Si quieres que gobierne el comunismo bolivariano, ¡Vota PP!
Los españoles ya estamos curados de espantos, ¡y lo que nos queda por ver!
La penúltima es permitir que los okupas se empadronen en las casas ocupadas, “legitimando” así esa ocupación, que les dará un inexistente título sobre el que fundamentarla. ¡Algo parecido a lo que hicieron los sandinistas cuando echaron de sus casas a la clase dirigente de Nicaragua, y se instalaron en sus palacetes y mansiones, y hasta hoy!
Que yo sepa, y no creo que me falle la memoria, sobre hay dos títulos que permitan legalmente la ocupación de un bien inmueble: la propiedad, o el contrato de arrendamiento.
Puede haber una tercera figura, la posesión en precario, mediante una cesión consentida por el propietario, o situación similar.
Y punto.
Pero no contentos con esa “nacionalización” del derecho a la vivienda, reconocido por la Constitución del 78 en su art. 33 (“Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia”), ahora pretenden mantenernos en prisión domiciliaria durante medio mes más, que es lo máximo que les permite la legislación vigente: art. 6º. Dos, de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.
El desgobierno actual ha usado y abusado de un supuesto “estado de alarma”, para cuya declaración inicial no necesitaba al resto de los partidos políticos, que representan a la mayor parte del pueblo español, adoptando una decisión arbitraria y dictatorial, más propia de un país bananero o de una dictadura, que de una democracia.
La propia Constitución prevé en su art. 55, in fine, que: “La utilización injustificada o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley orgánica producirá responsabilidad penal, como violación de los derechos y libertades reconocidos por las leyes”.
Y, pásmense ustedes, ¡el PP no ha votado en contra de esta cuarta prórroga!
Han hecho como Pilatos, cuando crucificaron a Jesús: ¡se han lavado las manos, absteniéndose¡, y apoyando por tanto al desgobierno dictatorial, igual que hacen los merluzos que salen todos los días, a las ocho en punto, a apoyar directamente a los sanitarios, e indirectamente al gobierno…
Para empezar, no estamos en un auténtico estado de alarma, sino en estado de excepción, y para no repetirme, pueden ver mi artículo “El Gobierno ha dado un golpe de Estado jurídico y deberíamos estar en estado de excepción, que no de alarma”, publicado en varios diarios digitales, a mediados de marzo.
Qué gran verdad es esa frase cuya paternidad invoco, aunque es posible que solo sea padre putativo, de que: “El PP es un partido para ayudar…a los partidos de izquierdas”.
Después de esta penúltima traición del PP a sus votantes, solo me resta pensar que éstos son tontos perdidos, o personas o cosas semovientes, a las que les gusta que les engañen.
Por lo tanto, y cómo siempre me ha gustado ayudar al que no sabe, les propongo un eslogan electoral que les irá como anillo al dedo:
Si quieres que gobierne el comunismo bolivariano,
¡Vota PP!
www.graueditores.com, y www.navegandocontracorriente.com

Hace unos días se anunció que el Tribunal Constitucional había admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad de VOX contra la aplicación del Decreto de Estado de Alarma. Son muchos los que ahora afirman que se está aplicando en realidad o en la práctica las restricciones a Derechos Fundamentales y libertades públicas más propias de un Estado de Excepción o de Sitio con el pretexto o bajo la apariencia de un Estado de Alarma. Sin embargo quien primero hizo notar esta circunstancia, esta extralimitación del Gobierno, fue el autor de este artículo, D. RAMIRO GRAU, y en esta página de EL ESPAÑOLDIGITAL.COM. Luego, tras su advertencia, se han sumado a él todos los demás, pero el primero fue él.
Durante 50 años el Partido Popular (en sus orígenes Alianza Popular) ha sido el partido que ha canalizado el voto estúpido de la masa social anticomunista mayoritaria (y digo estúpido porque el no estúpido, minoritario, se canalizaba hacia Fuerza Nueva entonces, hoy hacia VOX aunque VOX esté años luz de FN, y digo estúpido porque el cáncer no se puede curar con media Aspirina, con lo cual el discurso de la «moderación», porque AP-PP eran preferibles a FN porque eran más «moderados», es como pretender curar una enfermedad grave que te puede llevar a la tumba si no la tratas, únicamente con unos sorbitos de agua mineral o con media Aspirina, que efectivamente es una «medicación» muy moderada, tan moderada como inútil). Porque en España ha habido una masa social anticomunista o «de derechas» (para entendernos, como se dice coloquialmente con escaso rigor ideológico) pero lo que no ha habido de verdad es un partido político de derechas, más allá de la apariencia para engañar a su electorado, como ha sido el caso del PP.
