La guerra nacional española ante la Moral y el Derecho (3/4)
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II
El acatamiento a los poderes constituidos. Actitud y doctrina de la Iglesia
«La Iglesia, custodio de la más cierta y alta noción de la soberanía política, puesto que la hace derivar de Dios, origen y fundamento de toda autoridad, jamás deja de inculcar el acatamiento y obediencia debidos al poder constituido, aun en los días en que sus depositarios y representantes abusen del mismo en contra de ella… Con aquella lealtad, pues, que corresponde a un cristiano, los católicos españoles acatarán el poder civil en la forma con que de hecho exista, y, dentro de la legalidad constituida, practicarán todos los derechos y deberes de buen ciudadano». (Declaración colectiva del Episcopado Español, 20 de diciembre de 1931.)
Para no alargarme en citas de muchas Encíclicas y documentos pontificios, pongo aquí estas líneas del Episcopado Español que perfectamente sintetizan la doctrina de la Iglesia en cuestión tan importante. Con la mente y el corazón sostenemos esta doctrina —como cualquiera otra que proceda de esta fuente de verdad indefectible—, y vamos a demostrar que en manera alguna se opone a lo que dejamos consignado en este escrito ni es una condenación implícita de nuestro movimiento nacional, como alguno creer pudiera. Para ello estableceremos una serie de proposiciones, que contengan la doctrina de la Iglesia en este particular, según la mente de Santo Tomás y de los teólogos más conspicuos, aunque evitando citas, en gracia a la brevedad. Estas proposiciones nos manifestarán la razón de ser de este acatamiento y a qué nos obliga. Otra serie de proposiciones nos mostrará después en qué nos deja libertad para obrar.
1.ª LA IGLESIA Y LOS CRISTIANOS, EN CUANTO TALES, NO HAN DE DEFENDERSE POR LA FUERZA DE LAS ARMAS
Esta es la conducta que ha seguido siempre la Iglesia Católica, fiel a las enseñanzas y a los ejemplos de su Divino Fundador. Había dicho Cristo: «Mi reino no es de este mundo. Si de este mundo fuese mi reino, mis ministros, ciertamente, pelearían para que no fuere entregado a los judíos; pero ahora mi reino no es de aquí». (Joan., 18, 36.) Por eso mandó a Pedro volver su espada a la vaina cuando trató de defenderle (Joan., 18, 11), y, como manso cordero, se dejó conducir hasta la cruz. Y a sus discípulos los envía «como ovejas en medio de lobos», (Mat., 10, 16) y solamente les recomienda: «Si os persiguen en una ciudad, huid a otra» (ib., 23). Mas nunca les advierte que sean tigres para los lobos, o se defiendan cuando los maltraten y calumnien, sino más bien les aconseja «no resistir al mal; antes bien, si alguno te hiere en la mejilla derecha, preséntale la otra». (Mat., 5, 39.) Esta conducta ha seguido siempre la Iglesia ante la furia de los tiranos y perseguidores, como se ve claramente desde los primeros siglos del cristianismo, y de este modo asegura su triunfo contra todos los poderes de este mundo por virtud de la palabra divina y la promesa de su perpetuidad.
2.ª LA IGLESIA NO SE METE A DECLARAR LA LEGITIMIDAD O ILEGITIMIDAD DE UN PODER CONSTITUÍDO Y, POR TANTO, SU ACTITUD NO PUEDE SER OTRA QUE LA DE ACATAMIENTO Y OBEDIENCIA AL PODER, COMO QUIERA QUE SEA
No se mete la Iglesia a declarar la legitimidad o ilegitimidad de ningún poder, no porque no tenga autoridad para ello, como advierte el insigne Vitoria, sino por evitar males mayores, que se seguirían de que tratase de intervenir en cuestiones políticas, que tanto apasionan a los hombres. Así obra prudentísimamente, dejando que se resuelvan humanamente las cuestiones que son meramente humanas, manteniéndose a la altura de su misión divina, por encima de todos los Estados, de todos los poderes y de todas las formas que puedan adoptar en el transcurso de los tiempos. En virtud de esto, la actitud de la Iglesia ante cualquier poder constituido no puede ser otra que la de acatamiento y obediencia, como si en verdad fuera legítimo, aunque en realidad no lo sea, puesto que ella no se entromete a dirimir la cuestión. Así obró Cristo también ante sus jueces, y mandó dar al César lo que es del César, sin fallar la cuestión que los judíos le proponían sobre la legitimidad del tributo al Emperador romano. Y en toda la Historia de la Iglesia aparece claro este proceder, no queriendo fallar en cuestiones humanas y dejando a los hombres que por sí mismos resuelvan los asuntos políticos de Gobierno y de Estado.
3.ª LOS PODERES POLÍTICOS, AUNQUE HAYAN USURPADO EL PODER INJUSTAMENTE, DEBEN SER OBEDECIDOS EN TODO LO QUE MANDEN JUSTAMENTE, MIENTRAS DE HECHO TENGAN ELLOS EL MANDO
A primera vista pudiera parecer extraña esta afirmación y, sin embargo, nada más cierto en la doctrina católica. El poder ilegítimo, el que injustamente ha usurpado la autoridad, ningún derecho tiene a ser obedecido, pues no se puede concebir que un hecho intrínsecamente injusto sea fuente y principio de derechos. Por este lado, el poder ilegítimamente constituido, ni merece acatamiento ni obediencia. Pero la sociedad civil no puede en manera alguna subsistir sin un órgano de la autoridad que la gobierne, la unifique y la dirija a sus fines. De donde proviene, como postulado de la existencia de la sociedad misma, como exigencia del bien común, para evitar la anarquía y la disgregación social, ser preciso el acatamiento de la autoridad existente, como quiera que sea, mientras ese órgano de la autoridad no sea debidamente sustituido por el órgano que legítimamente pueda desempeñar esa función divina. Y, con el acatamiento a todo el que la desempeña, ha de ir la obediencia a las leyes o disposiciones que sean intrínsecamente justas—aunque injustas por razón de su origen—, porque ese es otro postulado del bien común, y la sociedad misma, orgánicamente considerada—no por la sanción implícita de la multitud, que carece de toda autoridad en cuanto tal—, suple ese defecto de origen y confiere a la ley un verdadero valor obligatorio. En la concepción orgánica de la sociedad, con la función propia de la autoridad en su órgano correspondiente, esta tesis, admitida por los teólogos católicos, tiene perfecta explicación, porque la autoridad, que proviene de Dios, se comunica orgánicamente a la sociedad misma con su órgano respectivo y, de este modo, aunque el órgano sea defectuoso por razón del origen, la sociedad misma de un modo vital suple ese defecto ejercitando esa función en la forma que puede y por el órgano que tiene de hecho. En los otros sistemas del origen de la autoridad, no vemos explicación posible de esta tesis; porque no hemos de pensar que Dios confiera inmediatamente la autoridad a quien injustamente se ha posesionado de ella—en cuyo caso quedaría legitimado todo poder por el hecho de haberlo arrebatado, aunque fuera injustamente—; ni tampoco se puede admitir que el pueblo—según los partidarios de la transmisión de poderes—haya
transmitido la autoridad a un poder ilegítimo que él no ha aceptado ni aún virtualmente, porque de haberlo aceptado, ya quedaría con eso legitimado. Mas, como quiera que sea, la tesis propuesta, que en el sistema tomista se puede demostrar con todo el rigor filosófico, es igualmente admitida por los seguidores de otros sistemas, aunque acaso con menos vigor de raciocinio.
4.ª AUN LAS LEYES INJUSTAS DEBEN SER OBEDECIDAS, CON TAL QUE NO MANDEN ALGUNA COSA ILÍCITA, SI DE NO OBEDECERLAS SE SEGUIRÍAN MALES MAYORES PARA LA SOCIEDAD O PARA EL INDIVIDUO
Esta conclusión será fácil probarla después de lo dicho anteriormente. El criterio supremo que ha de regular la actuación de cualquier miembro de la sociedad en sus funciones sociales, dentro de lo lícito, ha de ser el bien común. Por lo tanto, si de la desobediencia a la ley injusta se han de seguir a la sociedad males mayores que los que su obediencia lleva consigo, es preciso obedecer, sacrificando nuestro propio interés en aras del bien común, que todos estamos obligados a procurar. Y esto no es porque la ley injusta contenga en sí valor obligatorio de ningún género, sino por la obligación de procurar el bien común, que atañe a todos los miembros de la sociedad, lo cual lleva consigo la obligación de evitar a la sociedad cualquier mal que de nuestra actuación se le pudiera seguir.
5.ª LA DEFENSA DE LA PATRIA POR MEDIO DE LAS ARMAS CONTRA EL TIRANO, BIEN SEA TIRANO POR SU ORIGEN O BIEN POR EL MODO DE GOBERNAR, NO ES LÍCITA, MIENTRAS HAYA ESPERANZA FUNDADA DE PODER DEFENDERLA POR MEDIOS PACÍFICOS Y LEGALES, A NO SER QUE HUBIERA PELIGRO EN LA DEMORA
También esta proposición se prueba con facilidad por lo anteriormente expuesto. La guerra es un mal formidable y fuente de males irreparables, mucho más cuando se trata de una guerra intestina entre los miembros de una misma nación. Basta abrir los ojos para ver lo que ocurre en nuestra amada Patria y cerciorarnos de esta verdad. En consecuencia de esto, si se pueden evitar a la Patria tantos males, defendiéndola de la tiranía por otros medios menos violentos, será preciso intentar estos medios antes de recurrir a las armas. El bien común ha de ser siempre la norma suprema de nuestra conducta social, y ese bien común exige que se procure el bien de la Patria, evitándole todo mal en cuanto sea posible. De este modo, si hay esperanza fundada de arrojar al tirano del poder mediante unas elecciones, o hacerle que desista de su tiranía por la oposición política a sus tiránicos intentos, de ningún modo será lícito el recurso de la fuerza armada. Mas hemos añadido «a no ser que haya peligro en la demora», porque puede ser tal la tiranía, que toda espera sea peligrosa, ya que el tirano la aprovechará para aumentar su fuerza y debilitar a los que aún pretenden defender a la Patria; y en ese caso urge que se adopte cualquier medio conducente a la liberación de la misma, antes de que el mal ya no tenga remedio.
