación. Sik el Tribunal Constitucional cuenta con el pretexto de la «trascendencia constitucional» del caso el Tribunal Supremos cuenta con el pretexto de «interés casacional», camelo para no admitir ningún recurso salvo los compromisos y los separatistas y etarras. Esto del «interés casacional» o la «trascendencia constitucional» lo puedes argumentar hasta la saciedad que resulta estéril porque está decidido de antemano digas lo que digas que el recurso va a la papelera,. Tenemos en España unos Altos Tribunales pagando unos sueldos enormes no parfa satisfacer el principio de tutela judicial efectiva sino para impedirlo y dediucarse a inadmitir recursos, todos ellos, gastando en esto su vida como magistrados, lo cual es para hacérselo ver.
Dice el art. 5, 4º LOPJ (Ley Orgánica del Poder Judicial) que cualquier infracción de precepto constitucional será suficiente para fundamentar un Recurso de Casación en los casos en que proceda dicho recurso (el Recurso de Casación es un recurso extraordinario y hay que agotar antes las vías de recurso ordinarias: demanda ante el Juzgado y Recurso de apelación ante los Tribunales de Justicia de las CCAA), sin embargo este art. 54, º LOPJ sin estar derogado es como si lo estuviera porque no es que invoques una infracción de precepto constitucional, es que invocas la infracción de 20 ó 30 preceptos constitucionales y al Tribunal Supremo le da lo mismo, inadmite los recursos y además los inadmite con condenad en costas. Es decir la violación de Derechos Fundamentales se ha convertido en España, -esto no sale en la tele ni la señora Macarena Olona se ha enterado todavía que no hace más que hacerle la pelota a la Tribunales cuando lo que tenía que hacer es denunciar públicamente esta situación, y ya de los Presidentes de los Colegios de Abogados ya no hablamos lo miserables que son y cómo callan y consiente-, en un negocio económico muy rentable para las Administraciones que violan Derecho Fundamentales porque en el 98& de los casos obtienen los beneficios económicos de una condena en costas encima como premio a su violación. Es el famoso «Estado de Derecho» como la famosa «legalidad Republicana», porque en este pais con un rey que ni está ni se le espera, una Iglesia que es una pura verguenza que calla y guarda silencio cómplice ante los grandes males de la sociedad que no denuncia ni uno solo de ellos con lo que en tiempos de Franco criticaba, y unas instituciones que todas ellas sin excepción han desertado de la defensa de la legalidad, esta es la situación de desamparo que tenemos.
Dice el art. 5, 1º LOPJ 1. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico, y vincula a todos los Jueces y Tribunales, quienes interpretarán y aplicarán las leyes y los reglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme a la interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional en todo tipo de procesos.
Sin embargo no vincula si luego los recursos no se resuelven sino que se inadmiten prácticamente en el 100% de los casos.
Dice el art. 5, 4º LOPJ: En todos los casos en que, según la ley, proceda recurso de casación, será suficiente para fundamentarlo la infracción de precepto constitucional. En este supuesto, la competencia para decidir el recurso corresponderá siempre al Tribunal Supremo, cualesquiera que sean la materia, el derecho aplicable y el orden jurisdiccional.
Pero en la práctica el «en todos los casos» se convierte «en ningun caso»,
Dice el art. 7, 1º LOPJ : Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo Segundo del Título I de la Constitución vinculan, en su integridad, a todos los Jueces y Tribunales y están garantizados bajo la tutela efectiva de los mismos.
y añade el art. 7, 3º LOPJ: Los Juzgados y Tribunales protegerán los derechos e intereses legítimos, tanto individuales como colectivos, sin que en ningún caso pueda producirse indefensión. Para la defensa de estos últimos se reconocerá la legitimación de las corporaciones, asociaciones y grupos que resulten afectados o que estén legalmente habilitados para su defensa y promoción.
Sin embargo la realidad es muy otra porque no protegen porque los Derechos y la Constitución son papel mojado incluso en sede judicial. Si un Juzgado concreto o un TSJ de Comunidad Autónoma te quiere amparar puede hacerlo pero si no lo hace, como es el caso de los recursos de las personas calificadas de «franquiistas», resulta estéril buscar el amparo en los Tribunales que están para eso (Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional) porque salvo que seas etarra o separatista catalán tienes cerrada esta instancia y además con condena en costas en el primer caso.
