La Montero y el consentimiento sexual informado
Cuando vas al hospital a someterte a una operación quirúrgica, o incluso a una exploración que entrañe algún riesgo, tienes que firmar previamente una hoja que se llama “el consentimiento informado”.
Es decir, el médico te explica con un lenguaje claro y asequible los posibles riesgos de la operación, y tú firmas como que estás enterado, y que asumes dicha situación de peligro.
Caso de que el interesado presente algún tipo de deficiencia mental o limitación, sea menor de edad, etc., firman sus familiares directos, por supuesto mayores de edad.
Los últimos casos criminalizados de supuestas relaciones sexuales consentidas, toda la algarabía que se ha montado sobre el particular, básicamente por lesbianas, que identifican a los penes con un instrumento de dominación masculina, etc., me obliga como jurista a recomendar la firma de un documento, que podríamos llamar el consentimiento sexual informado.
No se rían no, que en USA, por ejemplo, esta cuestión está en pleno furor en las relaciones sociales y sexuales y circulan incluso formularios de consentimiento por las redes sociales, y en las pantallas de los móviles… Por cierto, no sé si firmaran con un dedo, con un beso o con el pene, en funciones de pluma estilográfica. ¡Claro que esto para las señoras va a ser un problema! Pero siempre puede ser sustituido por un casto y virginal beso prenupcial, digo presexual…
Aunque es cierto que esta firma prenupcial puede asegurar jurídicamente al varón, no por ello le libra de las grandes responsabilidades penales en las que puede incurrir, si la “amiga” opta por denunciarle, tras consumar el polvo, digo el sexo.
En efecto:
- ¿Qué pasa si la niña en cuestión no llega al orgasmo…? ¿Es denunciable, y puede ser objeto de responsabilidad penal?
- ¿Y qué sucede cuando el hombre es de tiro único? ¿Puede ser investigado por ello, y, en su día, condenado…?
- ¿Qué tipo de relaciones se permiten, consienten y desean? ¿Solo el coito normal y corriente, en la posición del misionero?
¿También las felaciones y el cunnilingus?
- Y, por último, pero no menos importante, ¿y el sexo anal…? ¿Se permite o no se permite?
Porque ese es otro problema:
- ¿Las relaciones deben de ser con preservativo o no?
Y en el caso de que se utilice el preservativo, ¿será de forma parcial o total, es decir, durante la totalidad de la relación, o solo en una parte de la misma?
- ¿Qué sucede cuando el hombre eyacula en la boca de la mujer, y a ella le da asco…? ¿Es una agresión sexual, un abuso sexual, o es simplemente un eyaculador precoz?
- Y, por último, pero no menos importante: si la chica –o el chico- es menor de edad, ¿Quién debe firmar el consentimiento, la madre o el padre…?
Ya me imagino al cuarentón que se va a beneficiar a una chica diciéndole a su madre: “firme aquí señora, que me voy a calzar a su hija”…
Esto es lo que tiene llevar las relaciones sociales al absurdo, criminalizando todo.
Y la cajera de supermercado que se lía con un macho alfa y le ofrece sus favores sexuales a cambio de que la haga diputada, e incluso ministra, ¿también lo firmó en un contrato sexual, o fue solamente un contrato “oral”…?

Sí es sí, pero solo cuando le conviene a la mujer…
Caso contrario, denuncia, detención, encarcelamiento preven tivo, y previsible condena…
¿Es justa esta «ley»?
Resulta evidente que no, y lo digo como mujer.
Estimada seguidora: así es. Bien dicho y con valentía. A ver si cunde el ejemplo. Saldos cordiales