6.ª TAMPOCO ES LÍCITA LA DEFENSA ARMADA CONTRA EL TIRANO CUANDO LA TIRANÍA NO SEA MUY VIOLENTA Y LOS MALES QUE DE ELLA PROVIENEN SON MENORES QUE LOS QUE SE CALCULA HAN DE PROVENIR DE LA DEFENSA ARMADA
El inmortal Vitoria establece este principio para toda guerra, y Santo Tomás lo propone para el caso de la tiranía. La razón de esto es evidente. Entre dos males que no se pueden evitar, la prudencia manda que se elija el mal menor para evitar el mayor, como los moralistas declaran. Sólo tenemos que advertir que no se han de calcular los males en un orden meramente material, porque hay males de orden espiritual que superan incomparablemente a todos los males materiales imaginables, lo mismo que los bienes a que se oponen. Estos bienes espirituales pueden ser no sólo de un orden divino, como la religión o la virtud, sino de un orden meramente humano, como la Patria, la familia, la civilización, el honor y otros varios que se pudieran enumerar. Por defender y conservar tales bienes, de valor inmarcesible, con razón se pueden sacrificar cualesquier intereses de orden material, afrontando generosamente todos los males y todos los peligros de inferior categoría. Los bienes imponderables son los que más pesan en la balanza del hombre civilizado. Sólo el burdo y degradante materialismo puede desconocer su cuantía y valor inestimable.
En estas seis proposiciones creemos dejar resumido todo cuanto la Iglesia nos prescribe en su disposición de acatamiento y obediencia a los poderes constituídos, según la interpretación de sus mejores teólogos. Vamos ahora a establecer otra serie de proposiciones, negativas por decirlo así, esto es, manifestativas de lo que no se opone a la doctrina del acatamiento contenida en las proposiciones precedentes, aunque pudiera haber alguna apariencia de oposición.
1.ª AUNQUE LA IGLESIA Y LOS CRISTIANOS EN CUANTO TALES, NO SE DEFIENDAN POR LAS ARMAS, BIEN PUEDEN LOS PUEBLOS CRISTIANOS DEFENDER A LA IGLESIA CUANDO LA VEN INJUSTAMENTE OPRIMIDA, BIEN SEA EN SÍ MISMA O BIEN EN UN PAÍS DETERMINADO, COMO PUEDEN TAMBIÉN DEFENDER CUALQUIER OTRA CAUSA JUSTA, EN CUANTO HOMBRES Y EN CUANTO CIUDADANOS
De todo ello tenemos hechos históricos en abundancia, de los cuales se pudiera hacer una larga disertación. La misma Iglesia, en ocasiones, exhortaba a los príncipes cristianos para venir en su defensa. Recordemos solamente a S. Pío V en la batalla de Lepanto. Y Pío IX ha condenado la doctrina de la no intervención, inventada precisamente por los enemigos de la Iglesia para impedir que los pueblos cristianos acudiesen en su defensa cuando injustamente se vió despojada y oprimida. Ese mismo principio de no intervención invocan hoy con la mayor falsía los enemigos de la causa nacional española, que son los mismos enmascarados enemigos de la religión y de la Iglesia. Y si una nación extraña puede intervenir para defender la causa de los cristianos en otra nación distinta, como sostiene el inmortal Vitoria y en otro lugar dejamos consignado, con mayor motivo podrá defenderse la propia nación contra los enemigos internos o externos que traten de arrancarle su propia religión o le impidan el libre ejercicio de ella. La religión cristiana es el bien más grande que posee la humanidad, pues nos asegura los bienes eternos, y el libre ejercicio de ella es un derecho divino y humano al mismo tiempo. Y si es lícita una guerra para defender intereses materiales o un derecho temporal conculcado, con más razón lo será para defender los bienes eternos y los derechos que tienen su raigambre en lo divino. Y no se diga que ningún poder humano puede arrancarnos la religión del santuario de la conciencia, ni puede, por tanto, privarnos de esos bienes eternos a que aspiramos; antes bien, dejándonos morir a manos del tirano, los conseguimos más pronto y en mayor abundancia. Esto sólo tiene aplicación a los cristianos en cuanto tales y considerados individualmente, mas no puede aplicarse a una sociedad, que será bien pronto descristianizada si se persigue a la religión y se prohíbe su enseñanza, se asesina a sus ministros y se destruyen sus templos. Si el cristianismo triunfó de la tiranía pagana con la sangre de sus mártires, fué un milagro estupendo de la omnipotencia divina, necesario al principio de la Iglesia y que se podrá repetir siempre que sea preciso; mas nunca hemos de dejar de poner los medios que están a nuestro alcance, esperando el milagro, que Dios podrá hacer o no hacer según los designios de su sabiduría infinita, porque eso sería tentar a Dios. Aquí no se trata de defender la religión individualmente, sino social y colectivamente, y esto es no sólo un derecho, sino un deber sagrado, lo mismo contra los enemigos exteriores que contra los enemigos interiores, aunque estén constituidos en poder.
2.ª LA IGLESIA NO INTENTA DECLARAR LEGÍTIMO AL PODER CONSTITUÍDO SÓLO POR EL HECHO DE ESTAR EN POSESIÓN DE LA AUTORIDAD Y, CONSIGUIENTEMENTE, PERMANECERÁ LEGÍTIMO EL QUE INJUSTAMENTE LO HAYA USURPADO, Y EL ACATAMIENTO Y OBEDIENCIA QUE DE HECHO SE LE RINDAN SERÁN SÓLO EN FUNCIÓN DEL BIEN COMÚN
Sería un absurdo tan grande pensar que la Iglesia pretendía declarar legítimo a todo poder constituido, aunque injustamente hubiera usurpado la autoridad, que no se podría sostener tal posición sin hacer una injuria gravísima a la Iglesia. Eso equivaldría a tener a la Iglesia por patrocinadora de injusticias y sostenedora de la licitud de todos los hechos consumados. De donde se sigue que tampoco la Iglesia puede reconocer ningún derecho real al poder injustamente constituido, aun cuando prescriba su acatamiento, porque no se concibe que de un hecho esencialmente injusto provengan derechos para quien lo ha perpetrado. Y más claramente se verá esto si llevamos la cuestión al caso práctico. En España tenemos dos poderes constituidos, que luchan entre sí por la posesión de la porción de territorio que no les está sometido. Si todo poder constituido fuera justo, ambos Gobiernos serían igualmente legítimos y la guerra sería justa por ambas partes, lo que es absolutamente inconcebible. Luego el hecho de estar en posesión del poder, en manera alguna puede producir su legitimidad. Y si alguno quisiera llevar hasta el extremo la doctrina del acatamiento, tendría que aplicarla aquí por igual a ambos Gobiernos, pues uno y otro están legalmente constituidos; y así, los que están bajo el Gobierno Nacional, por acatamiento y obediencia a él, tendrían obligación de ir a la guerra contra los del bando contrario; y los que están en el territorio dominado por el Frente Popular, tendrían la misma obligación de combatir contra nosotros por acatamiento y obediencia a su Gobierno. Tan ridícula es esta posición que no merece más comentarios. No. Lo que la Iglesia prescribe acerca del acatamiento al Poder constituido, de ningún modo puede ser un reconocimiento de su legitimidad; y prueba de ello es que la Iglesia jamás prohíbe los partidos políticos contrarios al régimen existente. El acatamiento y obediencia al poder constituido se deben solamente considerar en función del bien común, pues el poder ilegítimo en su origen, ilegítimo permanece mientras la nación no lo reconozca expresa o tácitamente, y ningún derecho tiene a ser obedecido y acatado, como se ha visto en las proposiciones de la serie anterior. Ese es el verdadero sentido de la doctrina de la Iglesia, puesto que ella no manda cosas ridículas y absurdas. Cuando el acatamiento y obediencia al poder ilegítimamente constituido sean atentatorias al bien común, ya no pueden subsistir, ni lícitamente se pueden practicar ese acatamiento y obediencia, como sucede en España con el Gobierno del Frente Popular.
3.ª LA IGLESIA, AL PRESCRIBIR EL ACATAMIENTO AL PODER CONSTITUÍDO, NO INTENTA DEROGAR NINGÚN DERECHO DE LOS CIUDADANOS, Y MUCHO MENOS CUANDO ESOS DERECHOS CONSTITUYEN AL MISMO TIEMPO UN DEBER
Es tan evidente esta proposición que apenas necesita demostración alguna. Todo derecho legítimo, ya se considere al hombre en cuanto hombre o en cuanto miembro de la sociedad, proviene, al menos remotamente, de la ley natural, que Dios ha impreso en la entraña misma de la humana naturaleza. Es imposible que Dios, por una ley positiva, venga a derogar lo que por ley natural ha establecido, porque sería contradecirse a sí mismo. Y si no deroga la ley natural, tampoco deroga ninguno de los derechos que de ella se derivan mediata o inmediatamente. Aun el consejo evangélico que se da a los cristianos de volver la otra mejilla, etcétera, no es una derogación del derecho de legítima defensa, pues, como enseña Santo Tomás, aparte de ser un consejo y no un precepto, ni aun como consejo obliga sino in praeparatione animi, conviene a saber, que el espíritu ha de estar dispuesto a practicarlo cuando de ello se haya de seguir algún mayor bien espiritual, porque en ese caso la misma razón nos dicta que hemos de sacrificar los bienes materiales por los bienes espirituales; mas de ningún modo se ha de poner por obra tal consejo cuando de ello se hubieran de seguir males aun en el orden espiritual. Pues si Dios mismo por su ley positiva, absurdo sería decir que la Iglesia, representante de Dios en la tierra en el orden sobrenatural, que deriva sus leyes de la misma ley divina, bien sea natural o bien positiva, pueda intentar siquiera la abolición de ningún derecho humano o social del hombre. Tal suposición sería hacer una injuria gravísima a la Iglesia, lo mismo que en el caso precedente. Y como quiera que algunos derechos son deberes al mismo tiempo y todo deber de alguna manera proviene de Dios, el pensar siquiera que la Iglesia pueda oponerse al más insignificante de nuestros deberes, sería como una blasfemia, pues equivaldría a declararla traidora a la misión que Dios le ha confiado sobre la tierra.