Entonces este artículo dice que el TEDH inadmite el 95% de las demandas, (que no es un 95& sino un 99’9%, pero bueno), pero no dice que el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo hacen lo mismo, con lo cual los ciudadanos están situados en una posición de indefensión y es un camelo tanto el Derecho Fundamental a obtener la tutela judicial efectiva (que no hay tal tutela cuando te inadmiten los recursos) y es un camelo el carácter inviolable de los derechos Fundamentales que dice el art. 10, 1º CE porque si los Derechos Fundamentales fueran inviolables, no serian inadmitidos los Recursos de Casación y de amparo en caso el 100% sino que se admitirían todos y luego la sentencia estimaría o desestimaría según resultara.
procedente.
Esta es la realidad de España (y de Europa), que no es un Estado de Derecho porque no garantiza realmente el imperio de la Ley y la protección de los Derechos Fundamentales.
Corrijo 3 errores:
– El primero cuando hablo de la extensión de la demanda ante el TEDH que está normalizada y que es la misma ya denuncies la violación de 1 solo derecho fundamental que si denuncias la violación de 20 derechos (que para 20 necesitarías más espacio para exponer el caso), con las prisas he omitido que la extensión normalizada que dan son 3 páginas.
– el Segundo error es que he escrito TEDM cuando quería decir TEDH
– E tercer error, que he escrito 95& cuando queria decir 95%
Corrijo 3 errores:
– El primero cuando hablo de la extensión de la demanda ante el TEDH que está normalizada y que es la misma ya denuncies la violación de 1 solo derecho fundamental que si denuncias la violación de 20 derechos (que para 20 necesitarías más espacio para exponer el caso), con las prisas he omitido que la extensión normalizada que dan son 3 páginas.
– el Segundo error es que he escrito TEDM cuando quería decir TEDH
– E tercer error, que he escrito 95& cuando queria decir 95%
– veo que hay un cuarto gran error y es una frase inacabada, hablando de que en la l recurso de amparo para la protección de los derechos fundamentales la cuestión de fondo no es ya la propios violación del derecho fundamental, sino que esto carece d interés para el Tribunal, que exige trascendencia constitucional porque la sola violación en sí misma ( que debería ser lo fundamental cuando se establece un sistema de protección de Derechos Fundam natales, que lo primordial debe ser la salvaguarda de esos derechos, por encima de cualquier otra consideración, y menos formal, porque la tutela o es «efectiva» o no es verdadera tutela), y yo acababa diciendo:
…es decir que la violación .
Y terminaba la frase con un punto cuando en realidad me he dejado sin poner la idea.
Lo que quería decir es que la violación (del Derecho Fundamental) en sí misma que debería ser lo fundamental sin embargo para el TC y para el recurso de amparo tal como está configurado es lo de menos, no tiene ningún interés (con lo cual la persona, su dignidad y los Derechos que le son inherentes, no cuenta para el TC), porque esto queda apartado a un lado y el TC solo se fija en la importancia doctrinal (trascendencia constitucional) que pueda tener ese caso , es decir lo que importa no es la persona ni sí ha visto violados sus derechos, sino que lo trascendente para el TC y para los Diputados que han redactado una Ley del TC en tales términos antidemocráticos, es puramente «filosófica», es decir que desde el punto de vista teórico pueda ser interesante tratar, lo cual tiene una lectura moral y jurídica de esta actitud, que no es otra que la pura basura que es el legislador, es decir los diputados que redactaron y votaron esta ley, y la pura basura de los Magistrados que no sienten ascos de ocupar tan altas magistraturas para dedicarse luego no a hacer justicia y amparar, sino a negarles a los ciudadanos sistemáticamente (casi en el 100% de los casos) la tutela judicial efectiva (art. 24 CE) , y el carácter inviolable de los Derechos Fundamentales (art. 10, 1CE).
Todo esto además se conecta con un tema tan importante como la separación de poderes, porque si el art. 106, 1 CE establece que los Tribunales controlan la legalidad de la actuación administrativa y el sometimiento de ésta a los fines que la justifican, pero sin embargo si resulta que las dos más altas magistraturas en España, Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional, lejos de hacer este control del Poder Ejecutivo del que habla el art. 106,1 CE lo qi hacen es hacer estéril las vías de Recurso de Casación y de Recurso de Amparo, respectivamente, en realidad los Magistrados de estos dos altos tribunales lo que están haciendo es impedir la separación de poderes porque lo que hacen al inadmitir sistemáticamente los recursos, es garantizar la impunidad para el Ejecutivo y garantizar que el art. 106 CE no será de aplicación para en la práctica.
