Ideología y pena de muerte
Por su gran interés, transcribimos parte de un magnífico artículo de Manuel Antonio Orodea publicado en el número 214 de la revista Razón Española (fundacionbalmes@yahoo.es / 914571875). No dude en adquirirla.
1.- (…) Numerosos temas y asuntos, los más importantes de la existencia, están férreamente sujetos a la interpretación «políticamente correcta», todos sabemos lo que debemos opinar al respecto si deseamos la plena aceptación social. Uno de esos temas es la pena de muerte.
2.- Siendo de comprensión inmediata que quien actúa dañando al prójimo o a la sociedad debe ser castigado, pues queda en la situación del que ha de satisfacer una deuda contraída, constituyendo el castigo esa satisfacción, una finalidad retributiva se ha considerado como primaria en las penas jurídicas. Lo cual no excluye que estén encaminadas también a otros fines, ya sean ejemplarizantes, preventivos, protectores de la sociedad, y, en última instancia, siempre deseables, no siempre posibles y nunca imprescindibles, unos fines rehabilitadores. Hoy observamos que esto ha sido subvertido (…) la rehabilitación del reo con vistas a su posterior reinserción social se impone sobre cualquier otro fin. (…) La vigencia de Rousseau es palmaria (…) el hombre nace bueno y la sociedad lo corrompe (…) transferir a la sociedad la culpa del mal que un hombre pueda cometer supone la abolición de la responsabilidad personal, la desaparición de la conducta moral y, por ello, establecerse en el más puro nihilismo. (…) aquí en España muchas veces da la impresión de que desde las instancias judiciales se prodigan al delincuente las más exquisitas garantías procesales en tanto que la víctima queda relegada a un segundo plano. Ello es especialmente sangrante en lo que concierne al terrorismo (…) La corrección política «buenista» pasa por alto que la legítima defensa de la vida, connatural en el hombre, que puede conllevar pérdida de la del agresor, es trasladable del ámbito individual a la sociedad y que ésta tiene el deber de defenderse, incluso imponiendo la pena de muerte, de sus enemigos.
3.- (…) hubo un tiempo en que la pena de muerte poseía, en cierto sentido, una función rehabilitadora. Cuando la religión impregnaba la sociedad y la inmortalidad del alma humana era generalmente asumida (…) Aquella vida podía y debía entregarse en defensa del prójimo, de la comunidad o de la propia fe, también era un deber entregarla en pago máximo por crímenes de máxima gravedad. En nuestras sociedades profundamente secularizadas la incapacidad de concebir otra vida que la corpórea ha llevado a su absolutización como bien, y a la correspondiente como mal de la muerte y la imposición legal de esta última no puede entenderse más que como un atentado frontal a la dignidad humana. (…) La pena de muerte, (…), no puede causar la pérdida de la dignidad radical del hombre, porque ésta es inatacable, así como tampoco la de la dignidad moral, siendo antes al contrario: la previa pérdida de ésta puede conducir en casos extremos a aquélla.
4.- Quien aparentemente, (…), no repara en esta distinción (…) entre el bien que uno es y el bien que no hace, es el Papa Francisco, (…) Opuesto a la pena de muerte, que quiere abolir del catecismo, uno de los dos argumentos fundamentales (…) en que sustenta su rechazo es el de que lesiona la dignidad humana (…) el Sumo Pontífice sucumbe a esa comentada concepción errónea de la dignidad, propia de la ideología dominante (…) En cuanto al otro argumento (…) apela a que «la pena de muerte es contraria al Evangelio» (…) salvo un forzadísimo retorcimiento hermenéutico, tanto de los Evangelios como del resto del Nuevo Testamento no es factible extraer repudio alguno de la pena de muerte sino que, antes al contrario, puede señalarse algún pasaje donde queda patente su admisión (…) Son los números 2267 y 469, referidos en concreto a la pena de muerte, correspondientes respectivamente a los susodichos catecismo y compendio los que S.S. Francisco ha decidido corregir. Rectificación que (…) no va a suponer una diferencia de grado en la doctrina católica sino substancial, ya que lo antes, aún con timorata redacción, afirmado será ahora negado. La penetración de lo políticamente correcto en la Iglesia parece ir disolviendo su médula más puramente religiosa y el pensamiento católico corre peligro de transformarse en un humanismo, es decir, en una visión que ponga al hombre en el centro del universo.

5.- Que es el objetivo de la ideología dominante: hacer del hombre un dios, el dueño de la vida y de la muerte. DE tal modo, entre los triunfos del humanismo se encuentran la eutanasia y el aborto (…) Presentados bajo especie de «derecho», el primero, (…) persigue la asunción por el hombre de que no toda vida es digna de ser vivida. (…) Por su lado, el aborto también constituye un derecho del mismo jaez: el que tiene la mujer a decidir sobre su cuerpo. Para el feminismo, la criatura no alumbrada es un «trozo» de la madre, del que puede disponer a su gusto. (…) Con estos dos supuestos derechos se restablecen los sacrificios humanos, ofrecidos en esta ocasión a los ídolos del hedonismo, utilitarismo y economicismo (…) En pleno descoyuntamiento moral, razones «humanitarias» prohíben un acto de justicia con garantías procesales como es la pena de muerte que se aplica a un culpable y razones «humanitarias» invitan al suicidio de los viejos y enfermos y arrebatan la vida sin apelación posible de los seres humanos más indefensos e inocentes, de aquellos que nunca verán la luz.
Para Razón Española (fundacionbalmes@yahoo.es / 914571875)