4.ª LA DEFENSA ARMADA CONTRA EL TIRANO, BIEN SEA TIRANO POR LA USURPACIÓN O BIEN POR EL RÉGIMEN, NO SE OPONE A LA DOCTRINA DEL ACATAMIENTO, CUMPLIÉNDOSE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LAS PROPOSICIONES DE LA PRIMERA SERIE
De dos premisas ya establecidas anteriormente, se desprenden de esta conclusión. Es la primera lo que se ha dicho del derecho que la nación tiene a defenderse contra el tirano que injustamente ha usurpado su autoridad, o despóticamente la gobierna conduciéndola a la ruina. Derecho que, en ciertas ocasiones, pasa a ser deber sacratísimo, como sucede siempre que se trata de la independencia de la Patria, o de la conservación de sus más caras instituciones, cuales son la religión, la familia, la propiedad. Un derecho semejante es de tal naturaleza que nadie puede renunciar a él, como se puede renunciar a ciertos derechos particulares. Y la otra premisa se halla contenida en la proposición anterior, pues bien probado queda que la Iglesia no deroga ningún legítimo derecho de los ciudadanos. Mas puede pensar alguno: Si de este modo es lícita la defensa armada contra el tirano, ¿a qué queda reducido ese acatamiento que se nos inculca? ¿No es esto la negación más flagrante de todo acatamiento y de toda obediencia? De ninguna manera. En el momento que la nación, después de cumplir las condiciones debidas, comprende llegado el momento de tomar las armas contra el tirano y a ello se decide, constituyendo un nuevo poder que la defienda de la tiranía y la salve en el peligro, bien podemos afirmar que ya el anterior no es poder constituido, aunque todavía domine por la fuerza alguna parte de la nación, porque la nación, virtualmente ya le ha desposeído y se encuentra en el mismo caso que en el acto de usurpar el poder cuando no se halla todavía en plena posesión del mismo. La resistencia, en este último caso, a nadie se le ocurre decir que sea ilícita, porque el poder no está aún constituido; y en el otro caso, esto es, cuando la nación ha empezado ya a desposeerle, por lo menos con la decisión de arrojarle de sí como tiránico e injusto, ya no se halla tampoco en plena posesión del mismo y cesa toda obligación de acatamiento. No se olvide que esta obligación nace, no del derecho que el poder ilegítimo tenga a ser obedecido y acatado, sino de que así lo reclama el bien común. Y en el momento que la nación, cumplidas todas las condiciones, se decide a arrojar al tirano aun por la fuerza, ya el mismo bien común impone como obligación el que se le niegue todo apoyo, toda obediencia y todo acatamiento, porque él en cuanto tal ningún derecho tenía. Queda, pues, demostrado que la defensa armada contra el tirano, en las debidas condiciones, en nada se opone al acatamiento que la Iglesia prescribe. La Iglesia Católica no es alcahuete de tiranos ni fautora de injusticias, aunque siempre reverente con quien desempeña la función divina del poder.
5.ª EL PUEBLO ESPAÑOL HA CUMPLIENDO FIELMENTE LA DOCTRINA DEL ACATAMIENTO Y OBEDIENCIA, COMO CUMPLE AHORA SU DEBER EN LA DEFENSA DE LA RELIGIÓN Y DE LA PATRIA, HABIENDO OBSERVADO TODAS LAS CONDICIONES QUE SE REQUIEREN PARA LA LICITUD DEL LEVANTAMIENTO
Desde el advenimiento de la República, el pueblo español que padecía la más horrible de las tiranías por parte de un Gobierno usurpador y despótico, viendo conculcados sus derechos más legítimos, debeladas sus instituciones más santas, escarnecidos sus sentimientos más profundos, aguantó y sufrió con la mansedumbre de un cordero, cual conviene a un pueblo sinceramente cristiano. He ahí el verdadero acatamiento al poder constituido. Y le acató obedeciendo a todas las leyes justas que de él emanaban; y le acató y obedeció en muchas leyes injustísimas y vejatorias, como la referente a las Congregaciones religiosas, por evitar males mayores y no incurrir en la nota de rebeldía; y aún cooperó con el Gobierno tiránico e ilegítimo, para atenuar la tiranía y no verse en la precisión de dar una violenta sacudida. A este fin, el pueblo español intentó todos los medios pacíficos y legales, intensificando la propaganda siempre que le fué permitido —pues en muchas ocasiones era atropellado este derecho—, y aun exponiéndose a la muerte algunos de sus campeones; acudiendo a las urnas electorales, aunque sabía que el sufragio era vilmente pervertido por la astucia o la violencia; oponiéndose valientemente en las Cámaras legislativas a las leyes injustas de la tiranía imperante, aunque sus reclamaciones y argumentos contundentes en pro del derecho y de la justicia eran totalmente desatendidos; reclamando, en fin, el poder que por derecho consuetudinario del régimen constitucional y parlamentario le pertenecía. Y esta actitud mantuvo el pueblo español durante cinco largos años, sufriendo y sufriendo, mientras algún rayo de luz pudiera traerle una tenue esperanza de triunfo por medios pacíficos y legales. Mas llegó el momento en que el mansísimo cordero cristiano tenía que ceder su puesto al clásico león español, si no queríamos ver a la madre Patria perecer entre las garras del oso soviético. Las fuerzas marxistas se armaban y preparaban para la lucha, amparadas por el Gobierno masónico del Frente Popular. Para un día muy próximo estaba determinada la revolución comunista con todos sus horrores. Un momento más y ya la salvación de España sería imposible. Pero «lo cortés no quita lo valiente», como dice nuestro refrán castellano. Y el pueblo español que dio clarísimo ejemplo de acatamiento y obediencia al poder constituido durante esos cinco penosísimos años, se apresta a la defensa armada cuando ya con las armas se le combate y no es posible otro medio de defensa.
Mas todavía nos falta por examinar la última de las condiciones que se requieren para la licitud de esta guerra. Los males enormes que ella trae consigo ¿pueden ser compensados por los bienes que fundadamente esperamos, nos ha de reportar el triunfo? Indudablemente que sí. Y no sólo compensados, sino que los bienes que esperamos exceden sin comparación a todos los males que nos acarrea la guerra. En el orden material y económico, el Gobierno del Frente Popular conducía la nación a la ruina, y aunque la guerra ocasione cuantiosísimas pérdidas y gastos, hay la esperanza de que un Gobierno moralizador y austero haga prosperar la economía de la nación con un rápido resurgimiento. Mas esto es lo de menos. Los bienes principales que aquí entran en juego son de un orden muy superior. La integridad, libertad e independencia de la Patria, su honor y su civilización, su religión y su moral, sus instituciones, sus artes y sus ciencias tradicionales, son los verdaderos bienes que en esta guerra se defienden y por los cuales es lícito y santo y obligatorio sacrificar vidas y haciendas. ¡Ojalá que este ideal de verdadera grandeza brille siempre ante los ojos de los nuevos gobernantes para que no se malogre el triunfo que amorosamente el Señor nos concede ni se malgasten tamaños sacrificios! Bien persuadidos estamos de que Dios tiene señalados, en su amorosa y misericordiosa providencia, fines gloriosos a la nueva España, como los tuvo la España de nuestros antepasados; mas es preciso hacernos dignos, porque nuestra infidelidad, con una prematura decadencia, acarrearía sobre nosotros más tremendos castigos. Miremos a Dios, manantial inagotable de todo bien, y todo lo demás se nos dará por añadidura.
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II
El acatamiento a los poderes constituidos. Actitud y doctrina de la Iglesia
«La Iglesia, custodio de la más cierta y alta noción de la soberanía política, puesto que la hace derivar de Dios, origen y fundamento de toda autoridad, jamás deja de inculcar el acatamiento y obediencia debidos al poder constituido, aun en los días en que sus depositarios y representantes abusen del mismo en contra de ella… Con aquella lealtad, pues, que corresponde a un cristiano, los católicos españoles acatarán el poder civil en la forma con que de hecho exista, y, dentro de la legalidad constituida, practicarán todos los derechos y deberes de buen ciudadano». (Declaración colectiva del Episcopado Español, 20 de diciembre de 1931.)
Para no alargarme en citas de muchas Encíclicas y documentos pontificios, pongo aquí estas líneas del Episcopado Español que perfectamente sintetizan la doctrina de la Iglesia en cuestión tan importante. Con la mente y el corazón sostenemos esta doctrina —como cualquiera otra que proceda de esta fuente de verdad indefectible—, y vamos a demostrar que en manera alguna se opone a lo que dejamos consignado en este escrito ni es una condenación implícita de nuestro movimiento nacional, como alguno creer pudiera. Para ello estableceremos una serie de proposiciones, que contengan la doctrina de la Iglesia en este particular, según la mente de Santo Tomás y de los teólogos más conspicuos, aunque evitando citas, en gracia a la brevedad. Estas proposiciones nos manifestarán la razón de ser de este acatamiento y a qué nos obliga. Otra serie de proposiciones nos mostrará después en qué nos deja libertad para obrar.
1.ª LA IGLESIA Y LOS CRISTIANOS, EN CUANTO TALES, NO HAN DE DEFENDERSE POR LA FUERZA DE LAS ARMAS
Esta es la conducta que ha seguido siempre la Iglesia Católica, fiel a las enseñanzas y a los ejemplos de su Divino Fundador. Había dicho Cristo: «Mi reino no es de este mundo. Si de este mundo fuese mi reino, mis ministros, ciertamente, pelearían para que no fuere entregado a los judíos; pero ahora mi reino no es de aquí». (Joan., 18, 36.) Por eso mandó a Pedro volver su espada a la vaina cuando trató de defenderle (Joan., 18, 11), y, como manso cordero, se dejó conducir hasta la cruz. Y a sus discípulos los envía «como ovejas en medio de lobos», (Mat., 10, 16) y solamente les recomienda: «Si os persiguen en una ciudad, huid a otra» (ib., 23). Mas nunca les advierte que sean tigres para los lobos, o se defiendan cuando los maltraten y calumnien, sino más bien les aconseja «no resistir al mal; antes bien, si alguno te hiere en la mejilla derecha, preséntale la otra». (Mat., 5, 39.) Esta conducta ha seguido siempre la Iglesia ante la furia de los tiranos y perseguidores, como se ve claramente desde los primeros siglos del cristianismo, y de este modo asegura su triunfo contra todos los poderes de este mundo por virtud de la palabra divina y la promesa de su perpetuidad.