A la vista de todo esto se puede apreciar con nitidez que eso de que España es un Estado de Derecho, es una falacia y una mentira como una catedral
Gracias por sus brillantes comentarios, que amplían y enriquecen el artículo…
Como usted comprenderá, con unas mil palabras como máximo, es casi imposible explicar debidamente un asunto,pero si te enrollas demasiado, corres el peligro de que la gente pase de leer el texto, con lo cual, y como decía el gran aragonés racián, lo bueno si breve, dos veces bueno.
Y añado yo, por lo menos en mi caso concreto: si malo, menos malo.
Mi gratitud, de nuevo, por su brillante aportación, y cordiales saludos.
He olvidado preguntarle, y poreguntar a cualquier otro lector conocedor de los retorcidos caminos de la Obra:
* ¿Cuál creen que será la postura de la «juez» española sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional español respecto AL PROCESO SEPARATISTA CATALÁN, EN REALIDAD EL GOLPE DE ESTADO CATALÁN, DEL 2017…?
* Vistos los «antecedentes», la tibia postura, cuándo no cómplice, del magistrado ponente DE LA SENTENCIA SOBRE EL ABORTO EN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, que lleva «once años en estudio», ME TEMO LO PEOR… (Excuso decirles que ese señor es también miembro numerario de la OBRA). –
Luego a la tarde que regreso contestaré a esta cuestión, es que desde el tel fono me cuesta mucho escribir
Pregunta el autor:
* ¿Cuál creen que será la postura de la «juez» española en el TEDH (Tribunal Europeo de Derechos Humanos) sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional español respecto AL PROCESO SEPARATISTA CATALÁN, EN REALIDAD EL GOLPE DE ESTADO CATALÁN, DEL 2017…?
Pensaba que se refería a la Sentencia del Tribunal Supremo más que a la del Tribunal Constitucional.
varias ideas:
1.- la primera que las propias sentencias españolas ya se han auto quitado credibilidad así mismas, porque lo que a todas luces era rebelión, los propios tribunales españoles ha preferido calificarlo como sedición por razones políticas que no jurídicas. Cuando uno hace como Tribunal esta bajada de pantalones y este volantazo de 180 grados sobre lo que debería ser la «Recta Administración de Justicia», ya se delata como poco serio jurídicamente y no puede esperar luego seriedad cuando el mamoneo judicial lo ha iniciado uno mismo.
2.- Hace menos de un año le preguntaron al Presidente del Tribunal Constitucional Juan José González Rivas por la sentencia del Aborto, y se justificó diciendo que no se le podía exigir al TC que dictara sentencia cuando los demandantes (el Partido Popular) después de interponer el recurso de inconstitucionalidad había gozado de mayoría absoluta que podía haber derogado la Ley y no lo había hecho.
Para González Rivas la incongruencia de acción y la corrupción política del PP le autorizaba a él o al Tribunal Constitucional para justificar que no resolviese ese recurso de inconstitucionalidad a pesar de los más de 10 años transcurridos.
Hay un error de concepto en toda esta gente, la ilegalidad del PP no autoriza a que tú también seas ilegal, máxime cuando tu eres un Tribunal que no estás ahí para figura (o no deberías, la realidad ya sabemos que es justo esa, figurar) sino para defender la Constitución sin venderte a nadie, y máxime que están en juego vidas humanas, las de los niños y las de las madres, porque a los niños se les mata pero al as madres se las deja vivas pero las que no están suficientem,tmne podridas por dentro luego viven amargadas por esto que han hecho. En España mueren sobre unos 140.000 niños abortados cada año en abortos quirúrgicos, no sé si el Sr. González Rivas ha meditado alguna vez al respecto o lo va a dejar para cuando se sienta morir y pida un curo y allá que irá un cura imbécil como el que confesó a Azaña a confesarlo, en lugar de dejarlo morir y que sea Dios Nuestro Señor que viendo cómo está el mundo quiere toda la Justicia para ser ejercida por Él, pues ya que toda es para Él que lo sea también la de estos pájaros. La corrupción del PP no se arregla con el fraude del Tribunal Constitucional . La corrupción de un partido no se combate con la corrupción añadida de un Tribunal.
