La perversidad del sistema de protección de la infancia y la adolescencia

Imaginemos la situación: una familia a la que  los servicios sociales le quitan a su hijo o hija. Lo hacen muchas veces a traición, sin avisar, y se lo llevan a un centro de menores o lo entregan a una familia extraña de acogida. Convocan a estos padres y les explican que comienzan un proceso, que puede durar años, para que recuperen a sus hijos.

Lo primero que nos viene a la cabeza es que alguna razón habrá, que los técnicos de la Administración no actúan así por capricho. Es cierto, alguna situación de conflicto existirá, incluso de posible riesgo para ese menor, pero en cualquier caso nada que justifique una medida tan brutal, tan drástica y que tanto daño puede generar en el futuro desarrollo de los niños afectados.

La familia afectada no está de acuerdo y quiere recurrir esa situación. Hasta ahora no ha intervenido ningún juez, ni fiscal ni abogado. Le dicen que puede recurrir esa decisión por la vía administrativa, como si se tratara de una multa de tráfico con la que no estamos de acuerdo. Si recurre, los mismos que han decidido quitarle al niño le responderán. Ya podemos todos intuir la respuesta.

La segunda opción que tiene entonces esa familia es una denuncia delante de un juez. En el colmo de la prepotencia incluso te dicen que no haría falta que fueras con abogado.

La familia, imaginemos en qué estado de ánimo, ha de buscar un abogado, reunir pruebas y documentos, gastar miles de euros y presentar una denuncia. Los días van pasando. En el juzgado de turno darán cita para el juicio. Ya han pasado en ese momento meses.

El día señalado aparecerá  un juez. En ese momento tendrá conocimiento por primera vez del asunto. Delante tiene a una Administración que tiene presunción de veracidad, además de todos los recursos jurídicos y de otros tipos necesarios. En el otro lado a unos ciudadanos que posiblemente sea la primera vez que acuden a un juicio. Es una lucha desigual. Estamos en la jurisdicción civil, que está pensada para que dos personas pleiteen y un juez decida. No para el enfrentamiento entre una todopoderosa Administración y un ciudadano.

Este juez no tiene tiempo de entrar a fondo en la complejidad del caso, no analizará los comportamientos de cada uno en una historia que vendrá de lejos, donde habrán intervenido muchas personas. No podrá hablar con los padres afectados en profundidad, porque los protocolos judiciales son rígidos.

Conclusión: la Administración tiene razón y si la familia sigue sin estar de acuerdo con la decisión deberá empezar de nuevo el periplo judicial en la segunda instancia. Para entonces ya habrán pasado años.

Hasta aquí lo que está ocurriendo cada día en algún juzgado de este país.

Pero por suerte no siempre es así. En ocasiones un juez entra a fondo en el asunto. Y se producen sentencias que, con independencia de quién tiene razón, harán afirmaciones como las que se recogen a  continuación.

Un juez, en una sentencia de 2017 da un auténtico varapalo a la Administración. El juez tilda de negligente el desamparo. “Es inadmisible que el profesional que informa sobre los menores llegue a tal grado de negligencia”… “llama la atención la falta de concreción de los hechos… la pobreza argumental inadecuada…”

En otra durísima Sentencia el juez establece:

“…los documentos incorporados son inconexos (por parte de la DGAIA, la Administración responsable de menores en Catalunya)… diversos informes del Hospital sin seguir ningún orden lógico… lo que es indicativo del pasotismo en la tramitación de la documentación que la DGAIA ha hecho llegar… El Informe-propuesta está firmado por un equipo anónimo… “

Este juez pidió vía telefónica el expediente íntegro de la menor, visto el galimatías de documentos imposibles de descifrar coherentemente debido al desorden”

“La desidia de la DGAIA hacia este Juzgado es más que evidente

El juez llega  a la  conclusión de que el hecho de que la DGAIA tenga tutelada  a una menor (…..) puede considerarse como un maltrato institucional por omisión cronificada

Otro juzgado, en este caso en 2016 dicta sentencia ordenando la devolución de una nena con sus abuelos, que la tenían en acogimiento. Los abuelos esperan que la niña terminara la escuela y fueron al Centro a buscarla. Una vez allí la sorpresa fue mayúscula cuando descubrieron que desde el centro no  sabían nada de esta sentencia.  De todas maneras, con la sentencia en la mano el centro entregó a la niña a sus abuelos. Llama la atención que aunque la sentencia habla de “ejecución inmediata”, la Administración pretende dilatar el proceso y mantener a la menor en el Centro.