2.ª LA IGLESIA NO SE METE A DECLARAR LA LEGITIMIDAD O ILEGITIMIDAD DE UN PODER CONSTITUÍDO Y, POR TANTO, SU ACTITUD NO PUEDE SER OTRA QUE LA DE ACATAMIENTO Y OBEDIENCIA AL PODER, COMO QUIERA QUE SEA
No se mete la Iglesia a declarar la legitimidad o ilegitimidad de ningún poder, no porque no tenga autoridad para ello, como advierte el insigne Vitoria, sino por evitar males mayores, que se seguirían de que tratase de intervenir en cuestiones políticas, que tanto apasionan a los hombres. Así obra prudentísimamente, dejando que se resuelvan humanamente las cuestiones que son meramente humanas, manteniéndose a la altura de su misión divina, por encima de todos los Estados, de todos los poderes y de todas las formas que puedan adoptar en el transcurso de los tiempos. En virtud de esto, la actitud de la Iglesia ante cualquier poder constituido no puede ser otra que la de acatamiento y obediencia, como si en verdad fuera legítimo, aunque en realidad no lo sea, puesto que ella no se entromete a dirimir la cuestión. Así obró Cristo también ante sus jueces, y mandó dar al César lo que es del César, sin fallar la cuestión que los judíos le proponían sobre la legitimidad del tributo al Emperador romano. Y en toda la Historia de la Iglesia aparece claro este proceder, no queriendo fallar en cuestiones humanas y dejando a los hombres que por sí mismos resuelvan los asuntos políticos de Gobierno y de Estado.
3.ª LOS PODERES POLÍTICOS, AUNQUE HAYAN USURPADO EL PODER INJUSTAMENTE, DEBEN SER OBEDECIDOS EN TODO LO QUE MANDEN JUSTAMENTE, MIENTRAS DE HECHO TENGAN ELLOS EL MANDO
A primera vista pudiera parecer extraña esta afirmación y, sin embargo, nada más cierto en la doctrina católica. El poder ilegítimo, el que injustamente ha usurpado la autoridad, ningún derecho tiene a ser obedecido, pues no se puede concebir que un hecho intrínsecamente injusto sea fuente y principio de derechos. Por este lado, el poder ilegítimamente constituido, ni merece acatamiento ni obediencia. Pero la sociedad civil no puede en manera alguna subsistir sin un órgano de la autoridad que la gobierne, la unifique y la dirija a sus fines. De donde proviene, como postulado de la existencia de la sociedad misma, como exigencia del bien común, para evitar la anarquía y la disgregación social, ser preciso el acatamiento de la autoridad existente, como quiera que sea, mientras ese órgano de la autoridad no sea debidamente sustituido por el órgano que legítimamente pueda desempeñar esa función divina. Y, con el acatamiento a todo el que la desempeña, ha de ir la obediencia a las leyes o disposiciones que sean intrínsecamente justas—aunque injustas por razón de su origen—, porque ese es otro postulado del bien común, y la sociedad misma, orgánicamente considerada—no por la sanción implícita de la multitud, que carece de toda autoridad en cuanto tal—, suple ese defecto de origen y confiere a la ley un verdadero valor obligatorio. En la concepción orgánica de la sociedad, con la función propia de la autoridad en su órgano correspondiente, esta tesis, admitida por los teólogos católicos, tiene perfecta explicación, porque la autoridad, que proviene de Dios, se comunica orgánicamente a la sociedad misma con su órgano respectivo y, de este modo, aunque el órgano sea defectuoso por razón del origen, la sociedad misma de un modo vital suple ese defecto ejercitando esa función en la forma que puede y por el órgano que tiene de hecho. En los otros sistemas del origen de la autoridad, no vemos explicación posible de esta tesis; porque no hemos de pensar que Dios confiera inmediatamente la autoridad a quien injustamente se ha posesionado de ella—en cuyo caso quedaría legitimado todo poder por el hecho de haberlo arrebatado, aunque fuera injustamente—; ni tampoco se puede admitir que el pueblo—según los partidarios de la transmisión de poderes—haya
transmitido la autoridad a un poder ilegítimo que él no ha aceptado ni aún virtualmente, porque de haberlo aceptado, ya quedaría con eso legitimado. Mas, como quiera que sea, la tesis propuesta, que en el sistema tomista se puede demostrar con todo el rigor filosófico, es igualmente admitida por los seguidores de otros sistemas, aunque acaso con menos vigor de raciocinio.
4.ª AUN LAS LEYES INJUSTAS DEBEN SER OBEDECIDAS, CON TAL QUE NO MANDEN ALGUNA COSA ILÍCITA, SI DE NO OBEDECERLAS SE SEGUIRÍAN MALES MAYORES PARA LA SOCIEDAD O PARA EL INDIVIDUO
Esta conclusión será fácil probarla después de lo dicho anteriormente. El criterio supremo que ha de regular la actuación de cualquier miembro de la sociedad en sus funciones sociales, dentro de lo lícito, ha de ser el bien común. Por lo tanto, si de la desobediencia a la ley injusta se han de seguir a la sociedad males mayores que los que su obediencia lleva consigo, es preciso obedecer, sacrificando nuestro propio interés en aras del bien común, que todos estamos obligados a procurar. Y esto no es porque la ley injusta contenga en sí valor obligatorio de ningún género, sino por la obligación de procurar el bien común, que atañe a todos los miembros de la sociedad, lo cual lleva consigo la obligación de evitar a la sociedad cualquier mal que de nuestra actuación se le pudiera seguir.
5.ª LA DEFENSA DE LA PATRIA POR MEDIO DE LAS ARMAS CONTRA EL TIRANO, BIEN SEA TIRANO POR SU ORIGEN O BIEN POR EL MODO DE GOBERNAR, NO ES LÍCITA, MIENTRAS HAYA ESPERANZA FUNDADA DE PODER DEFENDERLA POR MEDIOS PACÍFICOS Y LEGALES, A NO SER QUE HUBIERA PELIGRO EN LA DEMORA
También esta proposición se prueba con facilidad por lo anteriormente expuesto. La guerra es un mal formidable y fuente de males irreparables, mucho más cuando se trata de una guerra intestina entre los miembros de una misma nación. Basta abrir los ojos para ver lo que ocurre en nuestra amada Patria y cerciorarnos de esta verdad. En consecuencia de esto, si se pueden evitar a la Patria tantos males, defendiéndola de la tiranía por otros medios menos violentos, será preciso intentar estos medios antes de recurrir a las armas. El bien común ha de ser siempre la norma suprema de nuestra conducta social, y ese bien común exige que se procure el bien de la Patria, evitándole todo mal en cuanto sea posible. De este modo, si hay esperanza fundada de arrojar al tirano del poder mediante unas elecciones, o hacerle que desista de su tiranía por la oposición política a sus tiránicos intentos, de ningún modo será lícito el recurso de la fuerza armada. Mas hemos añadido «a no ser que haya peligro en la demora», porque puede ser tal la tiranía, que toda espera sea peligrosa, ya que el tirano la aprovechará para aumentar su fuerza y debilitar a los que aún pretenden defender a la Patria; y en ese caso urge que se adopte cualquier medio conducente a la liberación de la misma, antes de que el mal ya no tenga remedio.
6.ª TAMPOCO ES LÍCITA LA DEFENSA ARMADA CONTRA EL TIRANO CUANDO LA TIRANÍA NO SEA MUY VIOLENTA Y LOS MALES QUE DE ELLA PROVIENEN SON MENORES QUE LOS QUE SE CALCULA HAN DE PROVENIR DE LA DEFENSA ARMADA
El inmortal Vitoria establece este principio para toda guerra, y Santo Tomás lo propone para el caso de la tiranía. La razón de esto es evidente. Entre dos males que no se pueden evitar, la prudencia manda que se elija el mal menor para evitar el mayor, como los moralistas declaran. Sólo tenemos que advertir que no se han de calcular los males en un orden meramente material, porque hay males de orden espiritual que superan incomparablemente a todos los males materiales imaginables, lo mismo que los bienes a que se oponen. Estos bienes espirituales pueden ser no sólo de un orden divino, como la religión o la virtud, sino de un orden meramente humano, como la Patria, la familia, la civilización, el honor y otros varios que se pudieran enumerar. Por defender y conservar tales bienes, de valor inmarcesible, con razón se pueden sacrificar cualesquier intereses de orden material, afrontando generosamente todos los males y todos los peligros de inferior categoría. Los bienes imponderables son los que más pesan en la balanza del hombre civilizado. Sólo el burdo y degradante materialismo puede desconocer su cuantía y valor inestimable.
En estas seis proposiciones creemos dejar resumido todo cuanto la Iglesia nos prescribe en su disposición de acatamiento y obediencia a los poderes constituídos, según la interpretación de sus mejores teólogos. Vamos ahora a establecer otra serie de proposiciones, negativas por decirlo así, esto es, manifestativas de lo que no se opone a la doctrina del acatamiento contenida en las proposiciones precedentes, aunque pudiera haber alguna apariencia de oposición.
1.ª AUNQUE LA IGLESIA Y LOS CRISTIANOS EN CUANTO TALES, NO SE DEFIENDAN POR LAS ARMAS, BIEN PUEDEN LOS PUEBLOS CRISTIANOS DEFENDER A LA IGLESIA CUANDO LA VEN INJUSTAMENTE OPRIMIDA, BIEN SEA EN SÍ MISMA O BIEN EN UN PAÍS DETERMINADO, COMO PUEDEN TAMBIÉN DEFENDER CUALQUIER OTRA CAUSA JUSTA, EN CUANTO HOMBRES Y EN CUANTO CIUDADANOS
De todo ello tenemos hechos históricos en abundancia, de los cuales se pudiera hacer una larga disertación. La misma Iglesia, en ocasiones, exhortaba a los príncipes cristianos para venir en su defensa. Recordemos solamente a S. Pío V en la batalla de Lepanto. Y Pío IX ha condenado la doctrina de la no intervención, inventada precisamente por los enemigos de la Iglesia para impedir que los pueblos cristianos acudiesen en su defensa cuando injustamente se vió despojada y oprimida. Ese mismo principio de no intervención invocan hoy con la mayor falsía los enemigos de la causa nacional española, que son los mismos enmascarados enemigos de la religión y de la Iglesia. Y si una nación extraña puede intervenir para defender la causa de los cristianos en otra nación distinta, como sostiene el inmortal Vitoria y en otro lugar dejamos consignado, con mayor motivo podrá defenderse la propia nación contra los enemigos internos o externos que traten de arrancarle su propia religión o le impidan el libre ejercicio de ella. La religión cristiana es el bien más grande que posee la humanidad, pues nos asegura los bienes eternos, y el libre ejercicio de ella es un derecho divino y humano al mismo tiempo. Y si es lícita una guerra para defender intereses materiales o un derecho temporal conculcado, con más razón lo será para defender los bienes eternos y los derechos que tienen su raigambre en lo divino. Y no se diga que ningún poder humano puede arrancarnos la religión del santuario de la conciencia, ni puede, por tanto, privarnos de esos bienes eternos a que aspiramos; antes bien, dejándonos morir a manos del tirano, los conseguimos más pronto y en mayor abundancia. Esto sólo tiene aplicación a los cristianos en cuanto tales y considerados individualmente, mas no puede aplicarse a una sociedad, que será bien pronto descristianizada si se persigue a la religión y se prohíbe su enseñanza, se asesina a sus ministros y se destruyen sus templos. Si el cristianismo triunfó de la tiranía pagana con la sangre de sus mártires, fué un milagro estupendo de la omnipotencia divina, necesario al principio de la Iglesia y que se podrá repetir siempre que sea preciso; mas nunca hemos de dejar de poner los medios que están a nuestro alcance, esperando el milagro, que Dios podrá hacer o no hacer según los designios de su sabiduría infinita, porque eso sería tentar a Dios. Aquí no se trata de defender la religión individualmente, sino social y colectivamente, y esto es no sólo un derecho, sino un deber sagrado, lo mismo contra los enemigos exteriores que contra los enemigos interiores, aunque estén constituidos en poder.