Para todo esto hay que «valer», hay que servir. Decíamos esta mañana que los 2 más altos tribunales de España, más el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH), en realidad no se dedican a hacer Justicia y a satisfacer el principio de tutela judicial efectiva, sino con porcentajes de inadmisión de los recursos de los ciudadanos que rozan el 100% tenemos a tres tribunales cuyos Magistrados se levantan por la mañana y su trabajo consiste en tirar todos los días no sé cuántos recursos a la papelera, y en el caso del Tribunal Supremo además condenando en costas al demandante por atreverse a recurrir. No hay que perder de vista que a diferencia de las peticiones de amparo al Defensor del Pueblo, que las puede hacer cada ciudadano por sí mismo, con sus medios sin entrar en su nivel cultural, en el caso de los Recursos de Casación ante el Tribunal Supremo y los Recursops de amparo ante el Tribunal Constitucional, tiene que estar redactados por Procurador y Abogado, y técnicamente los recrusos no se hacen de forma chapucera como si lo hiciera un hijo de vecino, con los cual las inadmisiones son todavía más injustas y más arbitrarias a pesar de que el art. 9, 3º Ce garantiza frente a la arbitrariedad.
Para eso hay que valer, es como esa gente que asesina o viola a una niña de 4 ó 5 años, para eso hay que «valer» porque una persona normal, por muy podrida que estuviera, no sería capaz de teniendo en sus manos a la niña materializara sobre ella ningún daño, y se arrepentiría de seguir haciéndole daño, los que culminan el crimen es porque «valen» para eso, es decir porque están tan vacíos o tan podridos por dentro que no se compadecen de su víctima y siguen hasta culminar su crimen. La perspectiva de unos magistrados que su trabajo un día sí y otro también así todos los días es robarle a la gente su derecho obtener la tutela judicial efectiva, y no compadecerse ante la iniquidad y la injusticia que en su mano está amparar y no lo hacen, y encima condenar en costas al demandante, y lo que es peor mandar el mensaje a la Administración objeto de recurso de que puede serguir siendo corrupta que los recursos contra ella no serán resueltos, y el que se atreva a denuncviarlo no sólo no verá satisfecha la tutela judicial efectiva sino que se le impondrá una sanción económica en forma de costas. Para eso hay «que valer».
Imaginemos la consulta médica, por ejemplo de Urgencias de un hospital que su misión, con todo su saber y todos los aparatos que el hospital pone a su disposición , que en lugar de recibir a sus pacientes y tratar de curarlos, se dedicara a echarlos de la consulta con los pretextos más absurdos, y así un día y otro, y otro, todas las semanas, todos los meses igual. ¿Qué clase de médico haría eso?, bueno pues estos son los tribunales superiores que tenemos en España y en Estrasburgo con el TEDH. Hay que «valer» para dedicarte a inadmitir recursos cuando un alma limpia lo que te pediría es entrar a resolver esas injusticias y resolverlas dictando sentencias sobre el fondo.
Porque no podemos perder de vista que la Justicia no es solo un Poder del Estado junto a los otros dos Poderes: Ejecutivo y Legislativo, sino que la Justicia es también un servicio público a los ciudadanos que garantiza la paz social y la lucha contra la corrupción, y a contrario sensu, cuando no satisface estas expectativas, lo que promueve es la frustración de las expectativas, crispación social, la corrupción y la guerra., porque cuando uno juega un partido o una competición y la pierde en buena lid, no hay nada que reclamar, pero cuando las cosas se pierden porque literalmente el que te tiene que amparar te roba el partido, por la cara, y se ríe de tí en tui cara con unos argumentos absurdos que no soportarían el menor análisis, o poeor aún , sin argumentos, con el mayor de los descaros, el atropello y la sensación de estafa no puede ser mayor, porque que te atraquen en un callejón una banda de delincuentes está dentro de cierta lógica pero que la estafa venga de un Tribunal de Justicia, de los de mayor rango, es para que se lo hicieran ver unos y otros (los magistrados de ese Tribunal y los que sostienen el entramado de tiranía para que esto se pueda cometer con toda impunidad.
Con este panorama, que es el marco o el contexto donde esta gente, en su burbuja de poder y de impunidad se mueven, cualquier cosa es posible, y lo que está cantado si las propias sentencias de los Tribunales Españoles (Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional) ya se han bajado los pantalones respecto de lo que hubiera sido sentencias conforme al principio de «Recta Administración de Justicia», y se han plegado a la política en detrimento del Derecho y la Justicia, no puedes exigir ahora que en el TEDH traten bien esas sentencias españolas cuando ellas mismas ya se han tirado piedras a su propio tejado.