El Partido Popular ha sido, elección tras elección y legislatura tras legislatura, el Caballo de Troya de la extrema izquierda para desbaratar, llevar a una vía muerta y tirar por el fregadero abajo haciendo inútil el voto de la masa social que se oponía a las políticas y al discurso ideológico de la extrema izquierda, es decir del PSOE de Zapatero y sucesores.
Votando al PP el PSOE se aseguraba que el voto de esa masa social antiZapatero no sirviera absolutamente de nada. De este modo en España sólo ha habido gobiernos del PSOE: cuando ganaba el PSOE porque gobernaba el PSOE, y cuando ganaba el PP porque las políticas del PP eran perpetuar las políticas del PSOE.
La Historia del PP puede resumirse en este hecho: engañar a su masa social para perpetuar las políticas antidemocráticas y de extrema izquierda del PSOE.
– El PP votó a favor del nombramiento de Santiago Carrillo como hijo predilecto de Gijón (que ya hay que esnifar cola o barnices de carpintero, -porque con 8 ó 10 porros no creo que dé para cometer tal disparate-, para tal decisión).
– El PP apoyó con su voto la condena al Franquismo, y después para la profanación dela tumba de Franco
– El PP siguió con el Aborto
– El PP excarceló más etarras que el propio PSOE
– El PP tapó el Caso Alcásser, tapó el 11M, el caso Faisan, y se ha negado a hacerle las autópsias al Fiscal General del Estado Sr. Maza y al Fiscal Jefe del TSJ de Cataluña Sr. Romero de Tejada, muertos con apenas una semana de diferencia, ambos en extrañísimas circunstancias que hacen temer su asesinato, y además ha incinerado los cadáveres para que no se puedan hacer las autópsias en el futuro.
– El PP ha alimentado el separatismo en Cataluña (cediendo en todo a las exigencias de Pujol) y en las Provincias Vascongadas (apoyando al indigente mental «Patxi»(?) López que demostró ser todavía peor que los lendacaris del PNV, si es que ello es posible). Y luego en aquellas regiones donde no había separatismos ha sido el PP el que lo ha germinado e implantado a imagen y semejanza de Cataluña (promoviendo la lengua separatista etc. etc), como es el caso de Galicia , Mallorca, Asturias o Valencia.
– El PP jamás ha combatido el discurso «cultural» de la izquierda, que ha traído la actual situación de lavado de cerebro del 99% de la población (que puede percibirse en el significado que para todo el mundo tiene el término «fascista» cuyo verdadero significado ha sido suplantado, el uso de términos tales como «feminazis» para referirse a mujeres que son la antítesis del prototipo de la mujer en la Alemania N-S, la aceptación del Holocausto como un dogma de fe que no admite prueba en contrario y que se tipifica como delito la mera expresión dudas al respecto con la creación de una Fiscalía específica para perseguir a los nuevos Galileos Galilei, el fraude de términos como «castellano» para al referirse al idioma Español, que es mucho más que el castellano, pero que descendiéndolo a mero castellano se equipara a las lenguas separatistas, la defensa de la sodimía como hecho «natural» que ya nadie se atreve a discutir, y un largo etc. de concesiones al discurso de la extrema izquierda), sino que al contrario lo ha alimentado y ha puesto en manos de la anti-España la Educación de todos los niveles (incluidas las Academias Militares) y las televisiones, para que el dominio de la extrema izquierda sea en régimen de monopolio, y sin posibilidad de que pueda llegar a la población un discurso cultural de contrario, que se persigue incluso con el Código Penal aunque ello sea contrario a las libertades de Cátedra, ideológica y de expresión, «garantizadas» sobre el papel en la Constitución Española, que se excepciona sin ninguna consecuencia y con la complicidad de todos, también de los Juzgados y Tribunales.