2.ª LA IGLESIA NO INTENTA DECLARAR LEGÍTIMO AL PODER CONSTITUÍDO SÓLO POR EL HECHO DE ESTAR EN POSESIÓN DE LA AUTORIDAD Y, CONSIGUIENTEMENTE, PERMANECERÁ LEGÍTIMO EL QUE INJUSTAMENTE LO HAYA USURPADO, Y EL ACATAMIENTO Y OBEDIENCIA QUE DE HECHO SE LE RINDAN SERÁN SÓLO EN FUNCIÓN DEL BIEN COMÚN
Sería un absurdo tan grande pensar que la Iglesia pretendía declarar legítimo a todo poder constituido, aunque injustamente hubiera usurpado la autoridad, que no se podría sostener tal posición sin hacer una injuria gravísima a la Iglesia. Eso equivaldría a tener a la Iglesia por patrocinadora de injusticias y sostenedora de la licitud de todos los hechos consumados. De donde se sigue que tampoco la Iglesia puede reconocer ningún derecho real al poder injustamente constituido, aun cuando prescriba su acatamiento, porque no se concibe que de un hecho esencialmente injusto provengan derechos para quien lo ha perpetrado. Y más claramente se verá esto si llevamos la cuestión al caso práctico. En España tenemos dos poderes constituidos, que luchan entre sí por la posesión de la porción de territorio que no les está sometido. Si todo poder constituido fuera justo, ambos Gobiernos serían igualmente legítimos y la guerra sería justa por ambas partes, lo que es absolutamente inconcebible. Luego el hecho de estar en posesión del poder, en manera alguna puede producir su legitimidad. Y si alguno quisiera llevar hasta el extremo la doctrina del acatamiento, tendría que aplicarla aquí por igual a ambos Gobiernos, pues uno y otro están legalmente constituidos; y así, los que están bajo el Gobierno Nacional, por acatamiento y obediencia a él, tendrían obligación de ir a la guerra contra los del bando contrario; y los que están en el territorio dominado por el Frente Popular, tendrían la misma obligación de combatir contra nosotros por acatamiento y obediencia a su Gobierno. Tan ridícula es esta posición que no merece más comentarios. No. Lo que la Iglesia prescribe acerca del acatamiento al Poder constituido, de ningún modo puede ser un reconocimiento de su legitimidad; y prueba de ello es que la Iglesia jamás prohíbe los partidos políticos contrarios al régimen existente. El acatamiento y obediencia al poder constituido se deben solamente considerar en función del bien común, pues el poder ilegítimo en su origen, ilegítimo permanece mientras la nación no lo reconozca expresa o tácitamente, y ningún derecho tiene a ser obedecido y acatado, como se ha visto en las proposiciones de la serie anterior. Ese es el verdadero sentido de la doctrina de la Iglesia, puesto que ella no manda cosas ridículas y absurdas. Cuando el acatamiento y obediencia al poder ilegítimamente constituido sean atentatorias al bien común, ya no pueden subsistir, ni lícitamente se pueden practicar ese acatamiento y obediencia, como sucede en España con el Gobierno del Frente Popular.
3.ª LA IGLESIA, AL PRESCRIBIR EL ACATAMIENTO AL PODER CONSTITUÍDO, NO INTENTA DEROGAR NINGÚN DERECHO DE LOS CIUDADANOS, Y MUCHO MENOS CUANDO ESOS DERECHOS CONSTITUYEN AL MISMO TIEMPO UN DEBER
Es tan evidente esta proposición que apenas necesita demostración alguna. Todo derecho legítimo, ya se considere al hombre en cuanto hombre o en cuanto miembro de la sociedad, proviene, al menos remotamente, de la ley natural, que Dios ha impreso en la entraña misma de la humana naturaleza. Es imposible que Dios, por una ley positiva, venga a derogar lo que por ley natural ha establecido, porque sería contradecirse a sí mismo. Y si no deroga la ley natural, tampoco deroga ninguno de los derechos que de ella se derivan mediata o inmediatamente. Aun el consejo evangélico que se da a los cristianos de volver la otra mejilla, etcétera, no es una derogación del derecho de legítima defensa, pues, como enseña Santo Tomás, aparte de ser un consejo y no un precepto, ni aun como consejo obliga sino in praeparatione animi, conviene a saber, que el espíritu ha de estar dispuesto a practicarlo cuando de ello se haya de seguir algún mayor bien espiritual, porque en ese caso la misma razón nos dicta que hemos de sacrificar los bienes materiales por los bienes espirituales; mas de ningún modo se ha de poner por obra tal consejo cuando de ello se hubieran de seguir males aun en el orden espiritual. Pues si Dios mismo por su ley positiva, absurdo sería decir que la Iglesia, representante de Dios en la tierra en el orden sobrenatural, que deriva sus leyes de la misma ley divina, bien sea natural o bien positiva, pueda intentar siquiera la abolición de ningún derecho humano o social del hombre. Tal suposición sería hacer una injuria gravísima a la Iglesia, lo mismo que en el caso precedente. Y como quiera que algunos derechos son deberes al mismo tiempo y todo deber de alguna manera proviene de Dios, el pensar siquiera que la Iglesia pueda oponerse al más insignificante de nuestros deberes, sería como una blasfemia, pues equivaldría a declararla traidora a la misión que Dios le ha confiado sobre la tierra.
4.ª LA DEFENSA ARMADA CONTRA EL TIRANO, BIEN SEA TIRANO POR LA USURPACIÓN O BIEN POR EL RÉGIMEN, NO SE OPONE A LA DOCTRINA DEL ACATAMIENTO, CUMPLIÉNDOSE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LAS PROPOSICIONES DE LA PRIMERA SERIE
De dos premisas ya establecidas anteriormente, se desprenden de esta conclusión. Es la primera lo que se ha dicho del derecho que la nación tiene a defenderse contra el tirano que injustamente ha usurpado su autoridad, o despóticamente la gobierna conduciéndola a la ruina. Derecho que, en ciertas ocasiones, pasa a ser deber sacratísimo, como sucede siempre que se trata de la independencia de la Patria, o de la conservación de sus más caras instituciones, cuales son la religión, la familia, la propiedad. Un derecho semejante es de tal naturaleza que nadie puede renunciar a él, como se puede renunciar a ciertos derechos particulares. Y la otra premisa se halla contenida en la proposición anterior, pues bien probado queda que la Iglesia no deroga ningún legítimo derecho de los ciudadanos. Mas puede pensar alguno: Si de este modo es lícita la defensa armada contra el tirano, ¿a qué queda reducido ese acatamiento que se nos inculca? ¿No es esto la negación más flagrante de todo acatamiento y de toda obediencia? De ninguna manera. En el momento que la nación, después de cumplir las condiciones debidas, comprende llegado el momento de tomar las armas contra el tirano y a ello se decide, constituyendo un nuevo poder que la defienda de la tiranía y la salve en el peligro, bien podemos afirmar que ya el anterior no es poder constituido, aunque todavía domine por la fuerza alguna parte de la nación, porque la nación, virtualmente ya le ha desposeído y se encuentra en el mismo caso que en el acto de usurpar el poder cuando no se halla todavía en plena posesión del mismo. La resistencia, en este último caso, a nadie se le ocurre decir que sea ilícita, porque el poder no está aún constituido; y en el otro caso, esto es, cuando la nación ha empezado ya a desposeerle, por lo menos con la decisión de arrojarle de sí como tiránico e injusto, ya no se halla tampoco en plena posesión del mismo y cesa toda obligación de acatamiento. No se olvide que esta obligación nace, no del derecho que el poder ilegítimo tenga a ser obedecido y acatado, sino de que así lo reclama el bien común. Y en el momento que la nación, cumplidas todas las condiciones, se decide a arrojar al tirano aun por la fuerza, ya el mismo bien común impone como obligación el que se le niegue todo apoyo, toda obediencia y todo acatamiento, porque él en cuanto tal ningún derecho tenía. Queda, pues, demostrado que la defensa armada contra el tirano, en las debidas condiciones, en nada se opone al acatamiento que la Iglesia prescribe. La Iglesia Católica no es alcahuete de tiranos ni fautora de injusticias, aunque siempre reverente con quien desempeña la función divina del poder.