Entonces en este tema ocurrirá lo mismo que con las agresiones de Marruecos a las fronteras de España, que los primeros vendidos serán las propias autoridades españolas, y donde Marruecos encontrará el mayor aliado para sostener su agresión será en el propio Gobierno de España, con lo cual ante tal panorama de anti-nacionalidad y de nacional-masoquismo está cantado que las decisiones serán más de lo mismo en favor del separatismo catalán y en contra de la Nación Española. Para que fuera de otro signo lo primero que habría que tener es que los Tribunales españoles y el Gobierno y demás poderes del Estado en España estuvieran de verdad en el Servicio a España con mayúsculas, pero desgraciadamente los peores enemigos que tiene España son precisamente las autoridades que copan los poderes del Estado y que se levantan todos los días por la mañana para ver qué hacen para destruirla.
No sé si la corrupción de Marbella en los años 80 era cosa de una sola persona o de solo unas cuántas, lo que sí sé y tengo clarísimo es que la corrupción generalizada en España es la consecuencia de que todos los poderes del Estado y las personas concretas que ocupan tales poderes, han desertado de sus deberes. Tenemos el ejemplo claro en lo que está pasando en Cataluña o pasa con el discurso Monarquía o República. En Cataluña las autoridades catalanas que según la Constitución son los representantes del propio Estado Español en la Región (art. 152, 1º CE), como es el caso del Presidente de la Generalidad de Cataluña, incumplen este deber y no hay ninguna consecuencia medianamente seria. No solo las autoridades de la Generalidad, la propia Presidenta del Congreso de los Diputados, la socialista «Meritxell» Batet cuando era Diputada del Parlamento catalán votó a favor de la independencia y ahí la tenemos de Presidenta del Congreso sin ninguna consecuencia jurídica, y su pareja Ministro de Justicia hasta hace dos semanas. Este es el nivel de mamoneo que hay en España, esto es lo que llaman «la legalidad republicana» y se quedan tan frescos.
Lo vemos también con la actitud del propio Gobierno y sus ministros respecto del Rey, para acceder al cargo se exige jurar o prometer fidelidad al Rey y a la Constitución y sin embargo tanto antes como después de prometer el cargo manifiestan su hostilidad hacia la figura del Rey y abogan abiertamente por una forma política del Estado Español distinta de la constitucional (porque la Constitucional es la Monarquía parlamentaria: art. 1, 3º CE), como es la República, y no cualquier república así en genérico, sino en concreto la 2ª República de la guerra civil, la del Frente Popular, la Staliniana, las chekas y la quema de iglesias, y no pasa absolutamente nada, cuando en puridad jurídica debería conllevar como mínimo el cese fulminante del ministro, máxime cuando no es que aboguen por la república solamente sino que no esconden su hostilidad al Rey y que a sus hijas había que pasarlas por la guillotina. Eso no es delito de odio para la Fiscalía, pero defender el Franquismo sí, lo cual da idea del ángulo de inclinación de la balanza de la Fiscalía y la justicia en España
3.- De esa jueza como del resto no cabe esperar nada bueno por dos razones fundamentales, porque si eres una persona recta no llegas a ese puesto, y porque también esta gente va siempre a favor de la corriente, y resulta más cómodo no enfrentarse a los dragones.
Lo hemos visto en estos días con el Tribunal de Cuentas. Inicialmente cuando el Gobierno indultó a los separatistas catalanes, el Tribunal de Cuentas dijo honestamente que el indulto penal era una cosa y otra la obligación financiera de responder del dinero que se había malversado (5 millones de € si no recuerdo mal).
Este acto de honestidad inicial por parte del Tribunal de ¨Cuentas dió lugar a una campaña mediática contra sus miembros. Es psible que además del ataque mediático, el Gobierno o sus socios hayan podido desplegar algún tipo de actuación encubierta para intimidar a los miembros del Tribunal de Cuentas. Lo cierto es que se ha apreciado un cambio de actitud en el mismo, cuando la Generalidad ha dicho que la propia Generalidad (el Instituto de Finanzas de Cataluña que es un organismo público) iba a avalar con dinero público la responsabilidad económica que el tribunal de Cuentas exigía a los golpistas. Resulta evidente que quien tiene que responder de esta responsabilidad económica son los propios condenados, no la Hacienda pública catalana , porque entonces la acción de responsabilidad resulta totalmente inoperante (si la condena la paga otro, ¿qué efecto tiene en el autor que se le imponga una obligación de pago que no va a afectar a su patrimonio sino al de todos los españoles?: efecto ninguno, es como si la cárcel se la impusieran a otro) . Esto que es una obviedad, que no hay que ir a Salamanca para verlo, sin embargo los ataques han sido tan forubundos (y no sabemos lo que por debajo de cuerda ah podido ocurrir) que el Tribunal de Cuentas se ha arrugado y se ha limitado a decir al respecto que «tenía dudas de que esto pudiera ser legal», cuando la duda en semejante fraude no puede existir por grosera la ilegalidad y el fraude.