– El PP se cargó el Servicio Militar Obligatorio (que no es incompatible con la existencia de un pequeño Ejército profesional como el que tenemos, sino un complemento necesario del mismo, o más bien a la inversa el ejército profesional complementario como fuerza de reacción, del ejército general), con lo que ello comporta no sólo para la defensa nacional, sino como factor de cohesión social y nacional (en un cuartel confluyen, confluían, ricos y pobres, gente de la ciudad y del campo, del norte y del sur, y todos aprenden de todos, el rico aprende que hay otros que son pobres, el pobre ve más allá de su propia pobreza, el del campo se socializa, el de la ciudad se endurece, etc etc, y se hermanan las clases y las gentes de distintos lugares), y como factor para que la población no sea analfabeta desde el punto de vista de los sentimientos nacionales sino que se cultive en ellos los valores inherentes a la pertenencia a una Nación y al servicio a la Patria. El PP también terminó de cargarse la industria militar, malvendiendo la empresa Santa Bárbara.
– El PP engañó a su electorado diciendo que nada más llegar al poder derogaría leyes como la de Desmemoria, Falsificación y Manipulación Históricas o las Leyes de Género, y sin embargo lo primero que hizo al llegar al poder es otorgar a Zapatero y a sus ministras mamarracho el Collar de Isabel La Católica (BOE de 31 de diciembre de 2011) y las leyes no fueron derogadas sino al contrario impulsadas de forma activa, ejemplo de ello el incidente del Presidente del Senado del PP Pío García Escudero con el Alcalde de su propio partido de la localidad de Pajares de la Laguna (Salamanca) cuando el senador de Podemos por Valencia Carles Mulet, con claro abuso de derecho y sin interés legítimo y directo (porque él no era vecino de dicho pueblo) exigía que el Alcalde quitara la calle de dedicada al Coronel Moscardó, Héroe la Defensa del Alcázar de Toledo. Tal exigencia es antidemocrática y contraria al Pluralismo Político como Valor superior de la Constitución Española (art. 1, 1 CE: «España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el PLURALISMO POLÍTICO»), en cuya virtud es inconstitucional que las calles tengan que llevar el nombre de lo que diga Podemos, sin embargo Pío García Escudero se posicionó del lado del senador de Podemos hasta el extremo de prevalerse de su condición de Presidente del Senado para echar sobre su alcalde a la propia Fiscalía, en otra más actuación deshonrosa de ambos, del Presidente ddel Senado y de la Fiscalía. Pío García Escudero no fue expulsado del partido con el triunfo de Pablo Casado sino al contrario, es uno de los miembros más significativos de su equipo.
Podríamos seguir relatando ad nauseam el papel nefasto del PP en todos los aspectos de la vida nacional y cómo ha actuado como ejército jenízaro o cipayo al servicio del PSOE y sus políticas de destrucción de España, pero no lo vamos a dejar sin indicar dos aspectos más especialmente relevantes: su papel en la descristianización de España y su papel en la destrucción de un Poder Judicial independiente que sea lo que hoy por hoy no es: garantía de legalidad y Justicia.
– El PP ha sido también el receptor del voto católico en España, precisamente por esta falsa imagen de que el PP defendería el Cristianismo. La realidad ha sido muy otra, dirigentes del PP pertenecen a la masonería y son anticristianos, «otros» como Gallardón han sido vistos vestidos de judío, y la descristianización en manos de estos falsos cristianos ha sido otro hecho incuestionable. Recordemos, entre los cientos de datos que se podrían añadir, cómo los 100.000 abortos anuales de zapatero se convirtieron en 140.000 abortos con Rajoy, Hoy estamos en los 185.000. En 40 años el cristianismo ha pasado de ser en España una seña de identidad del común de la población (hasta el extremo que se decía que España era la reserva espiritual de Europa) a que ya no pinta nada y carecer de ninguna autoridad sobre la gente porque ha dejado de tener ningún efecto ni ninguna autoridad moral en la mayoría de la población, que ya ni siquiera se molesta en bautizar a sus hijos. Si el proceso de aculturación de los valores nacionales ha sido tremendo, el proceso de descristianización ha sido tanto o más intenso. El Partido Popular con esta falsa imagen de partido de defensa del Cristianismo como religión y como conjunto de valores, ha venido a cumplir una vez más su misión de estorbar para impedir que de verdad pudiera brotar un partido que pudiera realizar verdaderamente esta defensa. La imagen de la Presidenta de la Comunidad de Madrid del PP Cristina Cifuentes, bailando la conga con la Alcaldesa de Madrid y demás dirigentes de Podemos en el escenario del orgullo gay, da idea en lo que se traduce la labor del PP en este tema. La ruina moral en la que se encuentra España y la apostasía en masa de su población, es la consecuencia natural de estas políticas, sobre las que habría mucho que hablar (la red inútil de colegios religiosos, que podrían hacer una gran labor y lo que hacen es plegarse al sistema, y otras muchas cuestiones).