5.ª EL PUEBLO ESPAÑOL HA CUMPLIENDO FIELMENTE LA DOCTRINA DEL ACATAMIENTO Y OBEDIENCIA, COMO CUMPLE AHORA SU DEBER EN LA DEFENSA DE LA RELIGIÓN Y DE LA PATRIA, HABIENDO OBSERVADO TODAS LAS CONDICIONES QUE SE REQUIEREN PARA LA LICITUD DEL LEVANTAMIENTO
Desde el advenimiento de la República, el pueblo español que padecía la más horrible de las tiranías por parte de un Gobierno usurpador y despótico, viendo conculcados sus derechos más legítimos, debeladas sus instituciones más santas, escarnecidos sus sentimientos más profundos, aguantó y sufrió con la mansedumbre de un cordero, cual conviene a un pueblo sinceramente cristiano. He ahí el verdadero acatamiento al poder constituido. Y le acató obedeciendo a todas las leyes justas que de él emanaban; y le acató y obedeció en muchas leyes injustísimas y vejatorias, como la referente a las Congregaciones religiosas, por evitar males mayores y no incurrir en la nota de rebeldía; y aún cooperó con el Gobierno tiránico e ilegítimo, para atenuar la tiranía y no verse en la precisión de dar una violenta sacudida. A este fin, el pueblo español intentó todos los medios pacíficos y legales, intensificando la propaganda siempre que le fué permitido —pues en muchas ocasiones era atropellado este derecho—, y aun exponiéndose a la muerte algunos de sus campeones; acudiendo a las urnas electorales, aunque sabía que el sufragio era vilmente pervertido por la astucia o la violencia; oponiéndose valientemente en las Cámaras legislativas a las leyes injustas de la tiranía imperante, aunque sus reclamaciones y argumentos contundentes en pro del derecho y de la justicia eran totalmente desatendidos; reclamando, en fin, el poder que por derecho consuetudinario del régimen constitucional y parlamentario le pertenecía. Y esta actitud mantuvo el pueblo español durante cinco largos años, sufriendo y sufriendo, mientras algún rayo de luz pudiera traerle una tenue esperanza de triunfo por medios pacíficos y legales. Mas llegó el momento en que el mansísimo cordero cristiano tenía que ceder su puesto al clásico león español, si no queríamos ver a la madre Patria perecer entre las garras del oso soviético. Las fuerzas marxistas se armaban y preparaban para la lucha, amparadas por el Gobierno masónico del Frente Popular. Para un día muy próximo estaba determinada la revolución comunista con todos sus horrores. Un momento más y ya la salvación de España sería imposible. Pero «lo cortés no quita lo valiente», como dice nuestro refrán castellano. Y el pueblo español que dio clarísimo ejemplo de acatamiento y obediencia al poder constituido durante esos cinco penosísimos años, se apresta a la defensa armada cuando ya con las armas se le combate y no es posible otro medio de defensa.
Mas todavía nos falta por examinar la última de las condiciones que se requieren para la licitud de esta guerra. Los males enormes que ella trae consigo ¿pueden ser compensados por los bienes que fundadamente esperamos, nos ha de reportar el triunfo? Indudablemente que sí. Y no sólo compensados, sino que los bienes que esperamos exceden sin comparación a todos los males que nos acarrea la guerra. En el orden material y económico, el Gobierno del Frente Popular conducía la nación a la ruina, y aunque la guerra ocasione cuantiosísimas pérdidas y gastos, hay la esperanza de que un Gobierno moralizador y austero haga prosperar la economía de la nación con un rápido resurgimiento. Mas esto es lo de menos. Los bienes principales que aquí entran en juego son de un orden muy superior. La integridad, libertad e independencia de la Patria, su honor y su civilización, su religión y su moral, sus instituciones, sus artes y sus ciencias tradicionales, son los verdaderos bienes que en esta guerra se defienden y por los cuales es lícito y santo y obligatorio sacrificar vidas y haciendas. ¡Ojalá que este ideal de verdadera grandeza brille siempre ante los ojos de los nuevos gobernantes para que no se malogre el triunfo que amorosamente el Señor nos concede ni se malgasten tamaños sacrificios! Bien persuadidos estamos de que Dios tiene señalados, en su amorosa y misericordiosa providencia, fines gloriosos a la nueva España, como los tuvo la España de nuestros antepasados; mas es preciso hacernos dignos, porque nuestra infidelidad, con una prematura decadencia, acarrearía sobre nosotros más tremendos castigos. Miremos a Dios, manantial inagotable de todo bien, y todo lo demás se nos dará por añadidura.
Parte 1 / Parte 2
II
El acatamiento a los poderes constituidos. Actitud y doctrina de la Iglesia
«La Iglesia, custodio de la más cierta y alta noción de la soberanía política, puesto que la hace derivar de Dios, origen y fundamento de toda autoridad, jamás deja de inculcar el acatamiento y obediencia debidos al poder constituido, aun en los días en que sus depositarios y representantes abusen del mismo en contra de ella… Con aquella lealtad, pues, que corresponde a un cristiano, los católicos españoles acatarán el poder civil en la forma con que de hecho exista, y, dentro de la legalidad constituida, practicarán todos los derechos y deberes de buen ciudadano». (Declaración colectiva del Episcopado Español, 20 de diciembre de 1931.)
Para no alargarme en citas de muchas Encíclicas y documentos pontificios, pongo aquí estas líneas del Episcopado Español que perfectamente sintetizan la doctrina de la Iglesia en cuestión tan importante. Con la mente y el corazón sostenemos esta doctrina —como cualquiera otra que proceda de esta fuente de verdad indefectible—, y vamos a demostrar que en manera alguna se opone a lo que dejamos consignado en este escrito ni es una condenación implícita de nuestro movimiento nacional, como alguno creer pudiera. Para ello estableceremos una serie de proposiciones, que contengan la doctrina de la Iglesia en este particular, según la mente de Santo Tomás y de los teólogos más conspicuos, aunque evitando citas, en gracia a la brevedad. Estas proposiciones nos manifestarán la razón de ser de este acatamiento y a qué nos obliga. Otra serie de proposiciones nos mostrará después en qué nos deja libertad para obrar.
1.ª LA IGLESIA Y LOS CRISTIANOS, EN CUANTO TALES, NO HAN DE DEFENDERSE POR LA FUERZA DE LAS ARMAS
Esta es la conducta que ha seguido siempre la Iglesia Católica, fiel a las enseñanzas y a los ejemplos de su Divino Fundador. Había dicho Cristo: «Mi reino no es de este mundo. Si de este mundo fuese mi reino, mis ministros, ciertamente, pelearían para que no fuere entregado a los judíos; pero ahora mi reino no es de aquí». (Joan., 18, 36.) Por eso mandó a Pedro volver su espada a la vaina cuando trató de defenderle (Joan., 18, 11), y, como manso cordero, se dejó conducir hasta la cruz. Y a sus discípulos los envía «como ovejas en medio de lobos», (Mat., 10, 16) y solamente les recomienda: «Si os persiguen en una ciudad, huid a otra» (ib., 23). Mas nunca les advierte que sean tigres para los lobos, o se defiendan cuando los maltraten y calumnien, sino más bien les aconseja «no resistir al mal; antes bien, si alguno te hiere en la mejilla derecha, preséntale la otra». (Mat., 5, 39.) Esta conducta ha seguido siempre la Iglesia ante la furia de los tiranos y perseguidores, como se ve claramente desde los primeros siglos del cristianismo, y de este modo asegura su triunfo contra todos los poderes de este mundo por virtud de la palabra divina y la promesa de su perpetuidad.
2.ª LA IGLESIA NO SE METE A DECLARAR LA LEGITIMIDAD O ILEGITIMIDAD DE UN PODER CONSTITUÍDO Y, POR TANTO, SU ACTITUD NO PUEDE SER OTRA QUE LA DE ACATAMIENTO Y OBEDIENCIA AL PODER, COMO QUIERA QUE SEA
No se mete la Iglesia a declarar la legitimidad o ilegitimidad de ningún poder, no porque no tenga autoridad para ello, como advierte el insigne Vitoria, sino por evitar males mayores, que se seguirían de que tratase de intervenir en cuestiones políticas, que tanto apasionan a los hombres. Así obra prudentísimamente, dejando que se resuelvan humanamente las cuestiones que son meramente humanas, manteniéndose a la altura de su misión divina, por encima de todos los Estados, de todos los poderes y de todas las formas que puedan adoptar en el transcurso de los tiempos. En virtud de esto, la actitud de la Iglesia ante cualquier poder constituido no puede ser otra que la de acatamiento y obediencia, como si en verdad fuera legítimo, aunque en realidad no lo sea, puesto que ella no se entromete a dirimir la cuestión. Así obró Cristo también ante sus jueces, y mandó dar al César lo que es del César, sin fallar la cuestión que los judíos le proponían sobre la legitimidad del tributo al Emperador romano. Y en toda la Historia de la Iglesia aparece claro este proceder, no queriendo fallar en cuestiones humanas y dejando a los hombres que por sí mismos resuelvan los asuntos políticos de Gobierno y de Estado.
3.ª LOS PODERES POLÍTICOS, AUNQUE HAYAN USURPADO EL PODER INJUSTAMENTE, DEBEN SER OBEDECIDOS EN TODO LO QUE MANDEN JUSTAMENTE, MIENTRAS DE HECHO TENGAN ELLOS EL MANDO
A primera vista pudiera parecer extraña esta afirmación y, sin embargo, nada más cierto en la doctrina católica. El poder ilegítimo, el que injustamente ha usurpado la autoridad, ningún derecho tiene a ser obedecido, pues no se puede concebir que un hecho intrínsecamente injusto sea fuente y principio de derechos. Por este lado, el poder ilegítimamente constituido, ni merece acatamiento ni obediencia. Pero la sociedad civil no puede en manera alguna subsistir sin un órgano de la autoridad que la gobierne, la unifique y la dirija a sus fines. De donde proviene, como postulado de la existencia de la sociedad misma, como exigencia del bien común, para evitar la anarquía y la disgregación social, ser preciso el acatamiento de la autoridad existente, como quiera que sea, mientras ese órgano de la autoridad no sea debidamente sustituido por el órgano que legítimamente pueda desempeñar esa función divina. Y, con el acatamiento a todo el que la desempeña, ha de ir la obediencia a las leyes o disposiciones que sean intrínsecamente justas—aunque injustas por razón de su origen—, porque ese es otro postulado del bien común, y la sociedad misma, orgánicamente considerada—no por la sanción implícita de la multitud, que carece de toda autoridad en cuanto tal—, suple ese defecto de origen y confiere a la ley un verdadero valor obligatorio. En la concepción orgánica de la sociedad, con la función propia de la autoridad en su órgano correspondiente, esta tesis, admitida por los teólogos católicos, tiene perfecta explicación, porque la autoridad, que proviene de Dios, se comunica orgánicamente a la sociedad misma con su órgano respectivo y, de este modo, aunque el órgano sea defectuoso por razón del origen, la sociedad misma de un modo vital suple ese defecto ejercitando esa función en la forma que puede y por el órgano que tiene de hecho. En los otros sistemas del origen de la autoridad, no vemos explicación posible de esta tesis; porque no hemos de pensar que Dios confiera inmediatamente la autoridad a quien injustamente se ha posesionado de ella—en cuyo caso quedaría legitimado todo poder por el hecho de haberlo arrebatado, aunque fuera injustamente—; ni tampoco se puede admitir que el pueblo—según los partidarios de la transmisión de poderes—haya
transmitido la autoridad a un poder ilegítimo que él no ha aceptado ni aún virtualmente, porque de haberlo aceptado, ya quedaría con eso legitimado. Mas, como quiera que sea, la tesis propuesta, que en el sistema tomista se puede demostrar con todo el rigor filosófico, es igualmente admitida por los seguidores de otros sistemas, aunque acaso con menos vigor de raciocinio.