Otra sentencia, en este caso de la Audiencia Provincial que manifiesta “No puede quedar esta Sala al margen de las conclusiones que se contienen con respecto a la actuación de la Administración y, en definitiva, a la brutal consecuencia que demuestra el fracaso del sistema”

Otro juez se da cuenta de lo incoherente del sistema cuando afirma en su sentencia: “Este juzgador tiene que dar respuesta, más que a una cuestión jurídica a un conflicto emocional afectante a diversas personas adultas y a una menor.

Por tanto, dar una solución  se nos antoja harto compleja ya que desde un posicionamiento jurídico no es difícil dar una respuesta ajustada a la Ley (…) pero no nos encontramos en la misma situación cuando tenemos que entrar en el terreno de los afectos y sentimientos, terreno en el que cada día con mayor frecuencia se obliga a jueces y fiscales  de la jurisdicción de familia a emitir pronunciamientos”

Otra sentencia condena a la Generalitat de Catalunya, en este caso al Instituto Catalán  de Adopción y Acogimiento,  a pagar 50.000 euros por daños morales a una madre tras quitarle injustamente la guarda legal de dos niños. El tribunal detecta «negligencia» del ente público.

Un último ejemplo. Un juez insta al fiscal a investigar a Servicios Sociales por una retirada de custodia. Se produjo por una denuncia anónima y por «suposiciones«

En un duro alegato contra la Administración y los funcionarios que han participado en ese expediente, se señala que «la intervención realizada por la Administración autonómica para la protección del menor ha sido nefasta y ha causado dolor en las familias».

«Lo que resulta absolutamente grave y por ende intolerable«, recalca el juez, «es que por parte de aquellas personas que ostentan la condición de funcionarios….. se intente burlar, e, incluso, se obstaculice el normal funcionamiento de la Administración de Justicia»

«El juzgado no es ajeno al hecho que la intervención administrativa en el normal desarrollo de la relación entre la menor y sus padres ha privado del contacto diario, que ha alejado a la hija de sus progenitores y, por tanto, la interacción con ella, generando indefectiblemente dolor”. 

En este artículo han hablado algunos jueces. Son ejemplos que demuestran que si el Sistema se analizara con rigor y objetividad, y en consecuencia se introdujeran cambios de fondo de los que la Administración (y los responsables políticos que la mantienen) no quieren ni oír hablar, nos ahorraríamos mucho sufrimiento, aunque fuera a costa del privilegio de algunos, los que mantiene dicho Sistema.

Para Periodismo Alternativo


4 respuestas a «La perversidad del sistema de protección de la infancia y la adolescencia»

  1. Los gobiernos SOCIALISTAS de Baleares, Canarias y Valencia permiten la existencia de «educadores», que son auténticos pederastas, prostituyen a los niños y niñas de los que la comunidad autónoma es TUTOR LEGAL, etc.
    Y nadie se llama a engaño, empezando por las femihistéricas… Es más, estoy seguro de que, en su fuero interno, les parece «lo normal».
    ¿A donde nos llevan estos hideputas…?

  2. Está muy claro el artículo.
    No se puede añadir nada a la realidad que describe.
    Sería el momento de buscar soluciones y para ello entrar en las causas de esta galimatías que destruye familias.
    En mi opinión de maestro de infantil y primaria, la causa más relevante es que las leyes de familia olvidan la necesidad que tiene todo ser humano del afecto de la familia y especialmente de la madre en los primeros años de vida.
    Ese «olvido» en una sociedad en la que las distancias entre el domicilio y el trabajo de los progenitores y en el que las familias extensas pueden tener dificultad de apoyar a los niños y niñas explica el intento de sustituir la familia biológica por centros y acogedores.
    En vez de favorecer medidas de apoyo a las familias, en seguridad económica, social y jurídica, todas las leyes buscan recovecos para separar los niños de las familias de origen.
    Mientras esa perspectiva no cambie
    Mientras no haya un esquema que favorezca un clima de integración entre familia, escuela, tiempo libre y apoyo psicológico y emocional a niños, niñas, su madre y su padre seguiremos asistiendo a las tragedias de las que hoy hablamos en los medios de comunicación y entre las familias afectadas

  3. Que retiren todo tipo de subvenciones a estos centros y a estas empresas que acogen a niños y les den el dinero que realmente gastan en acogerlos y veremos lo que tardan en desaparecer todos estos supuestos acogimientos por el bien supremo del menor. Esto es una perversión y parece un prostituimiento de miles de menores por las Administraciones para enriquecimiento de unos pocos.

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