– Respecto de la Justicia,también aquí el PP se presentó como regenerador de la Justicia, pero una vez llegado al Poder, con Gallardón (otra vez aparece Gallardón) de Ministro de Justicia, a lo que se procedió es a asegurar la politización de la Justicia con el nombramiento de los miembros del Tribunal Supremo, del Consejo general del Poder judicial y del Tribunal Constitucional, por parte delos políticos. A este hecho hay que sumar las reformas que hubo entonces de las leyes procesales. Con el pretexto de que la Justicia sufría una sobre carga de asuntos se modificó la Ley para impedir o hacer mucho más oneroso el acceso de los ciudadanos a la Justicia:
– se establecieron tasas para sobre los gastos que ya tenía poder litigar añadir además el gasto de las tasas.
– se modificó el régimen de las condenas en costas. Si hasta la reforma en la primera instancia judicial no había, como regla general, condena en costas, salvo mala fe o que así lo exigiera la naturaleza del caso, tras la reforma la condena en costas fue obligada en caso de resultar desestimado el recurso, aunque estuviera fundamentado en la violación de Derechos Fundamentales (donde la regla había sido no condenar en costas jamás, ni siquiera en la segunda instancia judicial) o aunque el recurso hubiera estado justificado por las nada claras cuestiones que planteara y que era preciso que el órgano judicial disipara.
– también se prohibió que los Funcionarios públicos en cuestiones de personal (salvo las relativas al nacimiento o extinción de su condición de funcionarios) pudieran actuar por sí mismos, sin necesidad de procurador y abogado.
Obsérvese el error de concepto: antes una situación de sobre carga de asuntos en los tribunales, que si algo indica, sobre todo en la Jurisdicción Contencioso-administrativa que centró buena parte de la reforma, es la actuación ilegal de la Administración y la inoperancia de la vía de recurso administrativa (básicamente recurso de alzada ante el superior jerárquico de la autoridad administrativa autora de la resolución recurrida) como para tener que recurrir a los Tribunales, la solución que se adopta por los políticos no es exigir a su Administración Pública (digo «su» porque la Administración Pública pertenece o depende del Poder Ejecutivo, del Gobierno la Administración General del Estado, o de los Ejecutivos Autonómicos las Administraciones de las diferentes Comunidades Autónomas) el extremar el principio de legalidad (art. 9, 1º CE), la interdicción de la arbitrariedad (art. 9, 3º CE) que impñida resoluciones arbitrarias, y la actuación al servicio del interés general con sometimiento pleno (es decir no parcial o a la carta como hacen algunos) a la Ley y al Derecho (art. 103, 1º CE), ni tampoco es reformar las leyes para que los Tribunales hagan uso (que no se hace ninguno) del art. 40, 1º LEC (Ley de Enjuiciamiento civil, que es supletoria en el proceso Contencioso-Administrativo y en el laboral) según el cual:
1. Cuando en un proceso civil (laboral o contencioso-administrativo) se ponga de manifiesto un hecho que ofrezca apariencia de delito o falta perseguible de oficio, el tribunal civil (laboral o contencioso-administrativo, según sea), mediante providencia, lo pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal, por si hubiere lugar al ejercicio de la acción penal.
para que cuando la actuación administrativa es de una grosera ilegalidad, la sentencia del Tribunal Contencioso-Administrativo no se reduzca solo a estimar el recurso y a veces a la condena en costas a la Administración (que con harta frecuencia ni siquiera hay condena en costas, pero que cuando la hay como responde de esas costas la Hacienda Pública, a la autoridad administrativa autora de la Resolución ilegal le da lo mismo porque quien paga las costas es la Hacienda Estatal u Autonómica, según sea la Administración condenada) sino que en casos de grosera ilegalidad se dé traslado al ministerio Fiscal para que proceda penalmente contra los funcionarios o autoridades responsables de tal desafuero.