4.ª AUN LAS LEYES INJUSTAS DEBEN SER OBEDECIDAS, CON TAL QUE NO MANDEN ALGUNA COSA ILÍCITA, SI DE NO OBEDECERLAS SE SEGUIRÍAN MALES MAYORES PARA LA SOCIEDAD O PARA EL INDIVIDUO
Esta conclusión será fácil probarla después de lo dicho anteriormente. El criterio supremo que ha de regular la actuación de cualquier miembro de la sociedad en sus funciones sociales, dentro de lo lícito, ha de ser el bien común. Por lo tanto, si de la desobediencia a la ley injusta se han de seguir a la sociedad males mayores que los que su obediencia lleva consigo, es preciso obedecer, sacrificando nuestro propio interés en aras del bien común, que todos estamos obligados a procurar. Y esto no es porque la ley injusta contenga en sí valor obligatorio de ningún género, sino por la obligación de procurar el bien común, que atañe a todos los miembros de la sociedad, lo cual lleva consigo la obligación de evitar a la sociedad cualquier mal que de nuestra actuación se le pudiera seguir.
5.ª LA DEFENSA DE LA PATRIA POR MEDIO DE LAS ARMAS CONTRA EL TIRANO, BIEN SEA TIRANO POR SU ORIGEN O BIEN POR EL MODO DE GOBERNAR, NO ES LÍCITA, MIENTRAS HAYA ESPERANZA FUNDADA DE PODER DEFENDERLA POR MEDIOS PACÍFICOS Y LEGALES, A NO SER QUE HUBIERA PELIGRO EN LA DEMORA
También esta proposición se prueba con facilidad por lo anteriormente expuesto. La guerra es un mal formidable y fuente de males irreparables, mucho más cuando se trata de una guerra intestina entre los miembros de una misma nación. Basta abrir los ojos para ver lo que ocurre en nuestra amada Patria y cerciorarnos de esta verdad. En consecuencia de esto, si se pueden evitar a la Patria tantos males, defendiéndola de la tiranía por otros medios menos violentos, será preciso intentar estos medios antes de recurrir a las armas. El bien común ha de ser siempre la norma suprema de nuestra conducta social, y ese bien común exige que se procure el bien de la Patria, evitándole todo mal en cuanto sea posible. De este modo, si hay esperanza fundada de arrojar al tirano del poder mediante unas elecciones, o hacerle que desista de su tiranía por la oposición política a sus tiránicos intentos, de ningún modo será lícito el recurso de la fuerza armada. Mas hemos añadido «a no ser que haya peligro en la demora», porque puede ser tal la tiranía, que toda espera sea peligrosa, ya que el tirano la aprovechará para aumentar su fuerza y debilitar a los que aún pretenden defender a la Patria; y en ese caso urge que se adopte cualquier medio conducente a la liberación de la misma, antes de que el mal ya no tenga remedio.
6.ª TAMPOCO ES LÍCITA LA DEFENSA ARMADA CONTRA EL TIRANO CUANDO LA TIRANÍA NO SEA MUY VIOLENTA Y LOS MALES QUE DE ELLA PROVIENEN SON MENORES QUE LOS QUE SE CALCULA HAN DE PROVENIR DE LA DEFENSA ARMADA
El inmortal Vitoria establece este principio para toda guerra, y Santo Tomás lo propone para el caso de la tiranía. La razón de esto es evidente. Entre dos males que no se pueden evitar, la prudencia manda que se elija el mal menor para evitar el mayor, como los moralistas declaran. Sólo tenemos que advertir que no se han de calcular los males en un orden meramente material, porque hay males de orden espiritual que superan incomparablemente a todos los males materiales imaginables, lo mismo que los bienes a que se oponen. Estos bienes espirituales pueden ser no sólo de un orden divino, como la religión o la virtud, sino de un orden meramente humano, como la Patria, la familia, la civilización, el honor y otros varios que se pudieran enumerar. Por defender y conservar tales bienes, de valor inmarcesible, con razón se pueden sacrificar cualesquier intereses de orden material, afrontando generosamente todos los males y todos los peligros de inferior categoría. Los bienes imponderables son los que más pesan en la balanza del hombre civilizado. Sólo el burdo y degradante materialismo puede desconocer su cuantía y valor inestimable.
En estas seis proposiciones creemos dejar resumido todo cuanto la Iglesia nos prescribe en su disposición de acatamiento y obediencia a los poderes constituídos, según la interpretación de sus mejores teólogos. Vamos ahora a establecer otra serie de proposiciones, negativas por decirlo así, esto es, manifestativas de lo que no se opone a la doctrina del acatamiento contenida en las proposiciones precedentes, aunque pudiera haber alguna apariencia de oposición.
1.ª AUNQUE LA IGLESIA Y LOS CRISTIANOS EN CUANTO TALES, NO SE DEFIENDAN POR LAS ARMAS, BIEN PUEDEN LOS PUEBLOS CRISTIANOS DEFENDER A LA IGLESIA CUANDO LA VEN INJUSTAMENTE OPRIMIDA, BIEN SEA EN SÍ MISMA O BIEN EN UN PAÍS DETERMINADO, COMO PUEDEN TAMBIÉN DEFENDER CUALQUIER OTRA CAUSA JUSTA, EN CUANTO HOMBRES Y EN CUANTO CIUDADANOS
De todo ello tenemos hechos históricos en abundancia, de los cuales se pudiera hacer una larga disertación. La misma Iglesia, en ocasiones, exhortaba a los príncipes cristianos para venir en su defensa. Recordemos solamente a S. Pío V en la batalla de Lepanto. Y Pío IX ha condenado la doctrina de la no intervención, inventada precisamente por los enemigos de la Iglesia para impedir que los pueblos cristianos acudiesen en su defensa cuando injustamente se vió despojada y oprimida. Ese mismo
principio de no intervención invocan hoy con la mayor falsía los enemigos de la causa nacional española, que son los mismos enmascarados enemigos de la religión y de la Iglesia. Y si una nación extraña puede intervenir para defender la causa de los cristianos en otra nación distinta, como sostiene el inmortal Vitoria y en otro lugar dejamos consignado, con mayor motivo podrá defenderse la propia nación contra los enemigos internos o externos que traten de arrancarle su propia religión o le impidan el libre ejercicio de ella. La religión cristiana es el bien más grande que posee la humanidad, pues nos asegura los bienes eternos, y el libre ejercicio de ella es un derecho divino y humano al mismo tiempo. Y si es lícita una guerra para defender intereses materiales o un derecho temporal conculcado, con más razón lo será para defender los bienes eternos y los derechos que tienen su raigambre en lo divino. Y no se diga que ningún poder humano puede arrancarnos la religión del santuario de la conciencia, ni puede, por tanto, privarnos de esos bienes eternos a que aspiramos; antes bien, dejándonos morir a manos del tirano, los conseguimos más pronto y en mayor abundancia. Esto sólo tiene aplicación a los cristianos en cuanto tales y considerados individualmente, mas no puede aplicarse a una sociedad, que será bien pronto descristianizada si se persigue a la religión y se prohíbe su enseñanza, se asesina a sus ministros y se destruyen sus templos. Si el cristianismo triunfó de la tiranía pagana con la sangre de sus mártires, fué un milagro estupendo de la omnipotencia divina, necesario al principio de la Iglesia y que se podrá repetir siempre que sea preciso; mas nunca hemos de dejar de poner los medios que están a nuestro alcance, esperando el milagro, que Dios podrá hacer o no hacer según los designios de su sabiduría infinita, porque eso sería tentar a Dios. Aquí no se trata de defender la religión individualmente, sino social y colectivamente, y esto es no sólo un derecho, sino un deber sagrado, lo mismo contra los enemigos exteriores que contra los enemigos interiores, aunque estén constituidos en poder.
2.ª LA IGLESIA NO INTENTA DECLARAR LEGÍTIMO AL PODER CONSTITUÍDO SÓLO POR EL HECHO DE ESTAR EN POSESIÓN DE LA AUTORIDAD Y, CONSIGUIENTEMENTE, PERMANECERÁ LEGÍTIMO EL QUE INJUSTAMENTE LO HAYA USURPADO, Y EL ACATAMIENTO Y OBEDIENCIA QUE DE HECHO SE LE RINDAN SERÁN SÓLO EN FUNCIÓN DEL BIEN COMÚN
Sería un absurdo tan grande pensar que la Iglesia pretendía declarar legítimo a todo poder constituido, aunque injustamente hubiera usurpado la autoridad, que no se podría sostener tal posición sin hacer una injuria gravísima a la Iglesia. Eso equivaldría a tener a la Iglesia por patrocinadora de injusticias y sostenedora de la licitud de todos los hechos consumados. De donde se sigue que tampoco la Iglesia puede reconocer ningún derecho real al poder injustamente constituido, aun cuando prescriba su acatamiento, porque no se concibe que de un hecho esencialmente injusto provengan derechos para quien lo ha perpetrado. Y más claramente se verá esto si llevamos la cuestión al caso práctico. En España tenemos dos poderes constituidos, que luchan entre sí por la posesión de la porción de territorio que no les está sometido. Si todo poder constituido fuera justo, ambos Gobiernos serían igualmente legítimos y la guerra sería justa por ambas partes, lo que es absolutamente inconcebible. Luego el hecho de estar en posesión del poder, en manera alguna puede producir su legitimidad. Y si alguno quisiera llevar hasta el extremo la doctrina del acatamiento, tendría que aplicarla aquí por igual a ambos Gobiernos, pues uno y otro están legalmente constituidos; y así, los que están bajo el Gobierno Nacional, por acatamiento y obediencia a él, tendrían obligación de ir a la guerra contra los del bando contrario; y los que están en el territorio dominado por el Frente Popular, tendrían la misma obligación de combatir contra nosotros por acatamiento y obediencia a su Gobierno. Tan ridícula es esta posición que no merece más comentarios. No. Lo que la Iglesia prescribe acerca del acatamiento al Poder constituido, de ningún modo puede ser un reconocimiento de su legitimidad; y prueba de ello es que la Iglesia jamás prohíbe los partidos políticos contrarios al régimen existente. El acatamiento y obediencia al poder constituido se deben solamente considerar en función del bien común, pues el poder ilegítimo en su origen, ilegítimo permanece mientras la nación no lo reconozca expresa o tácitamente, y ningún derecho tiene a ser obedecido y acatado, como se ha visto en las proposiciones de la serie anterior. Ese es el verdadero sentido de la doctrina de la Iglesia, puesto que ella no manda cosas ridículas y absurdas. Cuando el acatamiento y obediencia al poder ilegítimamente constituido sean atentatorias al bien común, ya no pueden subsistir, ni lícitamente se pueden practicar ese acatamiento y obediencia, como sucede en España con el Gobierno del Frente Popular.
