Apuntes para la reforma constitucional (y IX): conclusiones.

El denominado «régimen del 78», esta especie de democracia que nos rige la aprobación de nuestra actual Constitución, parece llegado a su fin…

El denominado «régimen del 78», esta especie de democracia que nos rige desde la aprobación de nuestra actual Constitución, parece llegado a su fin; y parece que lo hace, por desgracia, mediante el colapso. Los últimos acontecimientos en las provincias catalanas, así como muchos otros de parecido pelaje que hemos visto a los largo de los últimos cuarenta años, así lo evidencia.

Aquella Constitución que nos colaron como la panacea, ha resultado ser una caja de Pandora que nunca debimos abrir. Hoy, excepto los que han vivido de ella y los que, empecinados, no quieren reconocerlo, nadie puede negar que la mayoría de los españoles pensamos que la carta magna en vigor está más que agotada. Hasta tal punto de que bajo su amparo España está al borde de desaparecer como nación de la faz de la Tierra, encaminándose hacia una extravagante amalgama de mini-estados peor que aquellos de Taifas.

La culpa no lo es de que somos una «democracia joven», qué estupidez; tampoco de que las nuevas generaciones «no la votaron», qué barbaridad; ni de otras zarandajas por el estilo que ya se vienen oyendo promovidas por los que quieren seguir chupando del bote. No, la culpa es de la propia Constitución, de sus nefastos y maliciosos impulsores –comenzando por el rey emérito–, de sus redactores y de los que a lo largo de estas cuatro décadas han tenido la responsabilidad de gobierno, así como de cualquier cargo donde han ejercido autoridad. En cuanto al pueblo español también, no cabe duda, porque se ha dejado sumir en un pozo de iniquidad, de pasividad, de indiferentismo, de dejar hacer y de mirar para otro lado como si nada fuera con él.

Ya se habla, no obstante, pues la cosa es tan evidente, de la necesidad de reformar si no toda, al menos parte de la Constitución; nosotros pensamos que toda. Por eso, y porque es nuestra obligación y nuestro derecho como españoles, a lo largo de ocho artículos hemos ido desgranando lo que a nuestro juicio ha dado de sí nuestra Constitución, sus principales defectos y sugiriendo algunas pautas, algunos apuntes, sobre cómo y en qué sentido debería modificarse para que la nueva fuera, realmente, la Constitución de España para siempre.

Quien haya seguido tales artículos sabe ya cual es nuestra opinión y por qué, pero creemos que este trabajo no estaría completo si no hiciéramos un último esfuerzo y ofreciéramos a nuestros lectores un resumen de todo lo dicho. Bien que no en cuanto al análisis, suficientemente abordado en cada artículo, sino en cuanto a sus conclusiones. Por eso aquí nos vamos a limitar a exponer cómo creemos que debería quedar la próxima Constitución. Eso sí, recordamos que lo nuestros son «apuntes», es decir, bosquejos, sugerencias, no el texto final y pulido que debe ser obra de personas más doctas que nosotros.

Los redactores de la nueva Constitución deberían ser un grupo de personas de reconocido prestigio ajenas por completo, hasta lo humanamente posible, a los partidos políticos de cualquier color; y terminada su labor nunca podrían implicarse en política en el futuro. Deberían tener la posibilidad de trabajar sin presiones, sin condiciones ni previas ni futuras, sin trabas ni hipotecas, contando con el respaldo unánime de todos los dirigentes políticos, de todos los partidos –aquí es donde debería estar el único “consenso” de ellos, aquí su grandeza presente y futura, aquí su responsabilidad ante España y los españoles–  y la garantía de que la Constitución por ellos elaborada iba a ser sometida directa y exclusivamente a referéndum sin intervención alguna, ni directa ni indirecta, de esos mismos partidos, de sus estructuras o líderes, de sus grupos de presión, sin posibilidad de que ni ellos ni los medios de comunicación opinaran sobre la misma, o sea, sin artículos, tertulias, videos, etc., previos, sin discusiones, ni réplicas, de forma que su texto llegue inmaculado a los ciudadanos para que no les quede más remedio, esta vez sí, que leerla detenidamente, meditar sobre ella y votarla, debiendo estar aquí también realmente el “consenso” de esos partidos y de los propios españoles de ahora, su grandeza presente y futura, y su responsabilidad ante España, ante ellos mismos y, sobre todo, ante las generaciones futuras.

Bases de la nueva Constitución que, por otra parte, debería reducir al mínimo imprescindible el número de artículos, serían:

* Una única nación, indisoluble e indivisible, una sola patria, un solo Estado.

* Una única bandera: roja y gualda, sin escudo; un sólo himno: la «marcha de granaderos» –o sea, el actual– y un solo idioma oficial: el español.

* Igualdad de todos los españoles; nada de fueros, cupos u otras cosas semejantes.

* Los dialectos regionales no serían vehículo de comunicación oficial en ningún caso.

* La soberanía de la nación radica en el Estado. Sólo al Estado, como suprema institución de la nación, de la comunidad nacional, incumbe la soberanía y, por ello, el ejercicio de la misma. Soberanía que es, además, única, indivisible, indelegable e intransferible.

* República presidencialista; las actuales funciones de jefe del Estado las asumiría el Presidente del Gobierno.

* El Estado se articularía sólo en provincias y municipios.

* Una única cámara de representantes; Cortes, Congreso o Parlamento, como se la quiera llamar.