Tal medida habría tenido el efecto inmediato de acabar con la sobrecarga de los Tribunales, porque el aviso a navegantes para los funcionarios y autoridades prevaricadores habría sido claro, y lo habría sido sin menoscabo del principio de acceso a la Justicia y de tutela judicial EFECTIVA. Sin embargo la solución que se adoptó fue de sentido contrario, es decir reforzando la impunidad para los prevaricadores, que en lugar de ver afeadas sus conductas lo que veian es reforzada su impunidad porque las medidas iban dirigidas a impedir que los ciudadanos pudieran acceder a la justicia imponiéndoles tasas, imponiéndoles el amedrentamiento de condenas en costas automáticas e imponiéndoles la asunción de nuevos gastos (como era el caso de los funcionarios en las cuestiones de personal). Efectivamente se consiguió el efecto pretendido de aliviar la situación de sobre carga de los tribunales pero se hizo a costa del Derecho de los ciudadanos a obtener la tutela judicial efectiva que se vió abiertamente mermedado. En ese momento el Tribunal Constitucional ya no era ninguna garantía de protección de los Derechos Fundamentales de los Ciudadanos, porque el índice de inadmisiones del los recursos de amparo superaba el 96%. Inadmisión no es desestimación, es simplemente que el tribunal tira el recurso a la papelera sin resolverlo. Esto se hacía y se hace, sin trámite de audiencia previo (que permita formular unas alegaciones para que el Tribunal Constitucional las pueda tener en cuenta antes de decidir sobre la inadmisión) y sin posibilidades de recurso, ya que la inadmisión no admite recurso, el único que puede recurrirla es el Ministerio fiscal, pero el Ministerio Fiscal, que ha desertado de su función de defensa de la legalidad y de los Derechos Fundamentales de los Ciudadanos (precisamente para ello es parte en este tipo de procedimientos: art. 124 CE) como norma general se niega a recurrir las inadmisiones, cuando su actitud debería ser justo a la inversa: recurrirlas todas (salvo los casos puntuales en que el recurso no tenga verdadero sentido) para no prestarse a la corruptela de las inadmisiones del 96% y para hacer honor al mandato del art. 124 CE que le otorga al Ministerio Fiscal la función de defensa de la legalidad y de los Derechos Fundamentales de los ciudadanos, y la satisfacción del interés social ante el Tribunal Constitucional. Nada de esto se consigue (ni defensa de la legalidad, ni protección de los derechos Fundamentales de los ciudadanos, ni satisfacción del interés social) si el Ministerio Fiscal se hace cómplice del Tribunal Constitucional y permanece impasible ante la apabullnate cifra de un 96% de inadmisiones a trámite, cuando la defensa de la legalidad, la protección de los derechos Fundamentales de los ciudadanos, y la satisfacción del interés social pasa necesariamente por exigir al TC que resuelva todos los recursos, en el sentido que luego resultara procedente, estimatorio o desestimatorio, pero haciendo un pronunciamiento de legalidad, de protección de derecho fundamentales y con ello de satisfacción del interés social.
Yo pensaba que está por escribir el libro negro de la Fiscalía, más allá de la novela de Alejandro Dumas «El Conde de Montecristo» (que a cada día que pasa cada vez me parece menos una novela y más un relato de actualidad de la época), pero quizás también aquí el autor de este artículo se haya adelantado D. RAMIRO GRAU , porque aunque yo no lo he leído precisamente tiene publicado un libro al respecto con este título EL LIBRO NEGRO DE LA FISCALÍA ESPAÑOLA, miren ustedes por dónde.
https://www.amazon.es/El-libro-negro-Fiscal%C3%ADa-espa%C3%B1ola/dp/8416317860/ref=as_li_ss_tl?__mk_es_ES=%C3%85M%C3%85%C5%BD%C3%95%C3%91&keywords=ramiro+grau+morancho&qid=1583243764&sr=8-8&linkCode=ll1&tag=microprensa-21&linkId=b3465d29fa3f89de29084bcd77cd3ecd&language=es_ES
y este extraordinario artículo en esta misma página de El Español Digital:
https://www.elespañoldigital.com/el-poder-judicial-ni-esta-ni-se-le-espera-en-espana/
Si esta situación, de falta de protección real y efectiva del Tribunal Constitucional de los Derechos Fundamentales de los ciudadanos era ya una tragedia en sí misma, como las cosas son siempre susceptibles de empeorar, en 2016 hubo una reforma del Recurso de Casación Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Supremo (siendo Ministro de Justicia Rafael Catalá, del PP, como no podía ser menos) que actualmente está en vigor y que vino a operar en el Recurso de casación ante el Tribunal Supremo las mismas limitaciones formales y materiales que ya habían sido introducidas en el Recurso de Amparo ante el Tribunal constitucional.