3.ª LA IGLESIA, AL PRESCRIBIR EL ACATAMIENTO AL PODER CONSTITUÍDO, NO INTENTA DEROGAR NINGÚN DERECHO DE LOS CIUDADANOS, Y MUCHO MENOS CUANDO ESOS DERECHOS CONSTITUYEN AL MISMO TIEMPO UN DEBER
Es tan evidente esta proposición que apenas necesita demostración alguna. Todo derecho legítimo, ya se considere al hombre en cuanto hombre o en cuanto miembro de la sociedad, proviene, al menos remotamente, de la ley natural, que Dios ha impreso en la entraña misma de la humana naturaleza. Es imposible que Dios, por una ley positiva, venga a derogar lo que por ley natural ha establecido, porque sería contradecirse a sí mismo. Y si no deroga la ley natural, tampoco deroga ninguno de los derechos que de ella se derivan mediata o inmediatamente. Aun el consejo evangélico que se da a los cristianos de volver la otra mejilla, etcétera, no es una derogación del derecho de legítima defensa, pues, como enseña Santo Tomás, aparte de ser un consejo y no un precepto, ni aun como consejo obliga sino in praeparatione animi, conviene a saber, que el espíritu ha de estar dispuesto a practicarlo cuando de ello se haya de seguir algún mayor bien espiritual, porque en ese caso la misma razón nos dicta que hemos de sacrificar los bienes materiales por los bienes espirituales; mas de ningún modo se ha de poner por obra tal consejo cuando de ello se hubieran de seguir males aun en el orden espiritual. Pues si Dios mismo por su ley positiva, absurdo sería decir que la Iglesia, representante de Dios en la tierra en el orden sobrenatural, que deriva sus leyes de la misma ley divina, bien sea natural o bien positiva, pueda intentar siquiera la abolición de ningún derecho humano o social del hombre. Tal suposición sería hacer una injuria gravísima a la Iglesia, lo mismo que en el caso precedente. Y como quiera que algunos derechos son deberes al mismo tiempo y todo deber de alguna manera proviene de Dios, el pensar siquiera que la Iglesia pueda oponerse al más insignificante de nuestros deberes, sería como una blasfemia, pues equivaldría a declararla traidora a la misión que Dios le ha confiado sobre la tierra.
4.ª LA DEFENSA ARMADA CONTRA EL TIRANO, BIEN SEA TIRANO POR LA USURPACIÓN O BIEN POR EL RÉGIMEN, NO SE OPONE A LA DOCTRINA DEL ACATAMIENTO, CUMPLIÉNDOSE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LAS PROPOSICIONES DE LA PRIMERA SERIE
De dos premisas ya establecidas anteriormente, se desprenden de esta conclusión. Es la primera lo que se ha dicho del derecho que la nación tiene a defenderse contra el tirano que injustamente ha usurpado su autoridad, o despóticamente la gobierna conduciéndola a la ruina. Derecho que, en ciertas ocasiones, pasa a ser deber sacratísimo, como sucede siempre que se trata de la independencia de la Patria, o de la conservación de sus más caras instituciones, cuales son la religión, la familia, la propiedad. Un derecho semejante es de tal naturaleza que nadie puede renunciar a él, como se puede renunciar a ciertos derechos particulares. Y la otra premisa se halla contenida en la proposición anterior, pues bien probado queda que la Iglesia no deroga ningún legítimo derecho de los ciudadanos. Mas puede pensar alguno: Si
de este modo es lícita la defensa armada contra el tirano, ¿a qué queda reducido ese acatamiento que se nos inculca? ¿No es esto la negación más flagrante de todo acatamiento y de toda obediencia? De ninguna manera. En el momento que la nación, después de cumplir las condiciones debidas, comprende llegado el momento de tomar las armas contra el tirano y a ello se decide, constituyendo un nuevo poder que la defienda de la tiranía y la salve en el peligro, bien podemos afirmar que ya el anterior no es poder constituido, aunque todavía domine por la fuerza alguna parte de la nación, porque la nación, virtualmente ya le ha desposeído y se encuentra en el mismo caso que en el acto de usurpar el poder cuando no se halla todavía en plena posesión del mismo. La resistencia, en este último caso, a nadie se le ocurre decir que sea ilícita, porque el poder no está aún constituido; y en el otro caso, esto es, cuando la nación ha empezado ya a desposeerle, por lo menos con la decisión de arrojarle de sí como tiránico e injusto, ya no se halla tampoco en plena posesión del mismo y cesa toda obligación de acatamiento. No se olvide que esta obligación nace, no del derecho que el poder ilegítimo tenga a ser obedecido y acatado, sino de que así lo reclama el bien común. Y en el momento que la nación, cumplidas todas las condiciones, se decide a arrojar al tirano aun por la fuerza, ya el mismo bien común impone como obligación el que se le niegue todo apoyo, toda obediencia y todo acatamiento, porque él en cuanto tal ningún derecho tenía. Queda, pues, demostrado que la defensa armada contra el tirano, en las debidas condiciones, en nada se opone al acatamiento que la Iglesia prescribe. La Iglesia Católica no es alcahuete de tiranos ni fautora de injusticias, aunque siempre reverente con quien desempeña la función divina del poder.
5.ª EL PUEBLO ESPAÑOL HA CUMPLIENDO FIELMENTE LA DOCTRINA DEL ACATAMIENTO Y OBEDIENCIA, COMO CUMPLE AHORA SU DEBER EN LA DEFENSA DE LA RELIGIÓN Y DE LA PATRIA, HABIENDO OBSERVADO TODAS LAS CONDICIONES QUE SE REQUIEREN PARA LA LICITUD DEL LEVANTAMIENTO
Desde el advenimiento de la República, el pueblo español que padecía la más horrible de las tiranías por parte de un Gobierno usurpador y despótico, viendo conculcados sus derechos más legítimos, debeladas sus instituciones más santas, escarnecidos sus sentimientos más profundos, aguantó y sufrió con la mansedumbre de un cordero, cual conviene a un pueblo sinceramente cristiano. He ahí el verdadero acatamiento al poder constituido. Y le acató obedeciendo a todas las leyes justas que de él emanaban; y le acató y obedeció en muchas leyes injustísimas y vejatorias, como la referente a las Congregaciones religiosas, por evitar males mayores y no incurrir en la nota de rebeldía; y aún cooperó con el Gobierno tiránico e ilegítimo, para atenuar la tiranía y no verse en la precisión de dar una violenta sacudida. A este fin, el pueblo español intentó todos los medios pacíficos y legales, intensificando la propaganda siempre que le fué permitido —pues en muchas ocasiones era atropellado este derecho—, y aun exponiéndose a la muerte algunos de sus campeones; acudiendo a las urnas electorales, aunque sabía que el sufragio era vilmente pervertido por la astucia o la violencia; oponiéndose valientemente en las Cámaras legislativas a las leyes injustas de la tiranía imperante, aunque sus reclamaciones y argumentos contundentes en pro del derecho y de la justicia eran totalmente desatendidos; reclamando, en fin, el poder que por derecho consuetudinario del régimen constitucional y parlamentario le pertenecía. Y esta actitud mantuvo el pueblo español durante cinco largos años, sufriendo y sufriendo, mientras algún rayo de luz pudiera traerle una tenue esperanza de triunfo por medios pacíficos y legales. Mas llegó el momento en que el mansísimo cordero cristiano tenía que ceder su puesto al clásico león español, si no queríamos ver a la madre Patria perecer entre las garras del oso soviético. Las fuerzas marxistas se armaban y preparaban para la lucha, amparadas por el Gobierno masónico del Frente Popular. Para un día muy próximo estaba determinada la revolución comunista con todos sus horrores. Un momento más y ya la salvación de España sería imposible. Pero «lo cortés no quita lo valiente», como dice nuestro refrán castellano. Y el pueblo español que dio clarísimo ejemplo de acatamiento y obediencia al poder constituido durante esos cinco penosísimos años, se apresta a la defensa armada cuando ya con las armas se le combate y no es posible otro medio de defensa.
Mas todavía nos falta por examinar la última de las condiciones que se requieren para la licitud de esta guerra. Los males enormes que ella trae consigo ¿pueden ser compensados por los bienes que fundadamente esperamos, nos ha de reportar el triunfo? Indudablemente que sí. Y no sólo compensados, sino que los bienes que esperamos exceden sin comparación a todos los males que nos acarrea la guerra. En el orden material y económico, el Gobierno del Frente Popular conducía la nación a la ruina, y aunque la guerra ocasione cuantiosísimas pérdidas y gastos, hay la esperanza de que un Gobierno moralizador y austero haga prosperar la economía de la nación con un rápido resurgimiento. Mas esto es lo de menos. Los bienes principales que aquí entran en juego son de un orden muy superior. La integridad, libertad e independencia de la Patria, su honor y su civilización, su religión y su moral, sus instituciones, sus artes y sus ciencias tradicionales, son los verdaderos bienes que en esta guerra se defienden y por los cuales es lícito y santo y obligatorio sacrificar vidas y haciendas. ¡Ojalá que este ideal de verdadera grandeza brille siempre ante los ojos de los nuevos gobernantes para que no se malogre el triunfo que amorosamente el Señor nos concede ni se malgasten tamaños sacrificios! Bien persuadidos estamos de que Dios tiene señalados, en su amorosa y misericordiosa providencia, fines gloriosos a la nueva España, como los tuvo la España de nuestros antepasados; mas es preciso hacernos dignos, porque nuestra infidelidad, con una prematura decadencia, acarrearía sobre nosotros más tremendos castigos. Miremos a Dios, manantial inagotable de todo bien, y todo lo demás se nos dará por añadidura.
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