Es decir que el que no se pliega de primeras, se pliega de segundas, y al final cede a la vorágine de apisonadora del poder. Por eso es tan importante los gestos de honestidad aunque sean aislados porque ante la deserción general y generalizada los gestos de honestidad tienen un valor incalculable. Este mismo artículo y esta misma página son un hito, al menos cuando todos destruian a España, aquí no se participaba de esa destrucción sino que se combatía contra la misma.
El dato de oro lo puso el autor no hace mucho en otros artículo , publicado el pasado 26 de julio y titulado «La arrastrada toga de Conde Pumpido», cuando se narra el caso del juez persa Sisamnes , que aceptó un soborno en un juicio y dictó una sentencia injusta, y como consecuencia ello el rey que no era el nuestro porque si hubiera sido el nuestro no habría dicho ni hecho ni mu, le mandó detener por prevaricador y ordenó que se le despellejara vivo. Su piel se usó para tapizar el asiento en el que había presidido los juicios, y en el que debía sentarse su sucesor como juez, que el «tapizado» del sillón le sirviera de recordatorio de cuál es el destino de los jueces que defraudan su alta misión
Si Macarena Olona tuviera muy claro el ejemplo del Rey de Persia respecto del Juez corrupto Sisamnes, ni adularía tanto al Rey sin merecerlo ni adularía tanto al os Tribunales de Justicia también sin merecerlo, sino que muy al contrario denunciaría la situación de iniquidad que hay en España, porque solo reconociendo la enfermedad, y denunciándola, como primer paso para su tratamiento se puede corregir este estado de cosas. Los Tribunales de justicia son la solución a los problemas de España pero sin embargo se han convertido en parte del problema, y lo que es peor : a nadie parece importarle. Hay que agradecerle al autor y a esta página que al menos ellos no hayan desertado del ideal de justicia, que es el elemento más legitimador de un Estado, mucho más que una votación o un plebiscito (máxime cuando los que votan están mayoritariamente desinformados, intoxicados por la mentira, corrompidos o directametne son idiotas, que en el caso de España los porcentajes rozan el 90 y tantos por %
Estimado amigo, gracias, muchas gracias, por su brilante disertación y explicación, muy convincentes.
En efecto, yo tampoco espro nada bueno de esa jueza, en primer lugar por su total desfachatez, prersentándose para un cargo para el que estaba muy escasamente preparada, por no decir nada, en detrimento de todo un presidente del tribunal onstitucional, por ejemplo…
Y, en segundo lugar, por lo que usted dice, de que es más cómodo ir con la mayoría, y no contracorriente.
Yo debo de ser un bicho raro, un especimen a analizar, pues titulo mi web, precisamente, NAVEGANDO CONTRACORRIENTE, y las razones son obvias.
Mi gratitud también a EL ESPAÑOL DIGITAL, que nos permite hablar con educación, y divulga nuestras reflexiones, pues solo de la discusión SALDRÁ LA VERDAD.
Buenos días y un feliz día les deseo a todos ustedes, y que Dios nos proteja a todos.
Esto puede servir para tomar conciencia de cómo estamos en España (y en Europa, porque España pertenece a una Organización Política supranacional como es la Unión Europea que no está menos podrida y que está tolerando lo que pasa en España) en materia de Justicia.
Cuando se hacen estas denuncias públicas y las autoridades de todo signo, y los periodistas de todos los medios, incluidos los que sacan pecho (Jiménez Losantos, etc) no investigan o no quieren saber nada del tema, respectivamente, es que ese Estado está podrido hasta el tuétano, y quienes tendrían que velar y garantizar la legalidad en realidad se dedican a perpetuar la corrupción.
https://www.youtube.com/watch?v=R7sJIlK9Y0E
Luego si existieran los milagros y pudiera venir Franco otra vez para acabar con este estado de cosas, dentro de 70 años dirían que Franco vino a acabar con la «legalidad instituida» como respecto del 36 hablan hipócritamente de «la legalidad republicana». La pregunta es: esto que se denuncia en la ONU, porque aquí en España todo el mundo mira para otro lado, ¿esto es la «legalidad instituida? pues menuda «legalidad» es esa.