Si la violación de Derechos Fudamentales había dejado de ser, -en el Recurso de amparo por violación de Derechos Fundamentales ante el Tribunal Constitucional-, la cuestión fundamental, sino que esta, para que el recurso fuera admitido, exigía que el caso tuviera desde el punto de vista doctrinal un «interés o trascendencia constitucional» como para que el Tribunal Constitucional considerara pertinente pronunciarse al respecto (con lo cual se llega a injusticias como que una cuestión resuelta varias veces por el Tribunal Constitucional se inadmite a trámite y se niega el amparo precisamente con fundamento en que el Tribunal constitucional ya se ha pronunciado al respecto en recursos anteriores, cuando la decisión debería ser a la inversa: si el Tribunal Constitucional ya ha aclarado esta cuestión y aún así la Administración sigue incumpliendo esta doctrina y atropellando los Derechos Fundamentales de los ciudadanos, ello no debe ser motivo para negar el amparo al ciudadano que ninguna culpa tiene de este incumplimiento, sino motivo para crujir a esa autoridad que se resiste a aceptar tal doctrina suficientemente sabida, porque sobre lo ya suficientemente aclarado por el Tribunal Constitucional hay más motivos para condenar a la Administración que sobre aquello que nunca se ha planteado y que puede suscitar dudas). Como decía, si la violación de Derechos Fudamentales había dejado de ser en el Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, la cuestión fundamental para que el recurso fuera admitido a trámite, en el Recurso de Casación se imponía la misma exigencia, que el Recurso tuviera «interés casacional» , más allá de la infracción de precepto constitucional (que de conformidad con el art. 5, 4º LOPJ justificaba siempre la posibilidad de interponer dicho recurso). El resultado desde 2016 es que si para el ciudadano acudir al Tribunal Constitucional resulta estéril (salvo que seas independentista catalán que entonces todos los recursos se admiten a trámite a pesar de que en estos casos carecen de los requisitos sustanciales para su admisión) y el 96% delos recursos se inadmiten a trámite, con el recurso de Casación ocurre los mismo. el 98% de los recursos de Casación ante el Tribunal Supremo son inadmitidos a trámite. Este es el verdadero rostro de España como Estado de Derecho: no hay acceso real al recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, y desde 2016 tampoco lo hay a la instancia inferior, el Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo.
Cuando mataron a los Abogados laboralistas de Atocha en 1977, el colegio de Abogados de Madrid, y con él prácticamente todos los colegios de Abogados de toda España, se dejaron manipular por el PCE y se tiraron a la calle. Recuerdo perfectamente al presidente del Colegio de Abogados de Madrid encabezando el cortejo de la manifestación de duelo, en un acto de pura propaganda. Sin embargo todavía no he visto a ningún Colegio de Abogados, ni de Madrid ni de ninguna otra localidad o provincia, alzar la voz por la indefensión que supone haberse cargado el recurso de casación ante el Tribunal Supremo, o la situación de auténtico mamoneo que se tolera con el Tribunal Constitucional, porque no es solo los recursos de amparo de los ciudadanos, son los pronunciamientos manifiestamente contrarios a la Constitución, o el abuso de derecho que el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Aborto lleve esperando más de 10 años sin ser resuelto, y sin ninguna responsabilidad para nadie, con personajes como Conde Pumpido, que si son garantía de algo, es de que la decisión más ilegal no pueda ser. En el Expediente Royuela hay una supuesta carta de este Magistrado, cuando lo era de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, aceptando una supuesta cantidad que le habría ofrecido Felipe González cuando el caso de los GAL, para que respecto de él votar que no se le imputara, y solicitando una cantidad equivalente para dos Magistrados más, que él se encargaría de hacérsela llegar. https://www.youtube.com/watch?v=hVvTov55CGw&t=4s
Si esta carta es verdadera o no, yo no lo sé, pero lo que resulta evidente es que despues de que esta noticia haya aparecido en medios como youtube, de la que se hacen eco las redes sociales (a falta de una prensa libre en España), el Consejo General del Poder Judicial debería tomar cartas en el asunto y aclarar qué hay de verdad en este tema, y si todo esto se confirma apartar a Conde Pumpido del ejercicio de la Magistratura. De nada sirve acudir a los Tribunales o al Tribunal constitucional y en lugar de encontrarte con la tutela judicial efectiva lo que te encuentras, con personajes como este, es que te roban el partido, y donde tendría que haber una sentencia estimatoria o de amparo por goleada, lo que te encuentras es una condena en costas encima. Es verdad que Conde Pumpido, y otros personajes, están vinculados al PSOE, pero el PP ha obtenido muchas veces el voto de una masa social que quería luchar contra esta presunta corrupción, el propio PP para engañar a su electorado ha recogido esta bandera, y luego, cuando ha llegado al poder lo que ha hecho es otorgar el Collar de Isabel La Católica (nada menos que el Collar de Isabel La Católica, que no se me ocurre otro sacrilegio peor) a Zapatero y a sus ministras mamarracho.