* Competencias exclusivas del Estado serían la dirección y supervisión de las políticas de defensa, seguridad, relaciones exteriores, educación, sanidad, industria, agricultura, ganadería, i+d, transportes y comercio. Se descentralizarían en las Diputaciones provinciales, bien que sólo en su parte ejecutiva, nunca en la directiva y de supervisión, las áreas que de las anteriores se viera factible.

* Estado confesional católico, respetando el culto público de aquellas otras confesiones, siempre que las mismas no fueran destructivas (sectas) o atentaran contra la nación y sus intereses.

* Las leyes tendrían en lo posible y necesario como referencia la doctrina moral y social de la Iglesia.

* Separación entre Iglesia y Estado.

* No tendrían representación parlamentaria los partidos que no alcanzasen, a nivel nacional, un porcentaje de votos determinado. Igual para las Diputaciones y ayuntamientos.

* No se permitiría acudir a las elecciones en coalición.

* Formaría Gobierno automáticamente el partido que más votos obtuviera a nivel nacional; y provincial o local según las elecciones fueran nacionales, a las Diputaciones o ayuntamientos.

* Idénticas condiciones de elección regirían para los presidentes de las Diputaciones provinciales y alcaldes.

* Las diputaciones serían elegidas por el voto de los ciudadanos con derecho a él de cada provincia; los ayuntamiento de forma idéntica por sus vecinos.

* Cada provincia una diputación; por cada equis miles de habitantes un representante; cada ayuntamiento igual, es decir, cada equis miles de vecinos un concejal. Siempre tendiendo a que el número de todos ellos fuera el mínimo imprescindible.

* Habría que reducir el número de ayuntamientos casi a la mitad; en la actualidad hay unos ocho mil.

* Los sueldos de diputados, representantes en las diputaciones y concejales no pasarían del salario medio de un licenciado; aproximadamente 1.500 euros/mes.

* Cada cuatro años habría elecciones al Parlamento (o Cortes o Congreso) y, por ello, renovación del Gobierno; también en Diputaciones y ayuntamientos. Al igual que en los partidos, no se podría ser diputado ni ministro más que ocho años continuos o por dos periodos de cuatro discontinuos, no pudiendo repetir ni en los cargos ocupados ni en otros; es decir, que su carrera como diputado o ministro habría acabado para siempre. Para la toma de posesión de sus cargos, la fórmula de juramento o promesa será única, obligatoria e inmodificable. Igual en Diputaciones y ayuntamientos.

* Los partidos políticos, para poder legalizarse, incluso los que ahora lo están, deberían asumir en sus estatutos, sin matices de ningún tipo, en la actualidad y en el futuro, sin posibilidad alguna de cambio, la nueva Constitución. Los partidos vivirían de sus propios recursos, permitiéndose donaciones privadas siempre y cuando se hicieran públicas.

* Asimismo, sus estatutos deberían recoger con toda claridad que sus líderes, comités directivos y candidatos serían  elegidos por sufragio directo entre sus militantes. El periodo máximo de permanencia en tales cargos sería de ocho años continuos o dos periodos de cuatro discontinuos. Tampoco podrían, una vez cumplido dicho periodo en un cargo, ocupar cualquier otro distinto; es decir, su carrera política habría terminado para siempre. No existiría disciplina de partido a la hora de votar en el Parlamento. Los dirigentes de cualquier nivel de los partidos estarían obligados a acudir a todos los actos institucionales a que por razón de su cargo hubiera lugar.

* Cualquiera que haya ejercido cargo político alguno no podría trabajar ni directa ni indirectamente con la administración ni nacional, ni provincial, ni local, en ningún caso ni bajo ningún concepto, al menos durante los cinco años siguientes tras cesar en su cargo.

* Los magistrados, jueces y demás personal de la administración de Justicia serían independientes, siempre de carrera y oposición, no podrían afiliarse a partido político alguno, ni hacer públicas sus opiniones de ninguna clase por ningún medio ni directo ni indirecto; caso de optar por dedicarse a la política nunca podrían volver a ejercer función alguna en la administración judicial.

* Los miembros del Consejo del Poder Judicial serían elegidos por votación entre los jueces y magistrados. También los del Tribunal Constitucional. Para ambos organismos habría que poseer ciertas características de experiencia siempre en el terreno de lo judicial.

* El Fiscal General y los miembros de las Fiscalías serían órganos independientes, siempre de carrera y oposición, rigiendo para ellos las mismas condiciones que para los de la administración judicial.

* Los sindicatos serían por gremios. Se les aplicaría en todo las mismas condiciones que la dichas para los partidos políticos.

* Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire constituyen la columna vertebral de la nación. Su misión única e irrenunciable es garantizar la soberanía e independencia de España, su unidad y su integridad territorial, defendiéndolas de cualquier enemigo exterior o interior.

* Los militares de cualquier graduación no podrían ni afiliarse a partidos políticos, ni constituir sindicatos ni asociaciones de ninguna clase entre ellos ni afiliarse a otros. Los miembros de las fuerzas de seguridad igual.

* Caso de optar por incorporarse a la política, ni unos ni otros, podrían nunca volver a ejercer cargo alguno en dichos estamentos.

(ver primera); (ver segunda); (ver tercera);  (ver cuarta);  (ver quinta);  (ver sexta); (ver séptima)  (ver octava)

La Redacción


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