Inicua ejecutoria episcopal

Tratando de evitar el veto municipal a un acto religioso en la vía pública como ha ocurrido en mi parroquia castrense, desde octubre de 2017 he dirigido numerosas misivas a los obispos españoles exhortándoles a cumplir la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, que establece que la celebración de dichos actos deberá ser comunicada por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente, es decir, a “las respectivas delegaciones y subdelegaciones del Gobierno”, en lugar de “solicitar autorización a los ayuntamientos”.

Las escasas respuestas recibidas se cifran en un conjunto de evasivas, falacias, desatinos y circunloquios, tan ajenos a mis planteamientos como huérfanos de solución o conclusión ni esperanza de alcanzarla, al tiempo que propiciatorios de nuevos vetos municipales de actos religiosos en la vía pública que mi labor desde hace casi tres años trata de evitar.

Da prueba de ello el Cardenal Blázquez manifestando que “cada Diócesis juzga como debe actuar y no hemos visto los obispos que debamos tratar conjuntamente la cuestión”, lo que revela una agilidad administrativa digna de encomio ya que en las 22 horas transcurridas desde mi mensaje hasta su respuesta, se ha convocado el pleno de la Conferencia Episcopal Española, se ha reunido, ha debatido el asunto y adoptado una decisión, y el Arzobispo de Sevilla, Asenjo Pelegrina que no alude haber sido consultado al respecto, afirmando igualmente que “cada obispo es soberano en su diócesis”, increíbles respuestas que reconocen a cada obispo el derecho de acatar o vulnerar la ley.

El Cardenal Rouco y el padre Lozano Pérez, miembro y Secretario respectivamente de la Junta de Asuntos Jurídicos de la Conferencia Episcopal Española, suspendieron unilateralmente su relación conmigo a los 3 meses de haberla iniciado, al haberles solicitado pruebas documentales sobre el dictamen de dicha Junta relativo al caso, obteniendo la respuesta del Cardenal Rouco de que dicha Junta “coincidía con mi opinión”, sin responder a mi solicitud de “tramitar los actos religiosos en la vía pública” de acuerdo con lo establecido en la Orgánica 9/1983.

Monseñor Sanz Montes, Arzobispo de Oviedo, a través de su secretario D. Manuel Alonso Martin me ha comunicado que siempre habían “solicitado autorización al ayuntamiento para la celebración de actos religiosos en la vía pública” y que, como no habían tenido nunca ningún problema, se disponían a continuar en la misma línea.

El mismo prelado ha denunciado públicamente una campaña de acoso y derribo por parte de miembros de determinada fuerza política que califica de “terroristas de la censura y extorsión”, por impedirle celebrar un oficio religioso en la Santa Cueva, recabando el correspondiente asesoramiento jurídico a fin de “adoptar las medidas para las cuales le habilite el Código de Derecho Canónico”, sin que le haya asaltado ninguna inquietud para solicitar asesoramiento jurídico sobre el cumplimiento de la Ley Orgánica 9/1983.

El Canciller Secretario del Arzobispo de Santiago de Compostela, D. Elisardo Temperán Villaverde, me comunicó de parte del prelado que no respondía a mi requerimiento de tramitar legalmente los actos religiosos en la vía pública porque ya se me había respondido con el silencio del resto de la prelatura.

Después de asegurarme su intervención hace meses para solucionar el problema, Monseñor Pérez González, Arzobispo de Pamplona, me ha respondido que “en su diócesis tiene cuestiones más importantes que resolver”, e igualmente Monseñor Escribano Subías, Obispo de Calahorra y la Calzada-Logroño de cuya respuesta continúo todavía a la espera, en tanto que el Cardenal Osoro, Arzobispo de Madrid, viene aplicando el silencio desde hace 2 años a mis reiteradas solicitudes de entrevista al efecto después de concedérmela personalmente y mi obispo, Monseñor del Río Martín, Arzobispo Castrense, se niega a recibirme para hablar del asunto.

Abyecto proceder episcopal que incita más a la contienda que a la concordia rechazando inteligentes complicidades y sensatas adhesiones en general y cristianas en particular, ahorrando enemigos a la Iglesia y a los católicos impulsándonos a una firme respuesta que impida la continuación de estas infames actuaciones.


3 respuestas a «Inicua ejecutoria episcopal»

  1. Con todo respeto, pero usted es un simple fiel, que no actúa ni como apoderado ni como mero mandatario de la Iglesia Católica, por lo que sus escritos son, francamente absurdos.
    En otras palabras, carece de legitimidad para iniciar acción alguna.
    Buenas noches.

    1. Un simple fiel, cualquier fiel, tiene el derecho y el deber de denunciar los abusos del poder civil y los del religioso. También, en este último caso, principalmente sus errores y faltas.
      Por supuesto que sí.
      La Papolatría, el seguidismo y la obediencia indebida llevan más almas al caldero de Pedro Botero que las artimañas del Maligno.
      Por supuesto que quien inquiere y, ante la falta de respuesta, acusa, debe fundamentar sus accioens. Pero lo mismo ocurre con las omisiones culpables y con el ampararse en «el de arriba» para hacer el mal o dejar de hacer el bien.
      Faltaría más.

      ¡Te estás ganando el Cielo!, amigo Efrén.
      ¡Enhorabuena!

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