Recordemos que el Ministro Marlaska, (que junto con el de Justicia, con la Fiscal General del Estado y otras «perlas» muestra la punta del iceberg de la realidad de lo que es el Poder Judicial en España),hasta que fue nombrado ministro por Pedro Sanchez era el vocal en el CGPJ a elección del PP. Es decir el PSOE tenía a los vocales que ellos nombraban, y además tenía a los que nombraba el PP, porque el PP nombraba a vocales que eran tan del PSOE tan del PSOE como para que luego los pudiera nombrar Pedro Sánchez Ministro del Interior y hacer las cosas que está haciendo, que como juez es para nota.
El daño que el PP le ha hecho a España a todos los niveles, actuando como Caballo de Troya de la anti-España para que la verdadera España no pudiera articular ninguna respuesta eficaz (hasta le llegada de VOX) para oponerse a la destrucción de España, es tremenda. Y hay gente que no aprende. porque el problema de un mal gobierno en España no es lo peor, porque eso se soluciona cambiando a ese Gobierno por otro mejor, el problema es la imbecilidad social que hay en España después de 50 años de propaganda roja en régimen de monopolio las 24 horas del día los 365 días del año, hasta en la sopa y sin ni un solo medio para oponerse.
El Gobierno de Pedro Sánchez-Pablo Iglesias ese puede cambiar en un momento dado, y de hecho este Gobierno acabará cayendo, pero qué hacemos con los 42 ó 43 millones de imbéciles que tenemos en España de un total de 47 millones, muchos ellos de ellos ocupando puestos importantes de los poderes del Estado, en la Administración Pública, en la Policía, en las FFAA, en la Guardia civil, en el sistema Educativo, en la sociedad civil, etc. integrando incluso partidos como VOX y otros que de todo hay en estos partidos. Este es el gran daño que de modo silencioso han conseguido infligir a España sus enemigos. Si Franco confiaba en la clase media que él había creado, como elemento de estabilidad social en España, lo¡s enemigos de España confían ahora en la imbecilidad social de estos 42 ó 43 millones de tontos, de todas las tendencias, pero también de la España nacional, que para la anti-España es una garantía de que España con ese lastre de imbecilidad social será muy difícil que pueda levantar cabeza.
Enhorabuena al autor por este artículo y por todos los demás,que son ya una antología.
Steiner: me descubro.
Por supuesto que D. Ramiro es un craq y, efectivamente, el primero que levantó la liebre del golpe de estado del «la alarma trasvestida de sitio», pero su estudio del PP es de antología.
¡Magnífico es poco!
¡Enhorabuena!
Lo archivo como columna vertebral de mi carpeta del PPSOE
‘Fantástico!
D. José María, él fue el primero que lo dijo, pero usted el primero que lo hizo notar.
Muy amable.
Como es un texto improvisado, además de los errores mecanográficos algunas ideas están mal o pobremente expresadas. Un complemento de alguna de ellas, aunque de forma mucho más resumida, puede encontrar en el comentario al artículo «Por qué el PP debe desaparecer», de D. Rafael Bardají (el artículo es del 29 de abril). Como ya había efectuado este comentario al artículo de D. Ramiro Grau, me limité a hacer uno mucho más resumido en el de D. Rafael Bardají, pero a pesar de su brevedad, algunas ideas están mejor expresadas, y en ese sentido pueden venir puede venir clarificar algunas cuestiones.
Muchas gracias, que Dios se lo pague.